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distribución de los indios, repite seriamente cosas tan estrambóticas como éstas: Los Tutanuchas de California "tienen las orejas tan largas que les arrastran hasta el suelo y que debajo de una de ellas caben cinco ó seis hombres": en Honopueva los naturales duermen "debajo del agua": en Jamocohuicha, "por no tener via ordinaria para expeler los excrementos del cuerpo, se sustentan con oler flores, frutas y yerbas, que guisan sólo para esto": en cierta provincia del Perú se alimentan también únicamente de oler flores y frutas, y "en oliendo malos olores mueren": en unas partes se encuentran pigmeos "no más altos que de un codo"; en otras, muelas humanas que pesan dos libras, "aunque esto pudo ser estuviesen allí desde antes del diluvio1"..... En boca de los conquistadores y cronistas, "nación" significa cualquiera agrupación de indios; "provincia" equivale á territorio, circunscrito á veces al area de una simple aldea; y los nombres de naciones y provincias cambian, por de contado, según los varios descubridores y según y como interpretaban las lenguas indígenas2. Por otra parte, sobre las lenguas de los indios venezolanos no existen aún sino ensayos más o menos científicos, y los cementerios precolombianos, que guardan la solución de muchos problemas, apenas han sido explorados en pocas partes3. En suma, desde el punto de vista sociológico é histórico, para esclarecer la organización de los diversos grupos ó "naciones" y su cruzamiento ó intermigración, al través de los siglos, con los otros grupos del Brasil, Antillas, CentroAmérica y Andes granadinos, sería necesario un estudio previo de todo el territorio, comparando entre sí las tribus sobrevivientes y recogiendo y examinando metódicamente datos de lingiiística,

1. Primera noticia historial, cap. II.

2. El más reciente explorador venezolano escribe: "Los primitivos historiadores, así como todos, todos, los que les han sucedido hasta hoy, confundieron ó han confundido, lastimosamente á menudo, las denominaciones geográficas con el nombre de las principales tribus; y aún más, á cada paso, daban á las numerosas fracciones de éstas el apelativo de los jefes ó caciques que tenían y que regularmente era el nombre de las montañas, caños, rios ó selvas donde residían; circunstancias que además de aumentar extraordinariamente el número de las tribus, confirma la no existencia de muchas con diferentes lenguas". B. Tavera Acosta, Rionegro, p. 21. Ciudad Bolívar, 1906.

3. Entre los más notables ensayos venezolanos, es justo citar los de lingiiistica por Agustin Codazzi, Adolfo Ernst, Lisandro Alvarado, Julio Calcaño, B. Tavera Acosta; y los de etnografia y craneología por Vicente y Gaspar Marcano en los valles de Aragua y Caracas y región del Orinoco. Actualmente hacen estudios Alfredo Jahn en los valles de Aragua, Pedro M. Arcaya en la región de Coro, R. Freites Pineda en la de Barquisimeto. No se ignoran, por supuesto, los trabajos sobre lenguas y dialectos de Venezuela, por los misioneros y otros autores modernos, que figuran en la Bibliothèque linguistique américaine (Paris, J. Maisonneuve); en la colección de Platzmann (Leipzig), etc.

atañe á la preregión occidental

alfarería comparada y craneología. En lo que sente Historia, adviértase que los indios de la no ignoraban por completo la civilización que florecía á lo largo de los Andes, la cual venía infiltrándose, siquiera lentamente, por las montañas de Mérida y Trujillo hasta la entrada de los llanos; y es más que verosímil que la infiltración se estuviese efectuando también por el mar de las Antillas, pues durante los siglos de la civilización centro-americana, indios de estas tierras han podido hacer viajes ocasionales por agua, en distintas épocas, á las costas de los corianos, caracas y cumanagotos...

Los conquistadores, exclusivamente ocupados en hacer descubrimientos y en guerrear, sirviéronse en seguida de los indios para labrar la tierra, explotar minas, bucear perlas y transportar todo género de cosas, porque en América no existían bestias de carga. El sistema de "repartimientos" y "encomiendas" lo inició Cristóbal Colón. En la primera batalla que libró en la isla Española (1495) hizo esclavos á muchos de los indios que cayeron prisioneros y á otros les puso tributo. En 1496 sustituyó el tributo con la obligación de trabajar en las labranzas de los castellanos; y de este modo, los "repartimientos", que se refirieron al principio á la tierra señalada á cada conquistador para ocuparla y cultivarla, se trocaron en "encomiendas de indios". Colón expedía sus cédulas diciendo, que “daba en tal cacique tantas mil matas, ó montones (labranzas), que todo es uno, y que aquel cacique, ó sus gentes, labrasen para quien las daba aquellas tierras 1". Y al igual procedió su sucesor inmediato, Francisco de Bobadilla.

El tercer Gobernador, Nicolás de Obando, recibió instrucciones en las que aparece ya la eterna é inevitable contradicción de todas las leyes sobre los indios. Se le ordenó que "los indios vecinos y moradores de la isla Española fuesen libres y no subjetos á servidumbre"; pero, informada la Reina Católica que, “á causa de la mucha libertad que los dichos indios tienen, huyen y se apartan de la conversación y comunicación de los cristianos, por manera que, aun queriéndoles pagar sus jornales, no quieren trabajar y andan vagabundos, ni menos los pueden haber para los doctrinar y traer á que se conviertan á nuestra sancta fe católica, y que, á esta causa, los cristianos que están en la dicha isla, y viven y moran en ella, no hallan quien trabaje en sus granjerías y mantenimientos, ni les ayudan á sacar y coger el oro que hay en la dicha isla, de que á los unos y á los otros viene perjuicio".... 1. Antonio de Herrera, Historia general de los hechos de los castellanos en las Islas y Tierra Firme del mar Océano; primera década, lib. 3o, cap. XVI.

mandó la Reina al expresado Gobernador como sigue: "compeláis y apremiéis á los dichos indios, que traten y conversen con los cristianos.. y trabajen en sus edificios, en coger y sacar oro y otros metales, y en facer granjerías y mantenimientos para los cristianos. ... y fagáis pagar á cada uno el dia que trabajare el jornal y mantenimiento que, según la calidad de la tierra, y de la persona, y del oficio vos pareciere que debieren haber, mandando á cada cacique que tenga cargo de cierto número de los dichos indios, para que los haga ir á trabajar donde fuere menester, y para que, las fiestas y dias que pareciere, se junten á oir y ser doctrinados en las cosas de la fe.... lo cual hagan é cumplan como personas libres, como lo son, y no como siervos; é faced que sean bien tratados los indios....é non consintades ni dedes lugar que ninguna persona les haga mal ni daño, ni otro desaguisado alguno....1". Pero la consecuencia fatal de semejantes instruciones, tan magnánimas en el fondo cuanto contradictorias en su forma, fué necesariamente la reducción de los indios á la más dura servidumbre. Y á tal extremo llegó, que los Padres dominicos establecidos en la isla, acordaron protestar en los púlpitos contra tanta crueldad, y designaron al más elocuente de sus predicadores, Fray Antón Montesinos, para aconsejar á los españoles la práctica de otro sistema menos inhumano. Dicho está que la elocuencia de Fray Antón, bien que moldeada en "palabras muy pungitivas y terribles", no logró convertirlos á mejores sentimientos, y antes le hizo aparecer como rebelado contra la autoridad de los oficiales del rey y contra las mismas leyes de la corona. Llevado el asunto á la corte, dió motivo á las leyes promulgadas en Burgos á 27 de setiembre de 1512; las cuales reglamentaron el sistema de repartimientos y encomiendas del modo que en España se juzgó más equitativo, aunque sin reformar radicalmente una organización que más dependía de las necesidades del momento que no de las leyes.

Según ellas, los españoles que tuviesen indios repartidos ó encomendados debían edificarles bohíos ó casas de paja y hacerles montones de yuca, ajes (ñame), ají y maíz, de que se alimentaban; sin olvidar, para cada cincuenta indígenas, una docena de gallinas un gallo. En lo que nada ganaron los indios, porque no diciendo la ley á costa de quién se harían los bohíos y plantaciones, todo salió del trabajo y jornales de los mismos. Para su mantenimiento se dispuso, que á los que trabajaban en las labranzas se les diese "pan y ajes, é axí, abasto, é los domingos é pascuas é fiestas

1. Carta expedida en Medina del Campo á 20 de diciembre de 1503.

sus ollas de carne guisadas", y á los empleados en las minas, pan y ají, con una libra de carne por dia; pero, si se da fe á las crónicas de la época, no comieron nunca los indios encomendados sino raíces y hierbas, lo mismo los de las labranzas que los de las minas. Cuando se debilitaban hasta no poder trabajar más, ó enfermaban, se les enviaba á sus tierras á curarse, y se les reemplazaba con otros. Se mandó también, que los indios trabajasen en sacar oro de las minas cinco meses, y holgasen luego cuarenta dias, con tal que alzasen los montones ó labranzas durante esta huelga y volviesen después á las minas; y para ver si recibían agravios y se guardaban las leyes, se ordenó que en cada lugar ó pueblo hubiese dos visitadores que debían ir dos veces al año á cerciorarse de como vivían los indios.

Otras leyes se promulgaron en Valladolid, á 28 de julio de 1513, aclarando ó modificando las de Burgos, y según ellas: no se obligará á las indias casadas á servir con sus maridos: los menores de catorce años no serán compelidos al mismo trabajo que los mayores de esta edad, sino á otros más suaves, "como en desherbar las heredades, y cosas semejantes, en las haciendas de sus padres": los indios repartidos servirán á los españoles durante nueve meses del año, y en los tres meses que se les conceden de huelga serán obligados á trabajar en sus labranzas propias, ó por jornales en las de los otros vecinos....

Bastará una sola observación para comprender que estas leyes, aun suponiéndolas teóricamente eficaces, no podían cumplirse en su objeto humanitario. Como quiera que el rey se reservó la facultad de acordar á quien quisiese el servicio de nueve meses á que quedaban sujetos los indios, los privados de la corte se apresuraron á pedir les hiciera merced de repartimientos, y obtenidos, enviaron á administrarlos á sus criados y mayordomos, quienes necesariamente no habían de curarse poco ni mucho de someterse al espíritu de la legislación española. Aparte que los visitadores, y hasta los jueces de apelación establecidos en la Española, obtuvieron también al principio sus repartimientos. No eran los indios de la isla arriba de veinte mil, y perecieron en su mayoría por el trabajo excesivo á que se les obligó. Lo que hacía exclamar á Las Casas: "de no haberse remediado, sino perdido, inficionado, y extragado y despoblado todo este orbe, aquel há, vastativo é infernal repartimiento, que baptizaron con nombre de encomiendas, la culpa de todo"1. Ni se vea en esto una simple exageración del Protector

1. Historia de las Indias, t. III, p. 427.

de los indios. El rey mismo mandaba escribir como sigue: "Por cuanto Nos somos certificados y es notorio que por la desordenada cobdicia de algunos de nuestros súbditos que pasaron á las nuestras Indias, islas y Tierra Firme del mar Océano, y por el mal tratamiento que hicieron á los indios naturales de las dichas islas y Tierra Firme, haciendo grandes y excesivos trabajos, que les daban, y teniéndolos en las minas para sacar oro, y en las pesquerías de las perlas, y en otras labranzas y granjerías, haciéndolos trabajar excesiva é inmoderadamente, no les dando el vestir y el mantenimiento que les era necesario para sustentamiento de sus vidas, tratándolos con crueldad y desamor, mucho peor que si fueran esclavos, lo cual todo ha sido y fué causa de la muerte de gran número de los dichos indios, en tanta cantidad, que muchas de las islas é parte de Tierra Firme quedaron yermas y sin población alguna de los dichos indios naturales della, é que otros se huyeron é ausentaron de sus propias tierras y naturaleza é se fueron á los montes é otros lugares para salvar sus vidas y salir de la dicha sujeción y mal tratamiento".... En consecuencia mandó el rey, que los indios fuesen tratados como los demás vasallos libres1. Mas al propio tiempo se permite hacer guerra á los indios "que no quisieren darnos la obediencia ó no consintieren, resistiendo ó defendiendo con mano armada que no se busquen minas ni se saque dellas oro y los otros metales que se hallaren", y tener por esclavos “á aquellos que los señores naturales de la tierra tienen por tal esy os vendieren”.

Ambas excepciones se convirtieron en regla general. Para reemplazar á los indios que morían en las minas y labranzas, los vecinos de la Española iban á cautivar otros en las demás islas y en el Continente. Las instrucciones que tenían en estos casos eran de hacer "requerimientos". Consistían en decirles á los naturales, "que supiesen que había un Dios en el cielo, y un Papa vicario suyo en la tierra que había dado aquellas tierras á los reyes de Castilla, cuyos vasallos ellos eran: que viniesen á su obediencia; si no, que supiesen que les harían guerra, y harían esclavos.." Iguales requerimientos hacían en la costa de Cumaná los españoles de Cubagua, y volvían con abundante provisión de esclavos, cuyo exceso vendían luego en los otros establecimientos de las Antillas. El italiano Benzoni, que pasó por allí en 1542, escribe en su Historia del Mundo Nuevo: "Todos los esclavos juntados por los castellanos eran llevados á Cubagua: con un hierro encendido les imprimían á

1. Capitulación con el Licenciado Marcelo de Villalobos para la conquista de la isla de Margarita, y confirmación á Da. Aldonza de Villalobos, hija del mismo. 1525-26-27.

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