6. Real decreto sobre la manera de verificar la venta de los bienes de las encomiendas de San Juan de Jerusalen. Page. 300 21. Real órden dando reglas para llevar á efecto el decreto anterior. 301 BELLAS ARTES. Octubre. 1. Real órden mandando que no se ejecute ninguna obra de arte que haya de exponerse al público sin la aprobacion de la academia de San Fernando. 3. Otra mandando que los alumnos de la escuela de arquitectura hagan todos los años una expedicion artística á alguno de los puntos de España en que hay monumentos del arte.. AGRICULTURA. Setiembre. 16. Real órden mandando suspender por este año la reunion de la junta de agricultura Octubre. 11. Otra nombrando una comision que proponga el medio de inutilizar la sal que se dé à los ganaderos à fin de que no pueda aplicarse para otro uso. 331 332 333 333 AGUAS Y RIEGOS. 29. Real órden sobre el modo de conceder la exencion de tributos á los nuevos riegos y artefactos 5. Real órden mandando que los fondos destinados para un artículo del presupuesto provincial no se apliquen a otro. 24. Real órden sobre el derecho de los individuos de los extinguidos colegios de medicina á pensiones de Monte Pio . LEGISLACION MILITAR Y MARITIMA. Julio. 7. Real órden sobre la organizacion de los jefes y oficiales del cuerpo de carabineros. 16. Otra sobre las obligaciones del cuerpo de carabineros respecto à la administracion. Agosto. 10. Real órden sobre las pensiones de Monte Pio de las viudas y huérfanos de los jefes y oficiales de estados mayores de plaza 5. Real decreto creando un colegio militar de infantería y otro de ca 13. Otro aprobando el reglamento de contabilidad de marina Fechas. 13. Real órden sobre la exencion de bagajes y alojamientos en favor de los matriculados de marina 14. Otra declarando las atribuciones del ayudante del distrito marítimo de Vinaroz. 18. Otra mandando suspender los exámenes de los matriculados de Cuba que solicitan pasar á la clase de contramaestres particulares. 30. Otra sobre el abono á los retirados de marina del tiempo que desempeñan destinos en matrícula. Págs. 499 501 id. id. INDICE de los puntos de jurisprudencia civil resueltos por el tribunal supremo de Justicia en recursos de nulidad, y contenidos en este tomo. I. ¿Son válidas las memorias testamentarias, sin embargo de no estar expresamente autorizadas por la ley? II. ¿Desde qué tiempo ha de considerarse que empezaron à regir para to- IV. ¿La madre que no pasa á terceras nupcias está obligada à reservar los bienes que herede de sus hijos del segundo matrimonio en favor de otros del mismo ó de los que tenga del primero?. V. Cuando en la fundacion de un patronato real de legos ó mayorazgo se excluyen pura y simplemente las hembras, no se entiendan excluidos tambien los varones descendientes de hembra. Págs. 121 125 132 134 514 VI. ¿Tienen derecho à tomar parte en la division de los patronatos fa- 519 522 525 INDICE de los puntos de jurisprudencia ádministrativa resueltos por consultas del consejo real. COMPETENCIAS. Págs. I. ¿Pueden los jueces formar proceso criminal por corta de árboles, mientras no se deslinde administrativamente el terreno en que se hallan los árboles cortados, si el que los cortó pretende que se hallaban dentro de su heredad? II ¿Qué clase de terrenos deben considerarse como montes comunes para el efecto de no admitirse interdictos restitutorios sobre las cuestiones relativas al deslinde de ellos? . III. A qué autoridad corresponde castigar las faltas que cometen los ayun- 345 347 349 351 V. Es de competencia de la administracion el conocimiento de las cuestiones que se suscitan sobre cerramiento ó embarazo de cualquier via pública, camino vecinal ó servidumbre de uso comun. 352 VI. No procede el recurso de competencia cuando la autoridad judicial 354 356 VIII. Las providencias que dictan los alcaldes para mantener el uso y frute de las aguas de aprovechamiento común no pueden ser atacadas por el interdicto posesorio IX. Trámites esenciales en el recurso de competencia dis 363 368 X. Sobre la intervencion que corresponde á là autoridad administrativa en los juicios para declarar mostrencos algunos bienes. 369 XI. La autoridad judicial no puede proceder criminalmente contra los ayun - XIV. ¿Há lugar el recurso de competencia cuando la autoridad judicial pide å la administrativa, y esta lo niega, algun documento indispensable para instruir una causa?. Págs. 380 XV. Competencia de la administracion para entender en las cuestiones relativas al deslinde de veredas y cañadas para el uso de los ganados. 382 XVI. La autoridad judicial puede impedir la ejecucion de las providencias de los ayuntamientos sobre alineacion de calles y plazas cuando exigen la expropiacion por causa de utilidad pública, y esta no se ha declarado todavia por el gobierno XVII. Corresponde à los consejos provinciales conocer de las demandas sobre oposicion à los denuncios de minas, aunque se trate de aquellas en las cuales haya derechos adquiridos con arreglo à la legislacion antigua XVIII. Contra las providencias que adoptaren los jefes civiles en el ejercicio de sus atribuciones sobre distribucion de aguas para el riego no procede el interdicto de despojo 526 528 530 XIX. El cumplimiento de las ejecutorias que constituyen un régimen especial de riegos comunales, corresponde á la administraciou sin que pueda impedirlo la autoridad judicial por la via del interdicto, so pretexto de incompetencia de una determinada autoridad local administrativa. 532 XX. Procede el interdicto posesorio contra las providencias de la administracion que aunque dictadas sobre materia de su competencia perturban la propiedad particular no adquirida recientemente. PLEITOS. I. En los contratos del Estado con los particulares, la falta de alguna notificacion oficial dentro del plazo estipulado, no autoriza para pedir rescision ni indemnizacion de perjuicios, si por otra parte consta de una manera auténtica que el interesado supo á tiempo lo que debia notifi cársele II. Sobre la validez de los contratos que celebran los ayuntamientos con 535 337 339 340 IV. ¿Cuando queda obligado á las resultas del remate el que se presenta con poder de otro à subastar bienes nacionales? . 341 |