Código de procedimientos civiles del Distrito Federal y Territorio de la Baja California: reformado en virtud de la autorizacion concedida al ejecutivo por decreto de 14 de diciembre de 1883Aguilar é hijos, 1887 - 456 páginas |
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... diez á cien pesos , sin perjuicio de que en su caso se im- pongan las penas que señala el Código Pe- nal . Art . 56 - El secretario hará constar el dia y la hora en que se presente un escri- to , dando cuenta con él á más tardar den- a ...
... diez á cien pesos , sin perjuicio de que en su caso se im- pongan las penas que señala el Código Pe- nal . Art . 56 - El secretario hará constar el dia y la hora en que se presente un escri- to , dando cuenta con él á más tardar den- a ...
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... diez de la mañana á la una de la tarde , al dia siguiente de las ocho de la ma- ñana á la una de la tarde , ó al tercer dia ántes de las doce de la mañana , Art . 82. - Deben firmar las notificacio- nes la persona que las hace , y ...
... diez de la mañana á la una de la tarde , al dia siguiente de las ocho de la ma- ñana á la una de la tarde , ó al tercer dia ántes de las doce de la mañana , Art . 82. - Deben firmar las notificacio- nes la persona que las hace , y ...
Página 29
... diêz á treinta pesos . Art . 97. - Las notificaciones que se hicie- ren en otra forma distinta de la prevenida en ... diez á veinte pesos , debiendo además responder de cuantos perjuicios y gastos se hayan ori ginado por su culpa . La ...
... diêz á treinta pesos . Art . 97. - Las notificaciones que se hicie- ren en otra forma distinta de la prevenida en ... diez á veinte pesos , debiendo además responder de cuantos perjuicios y gastos se hayan ori ginado por su culpa . La ...
Página 31
... diez pesos y será responsable de los gastos y perjuicios que se ocasionen por su culpa . Art . 105. Serán prorrogables los tér- minos cuya prórroga no esté expresamente prohibida . - Art . 106. No se concederá prórroga al- guna sino con ...
... diez pesos y será responsable de los gastos y perjuicios que se ocasionen por su culpa . Art . 105. Serán prorrogables los tér- minos cuya prórroga no esté expresamente prohibida . - Art . 106. No se concederá prórroga al- guna sino con ...
Página 33
... Diez dias , á juicio del jucz , para prue- bas : II . Nueve dias para hacer uso del de- recho del tanto : III . Ocho dias para interponer el recur- so de casacion : IV . Seis dias para alegar y probar ta- chas : V. Cinco dias para ...
... Diez dias , á juicio del jucz , para prue- bas : II . Nueve dias para hacer uso del de- recho del tanto : III . Ocho dias para interponer el recur- so de casacion : IV . Seis dias para alegar y probar ta- chas : V. Cinco dias para ...
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Términos y frases comunes
1ª instancia accion acree acreedores actor administracion admitirá albacea alegar ambos efectos apelable en ambos apelacion árbitros artículo anterior artículo que precede arts audiencia autorizacion autos avalúo Baja California blico CAPITULO causa cion citacion Código Civil concede concurso conforme al art contestar la demanda créditos curador debe declaracion declaraciones decreto demanda depositario depósito derecho despues deudor dictará dili diligencia documentos domicilio ejecucion ejecutivo ejecutoria estuviere exceda excepciones expresa finca fraccion fuere habilitacion hará herederos hipotecario hubiere incidente informacion interdicto interes interesados interventor inventario judicial jueces juicio del juez juicio verbal juzgado legal legatarios litigantes mandará menor Ministerio público negocio nombramiento nombre notificacion observará pago pátria potestad peritos persona pida presente presuncion legal prevenido procederá promueva providencia prueba recurso de casacion recusacion remate remitirán resolucion respecto salvo lo dispuesto SECCION secretario sentencia señalará sicion siguientes síndico sustanciacion tambien térmi término término probatorio testamento testigos tículo tít título Tribunal Superior tutor tuviere
Pasajes populares
Página 125 - Que el hecho de que se trate sea susceptible de ser conocido por medio de los sentidos, y que el testigo lo conozca por sí mismo y no por inducciones ni referencias á otras personas; V.
Página 125 - Que por su edad, su capacidad y su instrucción, tenga el criterio necesario para juzgar del acto; III. Que por su probidad, por la independencia de su posición y por sus antecedentes personales, tenga completa imparcialidad; IV. Que el hecho de que se trate sea susceptible de ser conocido...
Página 91 - Que se indiquen los nombres y residencia de los testigos que hayan de ser examinados, cuando la prueba sea testimonial: III.
Página 85 - Sólo los hechos están sujetos a prueba; el derecho lo estará únicamente cuando se funde en leyes extranjeras o en usos, costumbres o jurisprudencias.
Página 22 - Las notificaciones, citaciones y entrega de expedientes se verificarán lo más tarde el día siguiente al en que se dicten las resoluciones que las prevengan, cuando el juez en éstas no dispusiere otra cosa. Se impondrá de plano á los infractores de este artículo, una multa que no exceda de veinte pesos.
Página 95 - En ningún caso se permitirá que la parte que ha de absolver un interrogatorio de posiciones esté asistida por su abogado, procurador, ni otra persona; ni se le dará traslado ni copia de las posiciones, ni término para que se aconseje; pero si el absolvente fuere extranjero, podrá ser asistido por un intérprete, si lo pidiere, en cuyo caso el juez lo nombrará.
Página 379 - Si el testamento no es impugnado ni se objeta la capacidad de los interesados, el juez, en la misma junta, reconocerá como herederos a los que estén nombrados, en las porciones que les correspondan.
Página 218 - Si en el título con que se ejercita una acción hipotecaria se advierte que hay otros acreedores hipotecarios anteriores, el juez mandará notificarles la cédula hipotecaria, para que usen de sus derechos conforme á la ley. Art. 994. Si comenzado el juicio se presentan alguno ó algunos acreedores hipotecarios, se procederá como está prevenido en el título XII del libro I.
Página 40 - Cada parte será inmediatamente responsable de las costas que originen las diligencias que promueva : en caso de condenación en costas, la parte condenada indemnizará a la otra de todas las que hubiere anticipado.
Página 202 - ... y acusada una rebeldía, se dará por contestada la demanda. Hecha saber esta providencia en la forma misma que el emplazamiento , se seguirán los autos en rebeldía , haciéndose las notificaciones que ocurran en los Estrados del Juzgado.