DE LEGISLACIÓN Y JURISPRUDENCIA FUNDADA POR D. JOSÉ REUS Y GARCÍA DIRECTOR EXCMO. SR. D. EDUARDO DATO É IRADIER AÑO QUINCUAGÉSIMONOVENO TOMO 118 MADRID IMPRENTA de la revista de LEGISLACIÓN Beads de Atocha, 15, centro. 1911 CUESTIONES CANÓNICAS Las constantes innovaciones que en el derecho canónico está introduciendo la Santa Sede, al objeto de reformar la disciplina antigua, ya continuando con gran diligencia la confección del futuro Código, ya dictando disposiciones aisladas, las que sin duda formarán parte muy interesante del mismo, nos mueve à dedicar á tales cuestiones algunas líneas en esta RE. VISTA, donde daremos cuenta sumariamente de las indicadas innovaciones, al paso que dedicaremos también nuestra atención á las resoluciones del Sagrado Tribunal de la Rota romana, muy en particular á las referentes al matrimonio, ya que forman una jurisprudencia muy importante y digna de especial consideración. Dispensa de impedimentos en los matrimonios in extremis.-Lo primero á que nos vamos á referir, es la facultad concedida á los sacerdotes que asisten á un matrimonio in articulo mortis, para dispensar en determinados impedimentos. Sabido es que el decreto Ne Temere autorizó la celebración del matrimonio en inminente peligro de muerte cuando falta el Párroco ó el Ordinario del lugar ó un sacerdote delegado al efecto por uno ú otro, ante cualquier sacerdote y dos testigos, y la Sagrada Congregación de disciplina de los Sacramentos, à quien hoy corresponde entender después de la Constitución Sapienti Consilio, de todo lo que atañe á la disciplina del ma |