El Derecho moderno: revista de jurisprudencia y administración, Volumen9 |
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... HECHAS EN CADA ARTICULO DESDE SU REDACCION PRIMITIVA , Y LAS CONCORDANCIAS DE LOS ARTICULOS ANTIGUOS CON LOS MODERNOS . ... unos están vigentes desde el 1.o de julio de 1848 en que empezó á regir el Códi- go antiguo : otros ...
... HECHAS EN CADA ARTICULO DESDE SU REDACCION PRIMITIVA , Y LAS CONCORDANCIAS DE LOS ARTICULOS ANTIGUOS CON LOS MODERNOS . ... unos están vigentes desde el 1.o de julio de 1848 en que empezó á regir el Códi- go antiguo : otros ...
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... hemos notado todas las concordancias numéricas entre los artículos primitivos y los actuales , excepto en aquellos que han conservado hasta aho- ra el número que tuvieron desde el principio , y hemos puesto el número antiguo al lado ...
... hemos notado todas las concordancias numéricas entre los artículos primitivos y los actuales , excepto en aquellos que han conservado hasta aho- ra el número que tuvieron desde el principio , y hemos puesto el número antiguo al lado ...
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El articulo antiguo decia asi : « No será castigado ningun delito ni falta con pena que no se halle establecida por la ley con anterioridad á su perpetracion . » Art . 20. Siempre que la ley modere la pena CÓDIGO PENAL .
El articulo antiguo decia asi : « No será castigado ningun delito ni falta con pena que no se halle establecida por la ley con anterioridad á su perpetracion . » Art . 20. Siempre que la ley modere la pena CÓDIGO PENAL .
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Art . 187 ( 186 antiguo ) . Los empleados que continuaren desempeñando sus car- gos bajo el mando de los alzados , ó que sin habérseles admitido la renuncia de su empleo lo abandonaren cuando haya peligro de rebelion ó sedicion ...
Art . 187 ( 186 antiguo ) . Los empleados que continuaren desempeñando sus car- gos bajo el mando de los alzados , ó que sin habérseles admitido la renuncia de su empleo lo abandonaren cuando haya peligro de rebelion ó sedicion ...
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Art . 195 ( 195 antiguo ) . El que con violencia ó con fines contrarios á la Constí - tucion ú otro motivo reprobado impidiere á un Senador ó Diputado asistir á las Córtes , sufrirá la pena de prision correccional ( 5 ) .
Art . 195 ( 195 antiguo ) . El que con violencia ó con fines contrarios á la Constí - tucion ú otro motivo reprobado impidiere á un Senador ó Diputado asistir á las Córtes , sufrirá la pena de prision correccional ( 5 ) .
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Términos y frases comunes
administracion administrativa anterior antiguo arreglo audiencia autoridad CAPITULO cargo castigado causa cion circunstancias citado civil clase Código cometido competencia comprendidos comun condena conocimiento consejo considerando correccional corresponde cortes cuenta cuestion cumplir curso dado debe declarar decreto delito demas derecho despues determinar dice disposiciones duros efectos ejecutado empleado enseñanza escuelas especial establecimientos estudios expresados facultad falta favor fiscal fuere grado grave habia halle hijos hubiere instancia instruccion intereses jefe judicial jueces juez juicio junio justicia juzgados libre llevar lugar Madrid magistrados mandar marido medio menor ministerio ministro modo muerte mujer multa necesario nombre nuevo núm número objeto obligaciones oficio pago párrafo pasar pena perpetua político práctica presente primera prision proceder propio provincia pública pueblos punto queda razon real órden regla reglamentos reino respecto responsabilidad resultado sala seccion segunda sentencia señalada serán servicio siguientes sistema superior supremo tambien temporal tengan tenido término título TOMO trata tribunal último
Pasajes populares
Página 17 - Dentro de los límites de cada grado, los tribunales determinarán la cuantía de la pena en consideración al número y entidad de las circunstancias agravantes y atenuantes, y á la mayor ó menor extensión del mal producido por el delito.
Página 52 - La de un vicio ó falta de moralidad, cuyas consecuencias puedan perjudicar considerablemente la fama, crédito ó interés del agraviado. 3.° Las injurias que por su naturaleza, ocasión ó circunstancias fueren tenidas en el concepto público por afrentosas.
Página 9 - Son además responsables subsidiariamente los posaderos de la restitución de los efectos robados ó hurtados dentro de sus casas á los que se hospedaren en ellas, ó de su indemnización, siempre que...
Página 62 - Están exentos de responsabilidad criminal, y sujetos únicamente á la civil, por los hurtos, defraudaciones ó daños que recíprocamente se causaren: 1.° Los cónyuges, ascendientes y descendientes ó afines en la misma línea. 2.° El consorte viudo, respecto de las cosas de la pertenencia de su difunto cónyuge mientras no hayan pasado á poder de otro. 3.° Los hermanos y cuñados, si vivieren juntos.
Página 61 - Los que esparciendo falsos rumores, ó usando de cualquier otro artificio, consiguieren alterar los precios naturales que resultarían de la libre concurrencia en las mercancías, acciones, rentas públicas ó privadas, ó cualesquiera otras cosas que fueren objeto de contratación, serán castigados con las penas de arresto mayor y multa de 500 á 5.000 pesetas.
Página 20 - Se observará también, además de lo que dispone la ley, lo que se determine en los reglamentos especiales para el gobierno de los Establecimientos en que deben cumplirse las penas acerca de la naturaleza...
Página 138 - Las iglesias, monasterios, conventos y cualesquiera comunidades eclesiásticas , así seculares como regulares, los hospitales , hospicios, casas de misericordia y de enseñanza , las cofradías , hermandades , encomiendas y cualesquiera otros establecimientos permanentes , sean eclesiásticos ó laicales , conocidos con el nombre de manos muertas...
Página 7 - El que en ocasión de ejecutar un acto lícito con la debida diligencia, causa un mal por mero accidente, sin culpa ni intención de causarlo.
Página 7 - Las expresadas en el capítulo anterior, cuando no concurrieren todos los requisitos necesarios para eximir de responsabilidad en sus respectivos casos.
Página 53 - Nadie sera penado por calumnia ó injuria sino á querella de la parte ofendida, salvo cuando la ofensa se dirija contra la autoridad pública, corporaciones ó clases determinadas del Estado, y lo dispuesto en el capítulo V del título III de este libro.