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nos del puerto de San Adrian de la comarca de Alava. Tomo IV, folio 204.

Año 1549.

A 13 de Junio. Provision de Contadores mayores mandando guardar la ley inserta del cuaderno de las alcabalas para que los Escribanos den razon de las ventas que otorguen. Tomo IV, folio 206.

A 19 de Julio. Provision para que en las misas nuevas, evangelios y epístolas de clérigos y frailes en Bilbao no se ofrezca mas que un real en dinero ó en pan. Tomo II, folio 469.

A 30 de Agosto. Provision sobre la convenencia de que las mercaderías y retornos se registren en libro determinado para ello. Tomo II, folio 107.

A 14 de Setiembre. Provision para que el Corregidor de Vizcaya recoja los libros de caja y manuales de los mercaderes vecinos y estantes en el Condado cartaciones de Vizcaya. Tomo II, folio 109.

Año 1550.

y

En

A 10 de Julio. Sobrecarta para la plantacion y conservacion de montes en Alava. Tomo IV, folio 210.

Año 1558.

A 30 de Abril. Nueva pragmática de los derechos de las lanas que se sacaren de estos Reinos. Tomo II, fo

lio IIO.

A 29 de Mayo. Comision para administrar el derecho de lanas que se sacaren por Guipúzcoa, Vizcaya y cuatro villas de la costa de la mar. Tomo II, folio 117. A 31 de id. Instruccion para la comision anterior. Tomo II, folio 122.

A 20 de Junio. Provision para que haya alhóndigas y depósitos de pan en Vizcaya. Tomo II, folio 129.

A 14 de Octubre. Facultad á la villa de Bilbao para tomar sobre sus propios tres mil ducados, y emplearlos en trigo para el pósito. Tomo II, folio 131.

Año 1559.

Cédulas mandando poner recaudo en los diezmos de la mar, que son de los derechos Reales, por haber falleci do el Condestable de Castilla que los Îlevaba. Tomo II, folios 132, 133 y 134.

Año 1560.

Relacion del valor de los diezmos de la mar de Castilla. Tomo II, folio 135.

A 14 de Marzo. Comision para administrar los diezmos de la mar. Tomo II, folio 138..

Instruccion para el desempeño de la comision anterior. Tomo II, folio 141.

A 22 de idem. Provision para el pago de las obligaciones de los derechos de lanas en el año de 1559, sin embargo de no estar cumplidos los plazos. Tomo II, folio 145.

A 24 de Agosto.Cédula para confirmar el privilegio del encabezamiento de alcabalas de Guipúzcoa. Tomo III,

folio 38.

Año 1561.

A 31 de Enero. Comision para administrar los diezmos de la mar de Castilla. Tomo II, folio 148.

A 8 de Febrero. Instruccion para la comision anterior. Tomo II, folio 153.

A 4 de Marzo. Confirmacion á la provincia de Guipúzcoa del encabezamiento perpetuo de sus alcabalas. Tomo III, folio 380.

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A 29 de Marzo.___Comision para la administracion del derecho de lanas. Tomo II, folio 157.

A 27 de Mayo. Instruccion para la comision anterior. Tomo II, folio 162.

A

17

Año 1562.

de Julio Cédula para que se cobren los diezmos de la mar en las Aduanas conforme los llevaba el

Condestable de Castilla, y otro tanto y medio mas. Tomo II, folio 169.

A 24 de idem.Provision sobre lo mismo. Tomo II, folio 169.

A 29 de Diciembre. Instruccion para la cobranza de los diezmos de la mar. Tomo II, folio 174.

Año 1563.

A 7 de Enero. Nueva pragmática de los derechos de lanas. Tomo II, folio 186.

A 20 de id. Provision para que se haga comprobacion de los derechos de los diezmos de la mar en las cuatro villas de la costa, antes de sacar las mercaderías de las naves, y en las Aduanas de Orduña, Valmaseda, Vitoria y Salvatierra, al entrar en dichos lugares, y no cuando salieren de ellos. Tomo II, folio 191.

A 23 de id.Carta para establecer aduanas en la raya entre Guipúzcoa y Navarra. Tomo II, folio 194.

A 12 de Febrero. Receptoría de los diezmos de la mar. Tomo II, folio 197.

A 26 de Marzo. Valuacion hecha en Burgos del precio de las mercaderías que venian de fuera del Reino. Tomo II, folio 201.

A 26 de Abril.La misma valuacion hecha en Bilbao. Tomo II, folio 211.

A

7

de Agosto. Carta sobre las Aduanas en la raya entre Guipúzcoa y Navarra, con avisos sobre esta materia. Tomo II, folio 230.

Año 1564.

A 23 de Mayo-Carta con diferentes avisos para la buena administracion de los diezmos de la mar de Castilla. Tomo II, folio 237.

Año 1565.

A 7 y 28 de Julio y 23 de Agosto. Pragmática de las mercaderías vedadas determinando los derechos que adeudan los naipes. Tomo II, folio 254.

A 24 de Agosto.Carta con diferentes determinaciones para el cumplimiento de la pragmática de las mercaderías vedadas. Tomo II, folio 271.

Año 1566.

A 30 de Julio. Cedula imponiendo el derecho de seis ducados de oro á cada pieza de raja que viniere del extrangero, y que se sellen todas con el sello de las Armas Reales. Tomo II, folio 273.

A 14 de Agosto.

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Provision de Contadores mayores para la ejecucion de la cédula anterior. Tomo II, fo·lio 272.

A 31 de id. Comision á las Justicias para que hagan pregonar la provision anterior. Tomo II, folio 278.

Año 1571.

A 11 de Mayo. Certificacion de los puertos y Aduanas en la costa de poniente en que se cobraban los diezmos de la mar de Castilla. Tomo II, folio 282.

Año 1574.

A 28 de Agosto. Certificacion del cupo de alcabalas á la villa de Alegría y lugar de Higueleta.

Item. Del servicio de guerra que se solia repartir á la provincia de Alava, que eran cuatrocientos hombres. Tomo IV, folio 225.

Año 1601.

A 9 de Febrero. Apuntamiento de una de las condiciones del servicio de millones relativa á Vizcaya y Guipúzcoa. Tomo II, folio 283.

A 5 de Agosto. Cédula de Don Felipe III, mandando que haya en Bilbao persona que lleve asiento de las manifestaciones de comercio, y nombrando para ello á Ortuño de Urizar. Tomo II, folio 284.

Año 1603.

A 26 de Agosto. Consulta del Consejo de Estado so

bre el modo de castigar un alboroto en Bilbao, relativo al libro de manifestaciones de comercio. Tomo II, fol. 286.

Año 1606.

A 20 de Enero. Consulta del Consejo de Hacienda sobre el encabezamiento de Alcabalas de la provincia de Alava. Tomo IV, fol 226.

Año 1614.

A 19 de Marzo. Cédula sobre vender jurisdicciones y oficios en Guipúzcoa. Tomo III, fol. 415.

A 20 de Junio. Representacion de las villas de Azcoitia y Azpeitia sobre la utilidad de la venta de jurisdicciones y oficios en Guipúzcoa, manifestando los manejos que habia para impedirlo. Tomo III, fol. 417.

A 1. de Julio Comision para proseguir la averiguacion de venta de jurisdicciones Y oficios y creacion de otros nuevos en Guipúzcoa. Tomo III, fol. 421.

En el mismo año. Alegato del Pasage en el pleito sobre eximirse de la jurisdiccion de Fuenterrabía y San Sebastian. Tomo III, fol. 428.

Año 1615.

A 26 de Enero. Apuntamiento sobre la exencion de algunos pueblos de Guipúzcoa de las cabezas de sus jurisdicciones. Tomo III, fol. 452.

Año 1616.

A 4 de Febrero. Comision para averiguar los honores, derechos, aprovechamientos y valor de la escribanía de registros y manifestaciones de Bilbao, Tomo II, fo

lio 290.

A 14 de Abril. Diligencias practicadas en virtud de la cédula anterior. Tomo II, fol. 292.

A 18 de idem.Carta dando cuenta de las diligencias y resultado de la comision anterior. Tomo II, fol. 296.

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