Nueva ley de amparo de garantías individuales: orgánica de los arts. 101 y 102 de la Constitución : comentarios acerca de sus disposiciones mas importantes : ensayo crítico filosófico de la ley

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J. Guzman, 1883 - 288 páginas
 

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Página 106 - Ninguna detención podrá exceder del término de tres días, sin que se justifique con un auto motivado de prisión y los demás requisitos que establezca la ley. El solo lapso de este término constituye responsables á la autoridad que la ordene ó consiente, y á los agentes, ministros, alcaides ó carceleros que la ejecuten.
Página 1 - Todos los juicios de que habla el artículo anterior se seguirán á petición de la parte agraviada por medio de procedimientos y formas del orden jurídico, que determinará una ley.
Página 6 - Los tribunales de la Federación resolverán toda controversia que se suscite: I. Por leyes o actos de la autoridad que violen las garantías individuales ; II. Por leyes o actos de la autoridad federal que vulneren o restrinjan la soberanía de los Estados; III.
Página 232 - ... de veinticuatro horas, esta autoridad no procede como es debido, en vista de la sentencia, ocurrirá á su superior inmediato requiriéndolo en nombre de la Union, para que haga cumplir la sentencia de la Corte. Si la autoridad ejecutora de la providencia no tuviere superior, dicho requerimiento se entenderá desde luego con ella misma.
Página 9 - El sobreseimiento no prejuzga la responsabilidad civil ó criminal en que haya podido incurrir la autoridad ejecutora, y quedan expeditos los derechos de los interesados, para hacerla efectiva ante los jueces competentes.
Página 141 - ... á la autoridad que inmediatamente ejecutare ó tratare de ejecutar el acto reclamado, sobre el ocurso del actor, que se le pasará en copia. Dicha autoridad no es parte en estos recursos y solo tiene derecho de informar con justificación sobre los hechos y las cuestiones de ley que se versaren.
Página 143 - Si la prueba hubiere de rendirse en lugar distinto de la residencia del Juez de Distrito, se concederá un dia más por cada diez leguas de camino de ida y vuelta.
Página 186 - Art. 35. No se pronunciará sentencia definitiva por el juez, sino que se sobreseerá, en cualquier estado del juicio, en los casos siguientes: I. Cuando el actor se desista de su queja. II. Cuando muere durante el juicio, si la garantía violada afecta solo á su persona; si trasciende á sus bienes, el representante de su testamentaría ó intestado puede proseguir el juicio.
Página 9 - Estados, con mengua y descrédito de ambos, y notable perjuicio de las instituciones, ni aquellas reclamaciones públicas y oficiales que muchas veces fueron el preámbulo de los pronunciamientos; habrá sí un juicio pacífico y tranquilo, y un procedimiento en formas legales, que se ocupe de pormenores, y que dando audiencia...
Página 186 - III. Cuando la misma autoridad revoca el acto que es materia del recurso y se restituyen con ello las -cosas al estado que guardaban antes de la violación. IV. Cuando han cesado los efectos del acto reclamado. ; V. Cuando se ha consumado de un modo irreparable y es imposible restituir las cosas al estado que tenían antes de la violación.. VI. Cuando el acto hubiere sido consentido y no versare sobre materia criminal. No habrá lugar á sobreseer, si al tiempo de la ejecución...

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