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para el reconocimiento y arreglo del Real Archivo de Simancas &c. Certifico que de orden del REY nuestro Señor he buscado, leido, copiado y confrontado por mí mismo diversas escrituras pertenecientes al Condado y Señorío de Vizcaya y á las Provincias de Guipúzcoa y Alava, en el mencionado Real Archivo de la Corona de Castilla que S. M. tiene en la fortaleza de la villa de Si mancas, y en los de las Secretarías de Estado y del Despacho que estan en Madrid: todos los cuales papeles, rubricados de mi mano, se han distribuido en varios volúmenes por el orden de sus fechas, con separacion de los que pertenecen al referido Condado y Señorío, y los que conciernen á las espresadas Provincias de Guipúzcoa y Alava. Y los que se incluyen en este segundo volumen tocantes á Vizcaya, son los siguientes, con expresion de su número, título y folios en que van, á saber:

Núm. XCIX. Provision Real del Consejo mandando que en los puertos de Vizcaya y Guipúzcoa no se obligue á cargar mercaderías en navío determinado, sino en el que quisiere el cargador, con tal que fuese de naturales de estos Reinos, con lo demas y en la forma que se expresa: fecha 20 de Octubre de 1505, desde parte del folio 1.o hasta el 2.o inclusive.

Núm. C. Provision Real del Consejo haciendo declaraciones sobre el despacho de los pleitos del Condado de Vizcaya en la Audiencia de Valladolid, en la forma que se expresa: fecha 5 de Febrero de 1507, desde el folio 3 hasta parte del 4.

Núm. CI. Provision Real del Consejo, dando comision al Corregidor de Vizcaya para tomar residencia á los Alcaldes del fuero, reasumiendo entre tanto su jurisdiccion: fecha 21 de Setiembre de 1507, desde parte del folio 4 hasta parte del 6.

Núm. CII. Moderacion de ciertas ordenanzas municipales de la villa de Bilbao á pedimento del Señorío y Condado de Vizcaya: fecha 29 de Octubre de 1507, desde parte del folio 6 hasta el 39 inclusive.

Núm. CIII. Provision del Consejo Real, determinan

do el sitio para la celebracion de las juntas de la merindad de Durango, para las cárceles y para la audiencia del Corregidor y sus Tenientes, en la forma que se expresa: fecha á 1.o de Febrero de 1508, desde el folio 40 hasta parte del 42.

Núm. CIV. Carta Real Patente mandando, á solicitud de la provincia de Guipúzcoa, que no se saque vena de hierro ni acero por mar ni por tierra de la del valle de Somorrostro, sin embargo de la Carta de merced que para ello tenia Ochoa de Salazar, Preboste de Portogalete, hasta nueva orden Real: fecha á 4 de Abril de 1514, desde parte del folio 42 hasta el 44 inclusive.

Núm. CV. Provision Real del Consejo, mandando al Corregidor de Vizcaya, que cumpla las Cartas y Sobrecartas expedidas sobre que no pusiese Tenientes naturales del Condado, en la forma que se expresa: fecha á 20 de Febrero de 1519, desde el folio 45 hasta el 46 inclusive.

Núm. CVI. Provision Real del Consejo dando comision al Corregidor del Condado de Vizcaya, á solicitud de la villa de Durango, para que breve y sumariamente haga justicia acerca de la queja dada por dicha villa de quererse eximir los Letrados, Escribanos, Procuradores, Cirujanos, Físicos, Boticarios y Maestros de escuela del repartimiento de gente para el servicio de guerra y otros, en la forma que se expresa: fecha 19 de Noviembre de 1519, desde el folio 47 hasta el 48 inclusive.

Núm. CVII. Provision Real del Consejo, mandando al Provisor y demas Jueces Eclesiásticos del Obispado de Calahorra y de la villa de Durango, que no procedan contra las Justicias Reales ni contra persona alguna, á pedimento de algunos que estaban tonsurados, traian hábito de hombres legos y eran tratantes de mercaderías, en la forma que se expresa: fecha 20 de Noviembre de 1519, desde el folio 49 hasta parte del 50.

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Núm. CVIII. Provision Real del Consejo, á peticion de la villa de Durango, sobre los Clérigos de corona que usan oficios públicos municipales y otros, en la forma que

se expresa: fecba á 20 de Noviembre de 1519, desde parte del folio 50 hasta el 51 inclusive.

Núm. CIX. Carta Real Patente despachada por los Gobernadores del Reyno, dando licencia al Condado de Vizcaya para echar por sisa el importe del sueldo de un mes de la gente que iba al socorro de Navarra, en los términos que se expresa: se expresa: fecha á 26 de Mayo de 1521, des

de el folio 52 hasta el 53 inclusive.

Núm. CX. Provision Real del Consejo sobrecartando otra de los Señores Reyes Católicos para que la Justicia de la villa de Bilbao deje entrar libremente á contratar en ella á los de la de Portugalete, sin necesidad de pedir licencia, por las razones y en la forma que se expresa: fecha á 20 de Abril de 1526, desde el folio 54 hasta el 56 inclusive.

Núm. CXI. Aprobacion y confirmacion de las Ordenanzas de la cofradía de Pescadores, Sardineros y Regateros de la advocacion de S. Pedro de la villa de Berméo, hechas el dia 4 de Mayo del año 1358, aprobadas en 12 de Marzo del año 1512: fecha á 29 de Marzo de 1527, desde el folio 57 hasta parte del 65.

Núm. CXII. Carta Real Patente, loando, ratificando, confirmando y aprobando el fuero del muy noble é leal Señorío de Vizcaya, segun en él se contiene, y los privilegios, franquezas y libertades de dicho Señorío, tierra llana, villas y ciudades de él, que se guarden por la via forma que fueron confirmados y aprobados por los Señores Reyes Católicos, segun se expresa: fecha á 7 de Junio de 1527, desde parte del folio 65 hasta parte del 67.

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Núm. CXIII. Provision Real del Consejo, citando, llamando y emplazando al Concejo de la villa de Bilbao para la vista de un pleito con el Condado y Señorío de Vizcaya, en grado y suplicacion de las mil y quinientas doblas: fecha á 17 de Junio de 1529, desde parte del folio 67 hasta parte del 69.

Núm. CXIV. Carta Real Patente, mandando suspender el efecto de ciertas Cartas de marca y represalia contra franceses, á solicitud del Condado de Vizcaya, por las

razones y en la forma que se expresa: fecha á 10 de Noviembre de 1529, desde parte del folio 69 hasta parte

del 71.

Núm. CXV. Provision Real del Consejo para que el Corregidor del Condado y Señorío de Vizcaya envie relacion verdadera sobre la queja dada por dicho Señorío de que se le apremiaba á pagar los gastos de una armada que desde aquella costa habia pasado á servir en la de Galicia, en la forma que se expresa: fecha á 22 de Diciembre de 1537, desde parte del folio 71 hasta parte del

74.

Núm. CXVI. Carta Real Patente aprobando y confirmando la avenencia y concierto entre el Obispo de Calahorra y el Señorío de Vizcaya, sobre el modo de ejercer dicho Obispo su oficio Pastoral en el referido Condado, en la forma que se expresa: fecha á 28 de Marzo de 1539, desde parte del folio 74 hasta parte del 105.

Núm. CXVII. Provision del Consejo Real, para que el Corregidor de Vizcaya reciba sumaria y breve informacion acerca de la queja dada por la villa de Bilbao contra el Concejo y vecinos de la de Portugalete, que sin licencia Real llevaban y cogian imposiciones y sisas sobre los mantenimientos y otras cosas, castigándolos conforme á derecho y leyes del Reino, en la forma que se expresa: fecha á 18 de Junio de 1539, desde parte del folio 105 hasta el 106 inclusive.

Núm. CXVIII. Provision Real del Consejo sobre que el Corregidor de Vizcaya administre justicia acerca de la solicitud de la villa de Berméo, en que manifiesta la conveniencia de que las mercaderías y retornos se registren en libro determinado para ello, y por el Escribano del Concejo, en la forma que se expresa: fecha á 30 de Agosto de 1549, desde el folio 107 hasta el 108 inclusive.

Núm. CXIX. Provision Real del Consejo mandando al Corregidor de Vizcaya que recoja los libros de caja y manuales de los mercaderes, vecinos y estantes en Bilbao, Portugalete y en otras partes de dicho Condado, en la forma que se expresa: fecha á 14 de Setiembre de 1549, desde el folio 109 hasta parte del 110.

Núm. CXX. Nueva Pragmática de los derechos que se han de pagar de las lanas que se sacaren de estos Reinos: fecha á 30 de Abril de 1558, desde parte del folio 110 hasta parte del 117.

Núm. CXXI. Traslado de la comision que se dió á Diego Alonso de Malvenda para la administracion del derecho de las lanas que se sacan por Guipúzcoa y Vizcaya y cuatro villas de la costa de la mar: fecha á 29 de Mayo de 1558, desde parte del folio 117 hasta el 121 in

clusive.

Núm. CXXII. Traslado de la instruccion que se dió á Diego Alonso de Malvenda para la administracion del derecho de lanas que se sacaren por los puertos de su comision: fecha á 31 de Mayo de 1558, desde el folio 122 hasta parte del 129.

Núm. CXXIII. Provision del Consejo Real, mandando que haya alhóndigas y depósitos de pan en el Condado de Vizcaya, en la forma que se expresa: fecha á 20 de Junio de 1558, desde parte del folio 129 hasta el 130 inclusive.

Núm. CXXIV. Provision del Consejo Real dando facultad á la villa de Bilbao para tomar á censo sobre los propios de ella, hasta en cantidad de tres mil ducados, y emplearlos en trigo para el pósito, en la forma que se expresa: fecha á 14 de Octubre de 1558, desde el folio 131 hasta parte del 132.

Núm. CXXV. Cédula Real mandando á los Contadores mayores poner recaudo y orden en lo tocante á los diezmos de la mar que son de los derechos Reales, por haber muerto el Condestable de Castilla que los llevaba: fecha á 13 de Noviembre de 1559, desde parte del folio 132 hasta fin del mismo.

Núm. CXXVI. Cédulas Reales mandando á los Corregidores de las cuatro villas de la costa de la mar, de la provincia de Guipúzcoa, de la villa de Medina del Campo, del Señorío de Vizcaya y de la provincia de Alava que no acudan con los diezmos de la mar, sino á las personas que ellos nombraren, debiendo recaudarlos en favor

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