Ley de enjuiciamiento civilImp. del Ministerio de Gracia y Justicia, 1855 - 282 páginas |
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... dictará sentencia . ARTICULO 129 . La sentencia en que se acceda á la recusacion ,, no es apelable . ARTICULO 130 . La sentencia en que se deniegue la recusacion , es apelable en ambos efectos . ARTICULO 131 . Si recayere sobre ...
... dictará sentencia . ARTICULO 129 . La sentencia en que se acceda á la recusacion ,, no es apelable . ARTICULO 130 . La sentencia en que se deniegue la recusacion , es apelable en ambos efectos . ARTICULO 131 . Si recayere sobre ...
Página 36
... dictará sentencia precisamente dentro de los tres dias siguientes . Esta sentencia es apelable en ambos efectos . ARTICULO 163 . Si los pleitos se siguieren en juzgados diferentes , se pretenderá la acumulacion ante cualquiera de los ...
... dictará sentencia precisamente dentro de los tres dias siguientes . Esta sentencia es apelable en ambos efectos . ARTICULO 163 . Si los pleitos se siguieren en juzgados diferentes , se pretenderá la acumulacion ante cualquiera de los ...
Página 37
... dictará sentencia , otorgando ó denegando la acumulacion . La providencia en que la otorgare , es apelable en un efecto . ARTICULO 169 . Otorgada la acumulacion , se remitirán los autos al Juez que la haya pedido . ARTICULO 170 . El ...
... dictará sentencia , otorgando ó denegando la acumulacion . La providencia en que la otorgare , es apelable en un efecto . ARTICULO 169 . Otorgada la acumulacion , se remitirán los autos al Juez que la haya pedido . ARTICULO 170 . El ...
Página 54
... dictará precisamente dentro del tercero dia , á contar desde el siguiente al de la vista , si la ha habido , ó en otro caso , desde el siguiente al en que se dicte la providencia mandando traer los autos . ARTICULO 248 . El Juez ...
... dictará precisamente dentro del tercero dia , á contar desde el siguiente al de la vista , si la ha habido , ó en otro caso , desde el siguiente al en que se dicte la providencia mandando traer los autos . ARTICULO 248 . El Juez ...
Página 56
... los litigantes hubieren convenido en que se falle definiti- vamente el pleito sin necesidad de prueba , mandará el Juez traer con citacion los autos á la vista y dictará sentencia . > ARTICULO 260 . Si despues de recibido el pleito á 56.
... los litigantes hubieren convenido en que se falle definiti- vamente el pleito sin necesidad de prueba , mandará el Juez traer con citacion los autos á la vista y dictará sentencia . > ARTICULO 260 . Si despues de recibido el pleito á 56.
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Términos y frases comunes
ab-intestato acreedores actor administracion admitida ambos efectos apelable en ambos apelante árbitros artículo anterior Audiencia autos al Tribunal avalúo blica causa certificacion cion citacion competente concurso condena conformidad contestacion créditos curador para pleitos deberá declaracion declarado decretar demanda demas depósito despues deudor dias siguientes dictará sentencia dictare diligencia discernimiento documentos domicilio edictos ejecucion ejecutoria emplazamiento entrega Escribano espediente espresadas establecidas estenderá estime fianza Fiscal Gaceta de Madrid hará herederos hiciere hubiere incapacitado informacion interdicto interesados inventario Jueces Juez de paz juicio ordinario juicio verbal justificacion juzgado litigante litigar mandará menor muger necesario nombrado nombramiento otorgando peritos perjuicio persona pidiere podrá podrán presentado presentaren primera instancia procederá procedimiento de apremio Promotor promovido providencia prueba rebeldía recurso de Casacion recursos de fuerza recusacion remitirán los autos sentencia definitiva señalado sicion Síndicos solicitare subasta sustanciacion sustanciará tambien tercero término testamento testigos tículo TITULO Trascurridos Tribunal Superior Tribunal Supremo tutor ó curador tuviere
Pasajes populares
Página 7 - Doña Isabel II, por la gracia de Dios y la Constitucion de la Monarquía española , Reina de las Españas; á todos los que las presentes vieren y entendieren , sabed: Que las Cortes han decretado y Nos sancionado lo siguiente...
Página 8 - Por tanto mandamos á todos los tribunales, justicias, jefes, gobernadores y demás autoridades, así civiles como militares y eclesiásticas, de cualquiera clase y dignidad, que guarden y hagan guardar, cumplir y ejecutar la presente ley en todas sus partes. Tendréislo entendido para su cumplimiento, y dispondréis se imprima, publique y circule.
Página 64 - Las contestaciones deberán ser afirmativas ó negativas, pudiendo agregar el que las dé las explicaciones que estime convenientes, ó las que el Juez le pida. Si se negare á declarar, el Juez le apercibirá en el acto de tenerle por confeso si persiste en su negativa.
Página 35 - Cuando haya identidad de personas y acciones, aun cuando las cosas sean distintas. 4.° Cuando las acciones provengan de una misma causa, aunque se den contra muchos y haya, por consiguiente, diversidad de personas. 5.° Cuando las acciones provengan de una misma causa, aunque sean diversas las personas y las cosas.
Página 66 - Si fueren más de dos los litigantes, nombrarán uno los que sostuvieren unas mismas pretensiones, y otro los que las contradigan. Si para este nombramiento no pudieren ponerse de acuerdo, el Juez insaculará los que propongan , y el que designe la suerte practicará la diligencia.
Página 7 - Adoptar las medidas mas rigorosas para que en la sustanciacion de los juicios no haya dilaciones que no sean absolutamente necesarias para la defensa de los litigantes y el acierto en los fallos.
Página 61 - Los libros de actas, estatutos, ordenanzas, registros, catastros y demás documentos que se hallen en los archivos públicos ó dependientes del Estado, de las provincias ó de los pueblos, y las copias sacadas y autorizadas por los Secretarios y archiveros por mandato de la Autoridad competente. 5°...
Página 56 - Si los litigantes hubieren convenido en que se falle definitivamente el pleito sin necesidad de prueba, mandará el Juez traer los autos á la vista con citación de las partes para sentencia. Art.
Página 41 - El litigante que no se haya defendido por pobre en la primera instancia, si pretende gozar de este beneficio en la segunda , deberá justificar , que con posterioridad ha venido á ser pobre con efecto. No justificándolo cumplidamente, no se le otorgará la defensa gratuita.
Página 191 - Escritura pública, con tal que sea primera copia, ó si es segunda, que esté dada en virtud de mandamiento judicial y con citación de la persona á quien deba perjudicar ó de su causante. 2.° Cualquier documento privado que haya sido reconocido bajo juramento ante el Juez competente para despachar la ejecución.