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art 1054...Con esta misma pena se castigará a todo militar que lleve públicamente, uniforme ó insignias que no le correspondan por su empleo, ó condecoraciones que no le hayan sido legítimá mente concedidas...art 1055.

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Vejacion. Todas las que indebidamente se causen á las personas, al practicar una inspeccion domiciliaria, se castigarán disciplinariamente con multa de diez á cien pesos y arresto menor, ó con una sola de estas dos correcciones, segun la gravedad del hecho, á juicio del jefe milliar que haye ordenado el procedimiento-art 228.

Vejaciones Todo militar que, valiéndose de su posicion en el ejército, ó de la fuerza armada, ó aprovechándose en campaña, del temor ocasio nado por la guerra, cometiere contra los vecinos del lugar por donde transite, cualesquiera vejaciones no especificadas en el código, sufrirá de uno á cinco años de prision; salvo el caso de que, conforme á las reglas generales sobre aplicacion de las penas, deba ser mayor, la del que viole es te artículo, porque la violencia haya importado la comision de otro delito especial...artícu lo 1027.

Vicepresidente. El magistrado de número segundo, tendrá el carácter y denominacion de vicepresidente de la corte militar; y cuando ocu pe la presidencia, será considerado como el jefe de la administracion de justicia en el fuero de guerra...art 91 Será general de Division ó efec tivo de Brigada del ejército permanente-art 92 -y presidirá la corte, á falta del presidente.. art 95.

Vigilancia. La sujecion á la de la autoridad militar, importará: I La inspeccion prudentemente ejercida por parte de esa autoridad, de sus agentes, ó de los de la policía judicial mili tar, acerca de la conducta del reo, y de si los medios de que vive, son ilícitos y honestos. II La obligacion por parte del vigilado, de presentarse á dicha autoridad en los dias que ésta le señale, y cada vez que faere requerido para ello; y la de no cambiar de residencia sin autorizacion de la DIC. MIL-57

Secretaria de Guerra, ó en casos urgentes, y por menos de ocho dias, sin la de la mencionada au toridad...art 776.

Violencia. En los delitos del orden militar que impliquen omision en el servicio, infraccion á las disposiciones que lo reglamenten, desobediencia ó insubordinacion, no se considerará co mo causa excluyente de culpabilidad, la de que tales delitos se hayan cometido bajo la presion de una violencia física ó moral...art 716...Tampoco se considerará como circunstancia atenuan te, tratándose de los mismos delitos-art 721.

Violencia. Veáse INSUBORDINACION, en el artículo 864; CENTINELAS (DELITOS CONTRA LOS,) en los artículos 868 y 869, GUARDIAS en los artículos 870 y 871 y PRESOS MILITARES en el artículo 899.

Violencia. Veáse PILLAGE en los artículos 1026 y 1028.

Violencia contra las personas. El militar que en actos del servicio ó con motivo del desempeño de una comision relativa á el, hiciere uso inecesariamente, de las armas, contra cualquiera persona; ó que sin la autorizacion compe tente, ejerciere cualquier otro acto injustificado de violencia, contra algun individuo, sufrirá un año de prision, siempre que, si hubiere resultado daño, no debiere imponerse una pena mayor, con forme á las reglas generales sobre aplicacion de las penas art 1019... Véase PILLAJE en los artículos 1026 y 1028

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Visitadores Véase VISITAS en el art. 673 Visitas Los jueces instructores remitirán á la Corte militar todos los sábados, y cuando éstos sean feriados, el dia anterior, una noticia de las causas que hayan iniciado en la semana, expresando la fecha en que recibieron la orden de pro ceder, los nombres de los acusados, el delito de que lo estén, el lugar de la detencion ó prision, la fecha del auto de bien preso, y la de la última diligencia. artículo 666.... Para todo lo relativo á visitas judiciales y de prision, establecerá el Presidente de la Corte Militar, un turno mer sual entre los Magistrados supernumerarios, reemplazando al que, durante el mes que debe desempeñar esa comision, tuviere que permanecer integrando alguna de las Salas con el que debiera desempeñarla el siguiente mes, y así sucesivamente. Igual turno se establecerá entre los secretarios, y entre los agentes del Minis terio público adscritos a las Salas, los cuales se sustituirán entre sí, recíprocamente-art 667... Luego que se reciban las noticias de los jueces, instructores, se pasarán al Magistrado en turno, quien oyendo al agente respectivo del Ministe rio público, si advirtiere que ha habido demoras injustificadas en los procedimientos, pasará las noticias al Procurador General militar, para que dicte las providencias necesarias, conforme á su facultades, à fin de evitar que los procesos se retarden indebidamente. En caso contrario, se ar chivarán esos documentos...art 668...El Magis

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