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cuenta á V. M. cuando se empezó á tratar desta materia, y que en conformidad dél (supuesto que ya se ha probado este camino) tendria por mejor que no permitiendo más que el despacho de un solo navío cada año deste reino al de la Nueva-España, y apretando lo de las arribadas, como queda dicho, se alce la prohibicion; y que en el dicho navío se truxese y pudiese traer ropa de China y de Castilla, cargando mucho los derechos de la salida de Acapulco y de la entrada del Callao, donde se abriesen todos los fardos y caxones, conviniéndolos con las partidas del registro y libro de su bordo, cobrando con vigor los derechos y no pensando en una vara que haya en cada pieza más de las que vienen registradas, con lo cual se hará menor la grangería y menos codiciable, y apetecerán y tendrán por mejor la correspondencia de Tierra-Firme, donde pagarán menos y se les sufrirá más.

Suplico á V. M. mande que en el Consejo se trate desta causa y en ella se tome resolucion con toda brevedad, porque realmente la necesidad lo pide, y en el interin está muy aventurada la autoridad de los que acá lo tratamos, pues es caso fuerte que no sea poderoso un Virey para la observancia de un mandato en cuyo cumplimiento tan declaradamente ha mostrado V. M. su Real voluntad.

Guarde Dios á V. M. como la christiandad há menester. Lima, 14 de Diciembre de 1612.

RELACION DEL PROCURADOR GENERAL DE LA CIUDAD DE MANILA É ISLAS FILIPINAS Á S. M., SOBRE LA CONSERVACION DE

ESTAS Y SOBRESEIMIENTO EN LA COBRANZA DE CIERTO IMPUES

TO Á LAS MERCADERÍAS QUE VAN A NUEVA-ESPAÑA (1).

Señor:

D. Juan Grao y Monfalcon, procurador general de la insigne y leal ciudad de Manila, metrópoli y cabeza de las Islas Filipinas, dice: que es de grande importancia y consideracion su conservacion y amparo, digno de repararse en él con particular atencion por las grandes conveniencias y utilidades que tiene. Pues demás de lo principal que es el servicio de Dios, propagacion de la religion y fe católica que en la dicha ciudad y demás islas está asentada y lo estará más cada dia con mayor aumento y extension, no solo entre las mismas islas, sino tambien en otras circunvecinas, y en particular á la gran China y Japon que del continuo trato y correspondencia en las dichas islas Philipinas, conservándose y durando en ellas la christiandad tan arraigada, limpia y segura, que al presente hay én ellas, se puede esperar en la di. cha materia de religion felices y grandes sucesos, y lo

(1) Tomo de papeles varios, impresos y MSS. relativos á Indias, existente en la Biblioteca Nacional.-Aa.-47.

mismo por lo que toca al servicio de V. M. y acrecentamiento de la Real Hacienda, con grandes utilidades y aprovechamientos, pues aun los que al presente goza y tiene en la dicha ciudad y demás islas son muchos y de grande consideracion. Porque en solo un pueblo que llaman Parian, un tiro de arcabúz de la dicha ciudad, asisten más de veinte mil indios chinos, que llaman sangleyes, y en las demás islas hay más de otros diez mil, venidos todos de la gran China y Japon por sus particulares tratos é intereses, que son los que causan y sustentan gran parte del comercio y contratacion que hay allí, de la cual resulta la de Nueva-España y navíos que cada año van á ella con muchos y diferentes géneros de mercaderías traidas y comerciadas por los dichos sangleyes, como son mucho oro labrado y en panes, diamantes, rubíes y otras piedras, con grande cantidad de perlas, muchos texidos de seda de todos colores, tafetanes, damascos, rasos, gorgoranes (1), terciopelos, seda cruda, mucha ropa blanca y negra de algodon, ambar, algalia, almizcle y estoraque, de que resulta grande aprovechamiento á la Real Hacienda en cada un año por los muchos y considerables derechos que se adeudan y cobran, así á la salida de la dicha ciudad de Manila y de sus islas y puertos, como en el de Acapulco y entrada despues en la Nueua-España y ciudad de México, donde á la salida della para las dichas Philipinas se duplican, y en el dicho puerto de Acapulco por los que de nuevo se adeudan y pagan, siendo los dichos sangleyes gran parte en esta adquisicion.

(1) Gorgoran, tela de seda con cordoncillo, sin otra labor por lo comun, aunque tambien los habia listados y realzados.

Y no es menos considerable el tributo que ellos pagan á la Real Hacienda por la licencia de entrada y asistencia en el dicho puerto del Parian y en las demás islas donde residen, que siendo en número los dichos de treinta mill, pagan en cada un año docientos y setenta mill reales de á ocho, que es á nueve reales cada uno, los cuales se meten en la Real Caxa.

Y en las islas de Pintados y otras islas que son de las dichas Philipinas, hay ciento catorce mill docientos diez y siete indios, todos tributarios á la Real Hacienda, y es muy necesaria su conservacion por ser domésticos y grandes trabajadores, y por la misma razon gente de utilidad y provecho para cualquier ocasion, habiendo. como hay ansí mismo en las dichas islas muchas minas de oro, de que se saca cantidad y otros frutos de la tierra con grande abundancia, y en particular cera, algodon, ganado maior y de cerda, gallinas, arroz, algalia, con otras innumerables cosas y provechos; que todo está diciendo y publicando la grande importancia de la dicha ciudad y sus islas y conservacion dellas, y los muchos é incomparables daños que se seguirian si la dicha ciudad, cabeza de las demás se despoblase, perdiese ó aniquilase, á que está muy próxima por los grandes y continuados infortunios y trabajos que han padecido y padecen los vecinos della, causados de incendios de casi toda la ciudad y haciendas de los dichos vecinos, naufragios y pérdidas de muchas y diferentes naos', que en el viaje ordinario que desde la dicha ciudad á la Nueva-España han perecido lastimosamente con la sustancia y caudales de los dichos vecinos que llevan. Cuyos efectos de tantas y tan grandes pérdidas duran y durarán para siempre, por haberlos aniquilado y empobrecido en

grado muy desigual de lo que se puede creer y dar á entender.

Y ansí, no favoreciéndola la liberalidad, magnificencia y poderosa mano de V. M., se puede y debe temer con mucha certidumbre la ruina y destruicion de la dicha ciudad y de las demás islas en cuyo gobierno y proteccion están, de que se seguirán grandes é intolerables inconvenientes y daños en deservicio de la Real Corona, menoscabo de aquella tierra y república, y lo que es más de notar de la religion y fe catolica, que estando tan arraigada en la dicha ciudad y demás islas, se perderia apoderándose dellas los holandeses, como lo están de muchas isias y fuerzas circunvecinas, que son la isla de Notiel, la de Maquien, donde tienen los holandeses dos fuerzas nombradas Talagoa y Mosaquia, y la isla de Ambueno, donde está fortificado el susodicho con mucha artillería y vecindad de holandeses, y la de Xacadra, donde tiene el dicho holandés su corte, donde asiste un Capitan General y Audiencia con cuatro Oidores, con poblacion y vecindad de mill vecinos holandeses, y las islas de Xava mayor y menor, y la de Mindanao, en algunas de las cuales tiene sus factorías, donde recoxe lo que roba y contrata con chinos y otras naciones, cogiendo en las dichas islas (cuyos fructos son clavo, pimienta y nuez moscada) innumerable cantidad, de lo cual despacha en cada un año tres navios cargados á Holanda con más de tres mill quinientos y cincuenta balas de clavo, que cada una vale cuatrocientas y sesenta libras, y mucha cantidad de pimienta y de la dicha nuez moscada y massa della, sedas, canela y otras cosas.

De suerte que está muy fortificado en las dichas islas y en otras, entendiéndose con los reyes circunvecinos;

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