Revista de los tribunales y de legislación universal, Volumen39Góngora, 1905 |
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Términos y frases comunes
1.º de Enero Abogados accidentes acción actual acuerdo Administración alegando apelación aplicación arts aspirantes asunto Audiencia autos casación causa ción clase Código civil comercio condena Consejo de familia Considerando constituye CONSULTA contrato criminal Crónica de Tribunales cuestión cuya debe declaración delito demanda derecho Derecho foral Derecho penal determina disposiciones Doña efecto ejecutivo ejercicio Enjuiciamiento civil España español establece estudio excrex exige finca Fiscal Francisco Silvela funcionarios Gracia y Justicia herederos hijos Hipotecaria indemnización institución interés José JOSÉ LUIS FERNANDEZ judicial Jueces Juez juicio Jurado jurídica Juzgado legal litiscontestatio Madrid Magistrado marido matrimonio Mazarete mercantil Ministerio mujer mundo municipal Notarios núm número obligación obrero pago pena penal perjuicio pesetas plazo pleito práctica precepto presente Presidente Pretor procedimiento Procurador proyecto público Real decreto Real orden reclamación recurso recurso de casación Redacción reforma Registro respecto responsabilidad seguro sentencia social sociedad sociedad conyugal testamento tículo título trabajo trata Tribunal Supremo último vacantes
Pasajes populares
Página 239 - No se impondrá pena por delito de adulterio sino en virtud de querella del marido agraviado. Este no podrá deducirla sino contra ambos culpables, si uno y otro vivieren, y nunca si hubiere consentido el adulterio ó perdonado á cualquiera de ellos.
Página 233 - Dictar las medidas necesarias para evitar que el marido que hubiese dado causa al divorcio, ó contra quien se dedujere la demanda de nulidad del matrimonio, perjudique á la mujer en la administración de sus bienes.
Página 631 - Art. ,17. Están exentos de las penas impuestas á los encubridores los que lo sean de sus cónyuges, de sus ascendientes, descendientes, hermanos legítimos, naturales y adoptivos, ó afines en los mismos grados, con sólo la excepción de los encubridores que se hallaren comprendidos en el núm.
Página 229 - Si se duda, entre dos ó más personas llamadas á sucederse, quién de ellas ha muerto primero, el que sostenga la muerte anterior de una ó de otra, debe probarla; á falta de prueba, se presumen muertas al mismo tiempo y no tiene lugar la transmisión de derechos de uno á otro.
Página 233 - Son hijos naturales los nacidos, fuera de matrimonio, de padres que al tiempo de la concepción de aquéllos pudieron casarse sin dispensa ó con ella. Art. 120. La legitimación tendrá lugar: 1 ." Por el subsiguiente matrimonio de los padres.
Página 393 - Hacer cesar el uso o imitación indebida de su nombre comercial; c) Obtener el resarcimiento de los daños y perjuicios que se le hubieran ocasionado por el empleo o uso indebido; y d) Denunciar los delitos previstos y sancionados por la ley o actuar como parte acusadora en los juicios correspondientes.
Página 239 - Cometen adulterio la mujer casada que yace con varón que no sea su marido y el que yace con ella, sabiendo que es casada, aunque después se declare nulo el matrimonio.
Página 534 - A pesar de lo dispuesto en el artículo anterior, las hijas de familia mayores de edad, pero menores de veinticinco años, no podrán dejar la casa paterna sin licencia del padre ó de la madre en...
Página 232 - El adulterio de la mujer en todo caso, y el del marido cuando resulte escándalo público ó menosprecio de la mujer.
Página 76 - El patrono es responsable de los accidentes ocurridos á sus operarios con motivo y en el ejercicio de la profesión ó trabajo que realicen, á menos que el accidente sea debido á fuerza mayor, extraña al trabajo en que se produzca el accidente.