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te creemos conveniente hacer, son estas: 1.a que cada cuaderno es completo en sí, y todas las piezas diplomáticas que comprenda irán enumeradas en una sola serie, continuándose la enumeración en los seis cuadernos del año; 2. que, en cuanto sea posible, guardaráse en todos los cuadernos el orden siguiente: a) Códices, latinos, romanceados, b) Diplomas y más Manuscritos, latinos, romanceados; y 3." que cuando no pueda por su extensión incluirse en un cuaderno un Códice, entonces se publicará con paginación separada para que se coleccione independientemente de los cuadernos.

Por último: un Indice, lo más completo posible, que al fin de cada tomo habremos de publicar, ahorrará trabajo y suplirá en todo caso las deficiencias que van aparejadas á toda publicación periódica.

Ι

Siglo XIII.—Fragmento de una versión gallega del Código de Las Partidas de Alfonso el Sabio.-Una hoja, folio grande, en perga mino avitelado, escrita à dos columnas, con letras capitales iluminadas de rojo y azul, sobre fondo de filigrana, y con los rótulos de las leyes en tinta roja.-Procede del antiguo archivo del Monasterio de San Martin de Santiago.

Quiso la buena suerte depararnos este precioso fragmento de un Códice gallego, hoy desaparecido, y acaso nunca sospechado, del importante monumento jurídico y literario del Rey Sabio, para inaugurar solemnemente nuestras tareas diplomáticas.

Lástima que tan sólo sea una hoja -hasta hace poco convertida desde el siglo XVII en carpeta de otros pergaminos menos substanciosos-- lo que al presente podamos ofrecer á nuestros amigos. Pero tiene la ventaja de estar como consagrada enteramente á ellos, ya que no trata de otra cosa que de la excelencia y provechos de la amistad; y además la de que abre los horizontes á la esperanza de completar el hallazgo.

De todos modos este interesante pergamino contiene bastantes elementos para formar un juicio paleográ

fico del Códice y literario de la antiquísima versión gallega de Las Siete Partidas.

En ocasión oportuna ha de estudiarse por persona competente esta rica joya de la historia de la literatura regional. Hoy baste advertir que según el dictamen de nuestro querido Director el Sr. López Ferreiro, cuya pericia en estas materias todos reconocen, el Códice de que se trata debió ser escrito á fines del siglo XIII; y que, por consiguiente, el fragmento que tenemos á la vista es acaso, con gran probabilidad, el más antiguo manuscrito de Las Partidas.

Esto que decimos de la posibilidad de que el Códice del cual se desglosó nuestro fragmento sea el más antiguo de los conocidos del Código del Rey Sabio, lo examinaremos detenidamente, si es que llegamos á reunir los datos necesarios que á la hora presente, por la premura del tiempo, no podemos aportar. En este caso daríamos un facsímil de esta hoja, para que nuestros lectores pudieran gozar del placer de estudiar, como si dijéramos, directamente, el precioso monumento que aquí les ofrecemos; ya que bien lo merece por venir á nuestras manos, al tiempo en que se trata de resolver, no el problema de la independencia de la lengua gallega respecto de la castellana, sino el de las relacionès entre el gallego y el portugués, y en suma, el del carácter interno y del ortográfico del habla de nuestra Tierra.

Al llegar á este punto, D. Antonio López Ferreiro nos trasmite la fausta noticia de que en el Archivo de la Catedral Compostelana se acaban de descubrir varios fragmentos de otro ejemplar gallego de Las Partidas, perteneciente á la segunda mitad del siglo XIV.

No puede ser mayor la fortuna. Tenemos por lo menos dos textos auténticos que representan el principio y el apogeo del siglo de oro de la literatura gallega.

Publicamos en este número el manuscrito del siglo XIII: en el próximo irá el del XIV: después el Estudio sobre uno y otro.

Al texto gallego acompañamos el castellano que corre como más auténtico, para que puedan compararse el original y la versión, y notar las discrepancias que hay entre los dos textos, y que nosotros indicaremos incluyendo entre paréntesis las variantes.

Partida IV, Título XXVII, Ley 1.a (al fin).

TEXTO CASTELLANO (conocido) (1)

que ayan entre si concordia. E porende dixo Aristoteles, que si los omes ouiessen entre si verdade(ra amistad,) non aurian menester Justicia, nin Alcaldes que los judgassen; porque aquella amistad le(s) farie complir e guardar aquello mismo que quiere e manda la justicia.

Ley II.A que tiene pro la amistad.

Prouecho grande e bien, viene a los omes de la amistad; de guisa que segund dixo Aristoteles, ningun ome que aya bondad en si, non quiere biuir en este mundo sin amigos; ma

(1) Publicamos el texto castellano según la edición de Gregorio López hecha en 1848 por La Publicidad. Además hemos tenido á la vista, siguiéndola en algunos casos, la magnífica edición de Salamanca de 1576 porque pasa por una de las más autorizadas.

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Proueyto grande e (con) ben uen aos homees da amizdade de guysa que segundo disso aristotiles. nehun homee que aia bondade en si non quer uiuer en

(1) Adoptamos esta lectura del signo que indica la conjunción copulativa porque nos parece más conforme á la fonética del romance gallego en el período de adelanto que supone este monumento. Otras observaciones de biéramos hacer por el estilo acerca de la lectura de como, hu, co en composición, que o por qoquo ó mejor qu-o, etc.; pero en otra ocasión volveremos sobre esto.

guer fuesse abondado de todos los bienes que en el son. (E) quanto los homes son mas honrrados, e mas poderosos, emas ricos, tanto han menester mas los amigos. Eesto por dos razones. La primera porque ellos non podrian auer prouecho de las riquezas, si non vsassen dellas, e tal vso deue ser en fazer bien, e el bien fecho deue ser dado a los amigos, e por ende los (que) amigos (non han,) non pueden vsar (bien) de las riquezas que ouieren, maguer sean abondados dellas. La segunda razon es, (por)que por los amigos se guardan, e se acrescientan las riquezas, e las honrras que los omes han: ca de otra guisa sin amigos non podrian durar, porque quanto mas honrrado, e mas poderoso es el ome, peor golpe rescibe, si fallesce ayuda de (los) amigos. (Eavn dixo el mismo, que aun los otrosomes que no son ricos, nin poderosos, han menester en todas guisas ayuda de amigos,) que los acorran en su pobreza, e los esfuercen en los peligros que les acaescieren. E sobre todo dixo, que en qualquier edad que sea (el) ome, ha menester (ayuda: ca si fuer niño, ha menester) amigo(s) que lo crie(n,) e lo guarden que non faga, nin aprenda cosa

zoes.

este mundo sen amigos macar seia auondado de todolos (outros) bees que en el son. (ca) quanto os homees son mays onrrados e mays poderosos e mays rricos. tanto an mays mester os amigos e esto por duas rra(1) a premeyra (he) porque eles non poderian auer (nehun) proueyto das rrequezas sse non husasen delas e tal huso deue seer en fazer ben. e ho ben feyto deue seer dado os amigos. e por ende os amigos non poden husar das rrequezas que ouueren macar seian auondados dellas. = a ssegunda rrazon he que porlos amigos sse gardan e sse acrescentan as rrequezas e as onrras que os homees an ca doutra guysa sen amigos non poderian durar porque quanto mays onrrado e mays poderoso e o omee peor golpe rreçebe se (lle) (2) fallece ajuda de amingos que os acorran en sua pobreça e os estorçan (t)odos perigros quelles aquaeçeren. e sobre todo disso que en qual quer hedade que seia omee a mester amingo que o cria e o garde que non faça nen aprenda cousa quelle este mal.:

(1) Con estas dos rayas indicamos una especie de llave, de azul y rojo, que se semeja á una C invertida, y se repite al comienzo de los incisos. (2) lle es de mano posterior.

que le este mal; e si fuer mancebo, mejor entendera, e fara todas las cosas, que ouiere de fazer, con ayuda de su(s) amigo(s), que solo; e si fuer viejo, ayudarse ha de sus amigos, en las cosas de que fuere menguado, (o)que non puede fazer por si, por los embargos (que vienen a la) vejez.

Ley III. Como se (deue) ome aprovechar del consejo del amigo; e qual ome deue ser escogido para esto.

Folgança, e seguramiento muy grande han (los) omes, quando se consejan con (los) amigos. E porende dixo vn Sabio, que ouo nombre Tulio, que ninguna cosa (era tan dulce, como) auer ome amigo, a quien podiesse dezir su voluntad, assi como a si mismo. E dixo en otro lugar: Delibra con tu amigo todas las cosas que ouieres (menester); (pero) primeramente sabe quien es el: porque muchos (son), que paescen amigos de fuera, e son falagueros de palabra, que han la voluntad contraria de lo que muestran. E como quier que estos falaguen al ome; (pero) mas (quieren) ser amados que

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Ley. III. como se (pode) aproueytar homee do consello do amigo e qual homee deue seer escullido para esto.

Folgança e seguramento muy grande an os homees quando sse concellan con (seus) amingos e por ende disso hun sabio que ouo nome talio que(en) nehua cousa (non pode)/(2) homee auer amingo a quen podesse dizer (seguramente) sua voentade assi como assi meesmo. e disso en outro lugar! (3) deliura con teu amingo todalas cousas que ouueres (a fazer). primeyramente sabe quen he el. porque moytos (omees) que pareçen amingos de fora. e son falagueyros de parauua que an a uoentade contraria do que demostran. e como quer que estes (ataes) afalagan a omee (e) por mays seer ama

(1) Et está escrito al principio de párrafo solamente: pero creemos que aún en este caso estas dos letras sonaban como e.

(2) Con esta raya indicamos el fin de columna.

(3) Al margen hay una mano dibujada con tinta.

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