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Costa Rica. Jaws. statutes. to. Codes.

CODIGO GENERAL

('

DE LA

REPUBLICA DE COSTA-RICA.

EMITIDO EN 30 DE JULIO DE 1841;

SEGUNDA EDICION ANOTADA, ADICIONADA, REVISADA Y CORREGIDA
CONFORME A LAS LEYES VIGENTES POSTERIORES HASTA

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Imprenta de Wynkoop, Hallenbeck y Thomas, 113 Fulton.

1858.

Rec. Get 10, 1981

ADVERTENCIA.

La necesidad de poseer un Código que arregle de una manera filosófica, precisa y clara, todo lo concerniente á la materia civil y criminal, asegurando la pronta y cumplida administracion de justicia por medio de un sistema sencillo de procedimientos, en conformidad con los usos, costumbres é ideas dominantes, en cuanto no se opongan á los principios reconocidos de justicia universal, sino que mas bien tiendan á mantenerlos y desarrollarlos; es una necesidad inherente á toda sociedad civilizada: todos los pueblos antiguos y modernos la han experimentado desde que han salido de la infancia y entrado en la carrera del progreso; pero son pocos los que han logrado satisfacerla de una manera conveniente, y muchos los que se han regido y seguirán rigiendose por medio de una legislacion voluminosa, enredada y envuelta en un verdadero caos de disposiciones ó decretos, sin sistema, contradictorios, derogados ó en desuso.

cano.

Tal fué la herencia legada á Costa-Rica, así como á las demás colonias españolas, al tiempo de su emancipacion de la madre patria; cuyos sabios, pero demasiado voluminosos y numerosos códigos monárquicos, continuaron regulando la administracion de justicia en el naciente Estado republiEl cambio súbito de sistema político vino á completar y á poner mas de manifiesto la confusion, las anomalías, complicaciones y vacíos que existian, haciendo mas chocantes é insufribles los abusos á que daban lugar, y mas urgente la necesidad de simplificar la legislacion civil y criminal, poniendola en armonía con el nuevo modo de ser del pais, sin chocar abiertamente con los usos y costumbres establecidas, ni desechar los excelentes abundantísimos materiales heredados. Cabe al pequeño Estado de Costa-Rica (mi cara patria) la honra de haber adoptado prontamente, con el buen sentido práctico, progresivo y conservador que lo distingue, la resolucion de llevar adelante esta ardua empresa; y á su Gefe Don Braulio Carrillo la gloria de haberla cumplido felizmente, emitiendo, en uso de las facultades que se le habian conferido, el presente CÓDIGO GENERAL DE COSTA-RICA en 30 de Julio de 1841.

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