Proyecto de código de comercio preparado por Luis Felipe Villarán, Felipe de Osma y José Payán, nombrados en comisión por resolución suprema de 10 de febrero de 1898

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1898

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Términos y frases comunes

Pasajes populares

Página 221 - Los préstamos hechos durante el viaje tendrán preferencia sobre los que se hicieron antes de la expedición del buque, y se graduarán por el orden inverso al de sus fechas.
Página 142 - Los endosantes á quienes no se hiciere esta notificación quedarán exentos de responsabilidad aun cuando el demandado resulte insolvente, y lo mismo se entenderá respecto del librador que probare haber hecho oportunamente provisión de fondos.
Página 21 - Los libros de los comerciantes probarán contra ellos, sin admitirles prueba en contrario; pero el adversario no podrá aceptar los asientos que le sean favorables y desechar los que le perjudiquen, sino que, habiendo aceptado este medio de prueba, quedará sujeto al resultado que arrojen en su conjunto, tomando en igual consideración todos los asientos relativos á la cuestión litigiosa.
Página 22 - Los documentos que conciernan especialmente á actos ó negociaciones determinadas, podrán ser inutilizados ó destruidos pasado el tiempo de prescripción de las acciones que de ellos se deriven, á menos de que haya pendiente alguna cuestión que se refiera á ellos directa ó indirectamente , en cuyo caso deberán conservarse hasta la terminación de la misma.
Página 14 - Los poderes generales, y la revocación de los mismos, si la hubiere, dados á los gerentes, factores, dependientes y cualesquiera otros mandatarios. 7." La autorización del marido para que su mujer ejerza el comercio, y la habilitación legal ó judicial de la mujer para administrar sus bienes por ausencia ó incapacidad del marido. 8.° La revocación de la licencia dada á la mujer para comerciar. 9.°...
Página 98 - La designación de los efectos, con expresión de su calidad genérica, de su peso y de las marcas ó signos exteriores de los bultos en que se contengan. 5.° El precio del transporte. 6.° La fecha en que se hace la expedición. 7.° El lugar de la entrega al porteador. 8.° El lugar y el plazo en que habrá de hacerse la entrega al consignatario.
Página 270 - Si después de haber hecho la declaración de quiebra hubiese percibido y aplicado á sus usos personales, dinero efectos ó créditos de la masa, ó por cualquier medio hubiese distraído de ésta alguna de sus pertenencias.
Página 50 - El socio industrial no podrá ocuparse en negociaciones de especie alguna, salvo si la Compañía se lo permitiere expresamente; y en caso de verificarlo, quedará al arbitrio de los socios capitalistas excluirlo de la Compañía, privándole de los beneficios que le correspondan en ella, ó aprovecharse de los que hubiere obtenido contraviniendo á esta disposición.
Página 22 - Si uno de los comerciantes no presentare sus libros, ó manifestare no tenerlos, harán fe contra él los de su adversario, llevados con todas las formalidades legales, á no demostrar que la carencia de dichos libros procede de fuerza mayor, y salvo siempre la prueba contra los asientos exhibidos por otros medios admisibles en juicio. 4a Si los libros de los comerciantes tuvieren todos los requisitos legales y fueren contradictorios, el juez ó tribunal juzgará por las demás probanzas, calificándolas...

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