Código civil

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Imprenta del Ministerio de gracia y justicia, 1889 - 577 páginas
 

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Página v - DON ALFONSO XIII, por la gracia de Dios y la Constitución , REY de España, y en su nombre y durante su menor edad la REINA Regente del Reino, A todos los que la presente vieren y entendieren, sabed: que las Cortes han decretado y Nos sancionado lo siguiente: Artículo 1.°...
Página vi - Las provincias y territorios en que subsiste derecho foral, lo conservarán por ahora en toda su integridad, sin que sufra alteración su actual régimen jurídico por la publicación del Código, que regirá tan sólo como supletorio en defecto del que lo sea en cada una de aquellas por sus leyes especiales.
Página 145 - Instituyo por mis herederos a Pedro ya Pablo ya los hijos de Francisco", los colectivamente nombrados se considerarán como si fuesen individualmente, a no ser que se conozca de un modo claro que ha sido otra la voluntad del testador.
Página 14 - ... tomar dinero á préstamo, gravar ni vender bienes inmuebles sin consentimiento de su padre, en defecto de éste sin el de su madre, y, por falta de ambos, sin el de un tutor. Tampoco podrá comparecer en juicio sin la asistencia de dichas personas.
Página 70 - La propiedad es el derecho de gozar y disponer de una cosa, sin más limitaciones que las establecidas en las leyes.
Página 341 - Los actos y contratos celebrados bajo el régimen de la legislación anterior, y que sean válidos con arreglo á ella, surtirán todos sus efectos según la misma, con las limitaciones establecidas en estas reglas.
Página 47 - Ministerio fiscal pedirá el cumplimiento de los artículos 203 y 293. Si no lo hiciere, será responsable de los daños y perjuicios que sobrevengan.
Página 30 - El reconocimiento hecho á favor de un hijo que no reuna las condiciones del párrafo segundo del art. 119, ó en el cual se haya faltado á las prescripciones de esta sección, podrá ser impugnado por aquellos á quienes perjudique. , SECCIÓN SEGUNDA. De los demás hijos ilegítimos. Art. 139. Los hijos ilegítimos, en quienes no concurra la condición legal de naturales, sólo tendrán derecho á exigir de sus padres alimentos conforme al art.
Página 196 - Los daños y perjuicios de que responde el deudor de buena fe son los previstos o que se hayan podido prever al tiempo de constituirse la obligación y que sean consecuencia necesaria de su falta de cumplimiento. En caso de dolo responderá el deudor de todos los que conocidamente se deriven de la falta de cumplimiento de la obligación.
Página 220 - Los contratos se perfeccionan por el mero consentimiento, y desde entonces obligan, no sólo al cumplimiento de lo expresamente pactado, sino también á todas las consecuencias que, según su naturaleza, sean conformes á la buena fe, al uso y á la ley.

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