Revista de los tribunales y de legislación universal, Volumen41

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Góngora, 1907
 

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Pasajes populares

Página 82 - Cuando el hijo se halle en la posesión continua del estado de hijo natural del padre demandado, justificada por actos directos del mismo padre ó de su familia. En los casos de violación, estupro ó rapto, se estará á lo dispuesto en el Código penal en cuanto al reconocimiento de la prole...
Página 515 - El término de prueba no podrá exceder en tal caso del concedido por la ley para la primera instancia, pudiendo la Sala fijar el que estime necesario con calidad de improrogable.
Página 517 - Si compareciere después del término de prueba en primera instancia, ó durante la segunda, se recibirán en ésta precisamente los autos á prueba, si lo pidiere y fueren de hecho las cuestiones que se discutan en el pleito.
Página 558 - ... las Juntas provinciales, relación, que éstas comunicarán al Delegado de Hacienda, de los electores que no hayan votado ni alegado causa de su omisión. Art. 85. Para tomar posesión de todo destino público será requisito indispensable, en los mayores de veinticinco años, exhibir la certificación de haber ejercitado el derecho de sufragio en la última elección verificada en su respectivo distrito electoral, ó certificación de no ser elector...
Página 591 - Y a nos es echa relación que algunos letrados nos sirven, y otros nos vienen a servir en algunos cargos de justicia, sin haber pasado ni estudiado las dichas leyes y ordenamientos y pragmáticas y partidas...
Página 109 - Del tanto del daño á un tercio más si fuere lanar ó de otra especie no comprendida en los números anteriores. Esto mismo se observará si el ganado fuere cabrío y la heredad no tuviere arbolado.
Página 108 - Los reos de hurto serán castigados: 1°, coa la pena de presidio correccional en sus grados medio y máximo, si el valor de la cosa hurtada excediere de 2.500 pesetas; 2°, con la pena de presidio correccional en sus grados mínimo y medio, si...
Página 231 - No será castigado ningún delito ni falta con pena que no se halle prevista por Ley anterior a su perpetración.
Página 107 - Art. 433. Las lesiones no comprendidas en los artículos precedentes, que produzcan al ofendido inutilidad para el trabajo por ocho días ó más, ó necesidad de la asistencia de facultativo por igual tiempo, se reputarán menos graves, y serán penadas con el arresto mayor, ó el destierro y multa de 125 á 1.250 pesetas, según el prudente arbitrio de los Tribunales.
Página 516 - Los medios de prueba de que se podrá hacer uso en juicio son: 1.° Confesión en juicio. 2.° Documentos públicos y solemnes. 3.° Documentos privados y correspondencia. 4.° Los libros de los comerciantes que se lleven con las formalidades prevenidas en la Sección 2.a, título II, Libro 1.° del Código de Comercio. 5.° Dictamen de peritos. 6.°...

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