El Derecho moderno: revista de jurisprudencia y administración, Volumen9 |
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revista de jurisprudencia y administración. LCG MDK EL DERECHO MODERNO , C REVISTA DE JURISPRUDENCIA Y ADMINISTRACION . POR Don Francisco de Cárdenas . TOMO IX . MADRID . ESTABLECIMIENTO TIPOGRAFICO DE D. RAMON RODRIGUEZ DE RIVERA .
revista de jurisprudencia y administración. LCG MDK EL DERECHO MODERNO , C REVISTA DE JURISPRUDENCIA Y ADMINISTRACION . POR Don Francisco de Cárdenas . TOMO IX . MADRID . ESTABLECIMIENTO TIPOGRAFICO DE D. RAMON RODRIGUEZ DE RIVERA .
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Seguido el pleito por todos sus trámites , declaró la audiencia de Madrid por sentencia de revista , que el conde de Saceda no ha- bia hecho suyos los frutos del vínculo , y que debió reservar pära su aumento el valor de los productos ...
Seguido el pleito por todos sus trámites , declaró la audiencia de Madrid por sentencia de revista , que el conde de Saceda no ha- bia hecho suyos los frutos del vínculo , y que debió reservar pära su aumento el valor de los productos ...
Página 152
Estas funciones se desempeñarán en Madrid por el agente llamado de pleitos , que dependerá inmediatamente de la direccion de lo contencioso . Los demas de- penderán de los gobernadores de provincia y de los administradores , jefes de ...
Estas funciones se desempeñarán en Madrid por el agente llamado de pleitos , que dependerá inmediatamente de la direccion de lo contencioso . Los demas de- penderán de los gobernadores de provincia y de los administradores , jefes de ...
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Madrid 31 de agosto de 1850. - Arrazola . » PROCEDIMIENTOS JUDICIALES . REAL ORDEN DE 5 DE JULIO , sobre el modo de que deben inter- venir los fiscales en los pleitos de capellanías de sangre . « Por el ministerio de Hacienda se ...
Madrid 31 de agosto de 1850. - Arrazola . » PROCEDIMIENTOS JUDICIALES . REAL ORDEN DE 5 DE JULIO , sobre el modo de que deben inter- venir los fiscales en los pleitos de capellanías de sangre . « Por el ministerio de Hacienda se ...
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Madrid 30 de julio de 1850. - Arrazola . » > OTRA DE 22 DE AGOSTO , sobre la manera de proceder los cole- gios de abogados en la regulacion de derechos á virtud de manda- to judicial . « Por el colegio de abogados de Madrid se ha ...
Madrid 30 de julio de 1850. - Arrazola . » > OTRA DE 22 DE AGOSTO , sobre la manera de proceder los cole- gios de abogados en la regulacion de derechos á virtud de manda- to judicial . « Por el colegio de abogados de Madrid se ha ...
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Términos y frases comunes
administracion administrativa anterior antiguo arreglo audiencia autoridad CAPITULO cargo castigado causa cion circunstancias citado civil clase Código cometido competencia comprendidos comun condena conocimiento consejo considerando correccional corresponde cortes cuenta cuestion cumplir curso dado debe declarar decreto delito demas derecho despues determinar dice disposiciones duros efectos ejecutado empleado enseñanza escuelas especial establecimientos estudios expresados facultad falta favor fiscal fuere grado grave habia halle hijos hubiere instancia instruccion intereses jefe judicial jueces juez juicio junio justicia juzgados libre llevar lugar Madrid magistrados mandar marido medio menor ministerio ministro modo muerte mujer multa necesario nombre nuevo núm número objeto obligaciones oficio pago párrafo pasar pena perpetua político práctica presente primera prision proceder propio provincia pública pueblos punto queda razon real órden regla reglamentos reino respecto responsabilidad resultado sala seccion segunda sentencia señalada serán servicio siguientes sistema superior supremo tambien temporal tengan tenido término título TOMO trata tribunal último
Pasajes populares
Página 17 - Dentro de los límites de cada grado, los tribunales determinarán la cuantía de la pena en consideración al número y entidad de las circunstancias agravantes y atenuantes, y á la mayor ó menor extensión del mal producido por el delito.
Página 52 - La de un vicio ó falta de moralidad, cuyas consecuencias puedan perjudicar considerablemente la fama, crédito ó interés del agraviado. 3.° Las injurias que por su naturaleza, ocasión ó circunstancias fueren tenidas en el concepto público por afrentosas.
Página 9 - Son además responsables subsidiariamente los posaderos de la restitución de los efectos robados ó hurtados dentro de sus casas á los que se hospedaren en ellas, ó de su indemnización, siempre que...
Página 62 - Están exentos de responsabilidad criminal, y sujetos únicamente á la civil, por los hurtos, defraudaciones ó daños que recíprocamente se causaren: 1.° Los cónyuges, ascendientes y descendientes ó afines en la misma línea. 2.° El consorte viudo, respecto de las cosas de la pertenencia de su difunto cónyuge mientras no hayan pasado á poder de otro. 3.° Los hermanos y cuñados, si vivieren juntos.
Página 61 - Los que esparciendo falsos rumores, ó usando de cualquier otro artificio, consiguieren alterar los precios naturales que resultarían de la libre concurrencia en las mercancías, acciones, rentas públicas ó privadas, ó cualesquiera otras cosas que fueren objeto de contratación, serán castigados con las penas de arresto mayor y multa de 500 á 5.000 pesetas.
Página 20 - Se observará también, además de lo que dispone la ley, lo que se determine en los reglamentos especiales para el gobierno de los Establecimientos en que deben cumplirse las penas acerca de la naturaleza...
Página 138 - Las iglesias, monasterios, conventos y cualesquiera comunidades eclesiásticas , así seculares como regulares, los hospitales , hospicios, casas de misericordia y de enseñanza , las cofradías , hermandades , encomiendas y cualesquiera otros establecimientos permanentes , sean eclesiásticos ó laicales , conocidos con el nombre de manos muertas...
Página 7 - El que en ocasión de ejecutar un acto lícito con la debida diligencia, causa un mal por mero accidente, sin culpa ni intención de causarlo.
Página 7 - Las expresadas en el capítulo anterior, cuando no concurrieren todos los requisitos necesarios para eximir de responsabilidad en sus respectivos casos.
Página 53 - Nadie sera penado por calumnia ó injuria sino á querella de la parte ofendida, salvo cuando la ofensa se dirija contra la autoridad pública, corporaciones ó clases determinadas del Estado, y lo dispuesto en el capítulo V del título III de este libro.