Jurisprudencia administrativa: colección razonada de resoluciones del gobieno a consulta del Consejo Real en materias de administraciónImp. de la Publicidad, 1847 - 424 páginas |
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Términos y frases comunes
14 de julio 23 de setiembre 25 de noviembre 29 de agosto 30 de diciembre acreedores ademas admi Administracion Alcalde aplicacion APROVECHAMIENTOS COMUNES arreglo asunto atribuciones Audiencia autoridad administrativa autoridad judicial autorizacion autos Badajoz cion competencia á favor Consejos provinciales Considerando contenciosos corresponde cuestion debe debia decide esta competencia decision que sigue declaracion declarar demas derecho comun derecho inter derecho internacional privado deslinde despues deudas devuelva su expediente Diputaciones provinciales disposiciones efecto ejecucion ejecutar ejecutoria facultad favor del jefe Froland Gaceta núm gubernativa habia Hacienda interdictos de manutencion INTERDICTOS POSESORIOS Jefe político Jueces juez de primera jurisdiccion ordinaria juzgado legislacion materia matrimonio mayo montes motivos nacional privado negocio opinion respecto Páginas 377 pago perjuicio podia POSESORIOS CONTRA PROVIDENCIAS primera instancia proceder Procurador fiscal promovió propiedad PROVIDENCIAS ADMINISTRATI provincia pública pueblos real decreto real órden reclamaciones resolucion siciones Subdelegado ticular tribunales Véase venta Villacarriedo Vista la real Visto el artículo
Pasajes populares
Página 166 - Majestad de 6 de setiembre de 1836, mas ostensión que la que espresa su letra y espíritu, según los cuales solo se autoriza el cerramiento y acotamiento de las heredades de dominio particular, sin perjuicio de las servidumbres que sobre sí tengan...
Página 123 - Gobernadores) que cuiden de que se observen y cumplan las disposiciones que declaran á favor de la ganadería el libre uso de las cañadas, cordeles, abrevaderos y demás servidumbres pecuarias establecidas para el tránsito y aprovechamiento común de los ganados de toda especie...
Página 146 - SM declarar por punto general , que las disposiciones y providencias que dicten los ayuntamientos , y en su caso las diputaciones provinciales, en los negocios que pertenecen á sus atribuciones segun las leyes, forman estado y deben llevarse á efecto , sin que los tribunales admitan contra ellas los interdictos posesorios de manutencion ó restitucion , aunque deberán administrar justicia á las partes cuando entablen las otras acciones que legalmente les competan.
Página 202 - Al deslinde y amojonamiento de los montes que pertenecen -al Estado , á los pueblos ó á los establecimientos públicos, reservando las cuestiones sobre la propiedad á los tribunales competentes. 8.°...
Página 328 - Que el ayuntamiento de cualquiera de tales pueblos que pretenda corresponderé el usufructo privativo para sus vecinos en el todo ó parte de su término municipal, se le reserve su derecho, de que podrá usar en tribunal competente;, pero sin alterar la tal posesión y aprovechamiento común, hasta que judicialmente se declare la cuestión de propiedad. 4...
Página 333 - Gefes políticos cuiden con todo el esmero y vigilancia posible de que se observen y cumplan todas las disposiciones que declaran á favor de la Ganadería el libre uso de las cañadas, cordeles , abrevaderos y...
Página 47 - Que por el mismo caso no pueden los jueces y tribunales ordinarios exigirlos por sí, aplicando las formas del juicio ejecutivo ni de otro modo alguno, y sí solo decidir dentro de los límites de su competencia lo que corresponda sobre la legitimidad de esta clase de deudas y obligación de satisfacerlas, cuando pasan á ser asunto contencioso.
Página 130 - Novísima recopilacion segun las cuales deben gozar las obras de puentes y caminos públicos y sus operarios de la libertad de abrir canteras, cortar leña y aprovecharse de los pastos en los terrenos públicos y baldíos del mismo modo que lo pueden hacer los vecinos de los pueblos. Vista la Real resolucion comunicada en circular del Consejo de 5 de Abril de 1805, inserta en la nota 5.
Página 332 - Al cumplimiento , inteligencia, rescision y efectos de los contratos y remates celebrados con la administracion ciTOMO i. 62 vil , ó con las provinciales y municipales , para toda especie de servicios y obras públicas. 4.° Al resarcimiento de los daños y perjuicios ocasionados por la ejecucion de las obras públicas.
Página 223 - Tribunal deberia conocer de dicho abintestato, mediante á que habia sido tambien suprimido el juzgado de ministros del referido Tribunal, y de la consulta evacuada en su razon por el Consejo Real de España é Indias , que VE se sirvió remitirme con oficio de 2 del corriente; se ha servido mandar que conforme á lo prevenido en reales órdenes de...