La propiedad intelectual: Legislación española y extranjera comentada, concordada y esplicada según la historia, la filosofía, la jurisprudencia y los tratados |
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La Propiedad Intelectual: Legislación Española Y Extranjera Comentada ... Manuel Danvila Y. Collado Sin vista previa disponible - 2018 |
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Términos y frases comunes
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Pasajes populares
Página 104 - Por tanto mandamos á todos los tribunales, justicias, jefes, gobernadores y demás autoridades, así civiles como militares y eclesiásticas, de cualquiera clase y dignidad, que guarden y hagan guardar, cumplir y ejecutar la presente ley en todas sus partes. Tendréislo entendido para su cumplimiento, y dispondréis se imprima, publique y circule.
Página 97 - Doña Isabel II, por la Gracia de Dios y la Constitución de la Monarquía española, Reina de las Españas, á todos los que las presentes vieren y entendieren, sabed: que las Cortes han decretado, y Nos sancionado lo siguiente: Artículo 19 En todos los dominios españoles habrá un solo sistema de medidas y pesas.
Página 128 - Gobierno, quienes después de haberse comunicado sus respectivos plenos poderes, y de haberlos hallado en buena y debida forma, han convenido y concertado los siguientes artículos: ARTICULO I Los Estados Unidos garantizan y mantendrán la independencia de la República de Panamá.
Página 701 - Quienes después de haberse comunicado sus Plenos Poderes y de haberlos hallado en buena y debida forma, han convenido en los artículos siguientes: Artículo I.
Página 141 - Con objeto de facilitar la ejecución del presente Convenio, las dos Altas Partes contratantes se obligan á comunicarse mutuamente las leyes y reglamentos que puedan establecerse en lo sucesivo en sus respectivos territorios, con relación al derecho de propiedad intelectual sobre las obras y producciones protegidas por las estipulaciones del presente Convenio. ART. 8.°...
Página 130 - No obstante, en lo referente al período de cinco años señalados por este artículo para ejercer el derecho exclusivo de traducción, se considerará cada entrega como una obra separada, que deberá ser registrada y depositada en uno de los dos países en el término de. tres meses, á contar desde su primera publicación en el otro. Art. 4.°...
Página 371 - ... el traducir de lenguas fáciles, ni arguye ingenio ni elocución, como no le arguye el que traslada ni el que copia un papel de otro papel.
Página 705 - Las Altas Partes contratantes, se reservan sin embargo, la facultad de introducir, de común acuerdo, en el presente convenio cualquiera modificación que no crean incompatible con su espíritu y sus principios, y que la experiencia demostrare ser conveniente.
Página 228 - Si pasase un año más después de los diez sin que el autor ni su derechohabiente inscriban la obra en el Registro entrará ésta definitiva y absolutamente en el dominio público.
Página 147 - En todo caso se llenará la formalidad del depósito y registro en el término de tres meses , contados desde la primera publicación de la obra en el otro país. Respecto de las obras publicadas por entregas , cada entrega se considerará como una obra separada.