Revista general de legislación y jurisprudencia, Volúmenes22-23

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Editorial Reus, 1863

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Página 36 - El Código civil y criminal y el de comercio serán unos mismos para toda la Monarquía, sin perjuicio de las variaciones, que por particulares circunstancias podrán hacer las Cortes.
Página 433 - Administración causare en el ferrocarril ó en sus dependencias un mal que ocasione perjuicio á las personas ó á las cosas, será castigado con arreglo al art. 581 del Código penal, como reo de imprudencia temeraria.
Página 29 - ... fe Católica; el que viviendo sobre sí, establece su domicilio; el que pide y obtiene vecindad en algún pueblo; el que se casa con mujer natural de estos Reinos y habita domiciliado en ellos; y si es...
Página 229 - El acreedor que solicite la declaración de quiebra de su deudor, estará obligado á acreditar ante todas cosas su personalidad con el testimonio de la ejecución despachada á su instancia contra el mismo deudor...
Página 23 - Presidente perseverare en lo hacer y mandar ejecutar, >no sjpndo la materia de calidad en que notoriamente se haya de •seguir de ella movimiento ó inquietud en la tierra , se cumpla y «guarde lo que el Virey ó Presidente hubiere proveído, sin hacerle •impedimento ni otra demostración , y los Oidores nos den aviso particular de lo que hubiere pasado, para que Nos lo mandemos •remediar como convenga.
Página 149 - Art. 29. — Lo dispuesto en los artículos que preceden, relativamente á la forma de los instrumentos y al número y cualidades de los testigos, y á la capacidad de adquirir lo dejado ó mandado por el testador, no es aplicable á los testamentos, y demás disposiciones mortis causa, en las cuales regirá la ley ó leyes especiales del caso.
Página 418 - Art. 12. El concesionario ó arrendatario de la explotación de un ferrocarril que falte á las cláusulas del pliego general de condiciones, ó á las particulares de su concesión, ó á las resoluciones para la ejecución de estas cláusulas en todo lo que se refiere...
Página 271 - Escribanos las lean, presentes las partes y los testigos : y si las partes las otorgaren, las firmen de sus nombres, y si no supieren firmar, firmen por ellos cualquiera de los testigos ú otro que sepa escribir : el cual dicho escribano haga mención como el testigo firmó por la parte que no sabía escribir...
Página 31 - Se entenderán domiciliados para los efectos legales aquellos que se hallen establecidos con casa abierta, ó residencia fija ó prolongada por tres años, y bienes propios ó industria y modo de vivir conocido en territorio de la Monarquía, con el permiso de la autoridad superior civil de la provincia.
Página 552 - En el caso del artículo anterior, si falta el padre ó se halla impedido para prestar el consentimiento, corresponde la misma facultad á la madre y sucesivamente en iguales circunstancias al abuelo paterno y al materno.

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