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>> Pedimos al Congreso se sirva acordar:

>>>El Congreso de Diputados declara que los españoles no estan obligados a pagar contribuciones, arbitrios ni otra especie de impuestos, em→ préstitos ó anticipaciones, que no hayan sido votados ó autorizados por las Córtes segun el artículo 73 de la Constitucion.

! Madrid 31 de octubre de 1839. »

Apenas se leyó cuando sin discusion fué tomada en consideracion y aprobada por 112 diputados contra 13. A muy poco tiempo se presentó en el Congreso el general Narvaez vistiendo el uniforme de miliciano nacional. Los diputados y espectadores que conocieron muy pronto el objeto de aquella visita, prorumpieron en murmullos que supo acallar el presidente, conseguido lo cual el general pidió la palabra é hizo uso de ella en los términos siguientes:

« Señores presentada la dimision por los señores secretarios del despacho, y admitida desde luego la del diguo general Alaix porque sus males no le permiten continuar en el grave cargo del desempeño de su ministerio, S. M. se ha dignado honrarme con la confianza de llamarme à su lado, no para suplir á tan digno general, sino para participar de la grave situacion presente, interin se digna resolver lo que exigen las circunstancias, lo que demanda la opinion pública. >>

:

«Yo como militar y como español, procuraré cumplir en cuanto alcancen mis fuerzas, á satisfaccion de la corona y á satisfaccion del Congreso. »

«La Constitucion de 1837, el trono de Isabel II, la regencia de su augusta madre, la libertad de mi pais y el bien del Estado han sido y serán siempre mis principios políticos. Mis opiniones son hace largo tiempo conocidas y pueden servir de garantías. »

«Yo ofrezco solemnemente al Congreso que la Constitucion de 1837 será observada fielmente, pero si en algun tiempo corriese riesgo, me verán al lado de sus mas alentados defensores. >>

«Bajo esta conducta tendré el honor de aconsejar á la corona en los dias que S. M. se tome para deliberar sobre tan grande cuestion. »

<«<Entretanto S. M. me autoriza para leer al Congreso el decreto siguiente:

A LAS CORTES.

«Con el fin de reorganizar completamente el gabinete del modo mas con-veniente á los graves y urgentes asuntos que deben al presente ocuparle en bien del estado, ya en la asidua asistencia á las discusiones de los dos cuerpos colegisladores, ya en lo concerniente á los adelantamientos de la guerra y pacificacion general, como Reina, Regente y Gobernadora en nombre de

mi escelsa bija la Reina doña Isabel II, usando de la prerogativa que me concede el artículo 26 de la Constitucion, y conforme con el parecer de mi consejo de ministros, vengo en decretar lo siguiente:

Artículo único. Se suspenden las sesiones de las Córtes hasta el 20 de noviembre de este presente año.

Tendréislo entendido y lo comunicareis à quien corresponda para su cumplimiento. -Yo la Reina Gobernadora.-En Palacio à 31 de octubre de 1839.-A D. Evaristo Perez de Castro, presidente del consejo. »

Por demas está el advertir aqui el modo con que fué recibido semejante decreto; sintiéronse por todas partes los vivos efectos de la desagradable impresion que habia causado dirigiéndose desde luego los conatos de la prensa á oponerse á la cobranza de contribuciones, recordando el artículo 73 de la Constitucion y la proposicion que acababa de aprobar el Congreso. Resultado inevitable del escándalo con que la nacion miró la especie de insulto hecho á sus representantes; pero prueba al mismo tiempo de la intolerancia de los partidos y del empuje que unos á otros se han hecho obstinadamente y sin tener para nada en cuenta la felicidad de su pais. Justo era con efecto en la teoría el acuerdo de las Córtes, basado en la ley fundamental y en las prácticas inconcusas observadas en todos los paises regidos constitucionalmente; en el terreno de los hechos, sin embargo, era altamente perjudicial, como que privaba al gobierno de los recursos que entonces mas que nunca necesitaba para atender à la conclusion de la guerra. Quiénes fuesen los que provocaran semejante estrepitosa determinacion, quiénes los responsables del conflicto en que la nacion se encontró, queda ya indicado en las líneas anteriores.

Por decretos del 16 de noviembre fué nombrado ministro de la Gobernacion D. Saturnino Calderon y Collantes, y de Marina D. Manuel Montes de Oca. Al general D. Francisco Narvaez se le confirió en propiedad el empleo de ministro de la Guerra que desempeñaba interinamente. Los ministros Castro y Arrazola, que eran la parte mas influyente, ó por mejor decir, el todo de aquel gabinete, conservaban sus respectivas carteras de Estado y de Gracia y Justicia; por manera que la modificacion sufrida, ni variaba su sistema ni tenia significacion alguna en el pensamiento dominante de gobierno.

No se conformaba con este la conservacion de unas Córtes en que ninguna aprobacion encontraban sus actos; era preciso disolverlas, consultar de nuevo la opinion pública ó, mejor dicho, dirijir unas elecciones que dieran por resultado diputados dóciles y obedientes à la voz de los ministros, y emplear medios y ardides de esos que sugiere la ambicion à los partidos, de esos con que se falsea lo mas santo y respetable entre los hombres, csos con que se insulta la opinion y se escarnecen los principios, de esos, en

de

fin, que nosotros no necesitamos indicar porque son bien conocidos y se presentan con harta frecuencia en la historia de nuestras miserias domésticas. Con efecto, el 18 de noviembre apareció el decreto de disolucion precedido de la esposicion siguiente:

A S. M. la Reina Gobernadora.

« SEÑORA: Vuestros consejeros responsables no corresponderian debida→ mente à la confianza con que V. M. los ha distinguido, si en la grave situacion presente no elevasen su voz al trono para manifestar los males que aquejan á la nacion, los que la amenazan, y los remedios que en su sentir pueden y deben emplearse para conjurarlos. »

«V. M. recordará el estado en que se hallaba la nacion al encargarse del gobierno de ella el gabinete del último diciembre continuado hasta el presente en parte de su personal, y en su pensamiento dominante de dar la paz á la nacion. >>

>> Una guerra de cinco años tenia casi exhaustos los recursos. No habia parques, no habia almacenes, y si antes se habia dicho con razon que los recursos eran infinitamente menores que las urgencias públicas, ahora la prolongacion de la guerra habia hecho llegar su escasez al estremo mas aflictivo. »

«Los ejércitos contaban infinitas bajas. Habia votados subsidios de sangre en hombres y caballos; pero no habia con que vestirlos y equiparlos, faltaban hasta las armas: la última demanda de ellas acababa de ser negada por gobiernos amigos que hasta entonces habian suministrado cuantas habian sido necesarias: habian finalizado las contratas de viveres sin haber forma de renovarlas por falta de recursos: la principal contribucion, que era la estraordinaria de guerra, no debia producir en muchos meses sino papel; y todo esto, Señora, ocurria cuando era necesario hacer un esfuerzo enérgico, superior á los anteriores, si habian de conseguirse mayores resultados, como ya los raclamaba la salvacion de una causa cuyo mayor peligro estaba en la dilacion. »

<«<En el interin, Señora, la duracion de la guerra habia llevado la exacerbacion hasta el encarnizamiento, y las agitaciones, la perturbacion del órden en algun punto de la Península, las cruentas represalias, en fin, que difundian el luto y el terror por todas partes, no eran la espresion de la indole y sentimientos de los españoles, sino de la situacion à que los habia reducido una guerra desastrosa de cinco años capaz de quebrantar fuerzas que no fueran las suyas. »>

«Nuestras costas se veian rodeadas de barcos enemigos: la Andalucía se hallaba amenazada de una espantosa rebelion, de la que fueron síntomas in

dubitables las ocurrencias de Alhucemas, Ceuta y Melilla; el enemigo proyectaba grandes armamentos para poner, si pudiera, en conflicto la capital; y todo reclamaba, Señora, un grande esfuerzo, una resolucion á todo trance de terminar la guerra por medios dignos, dedicando à ella de un modo esclusivo, si necesario fuese, toda la atencion, todos los recursos; y sin ahorrar penalidades ni compromisos de ningun género. »

<< Terminar la guerra y preparar detenidamente las leyes que discutidas en circunstancias ya bonancibles pudieran hacer la felicidad del pais, fué el pensamiento del gobierno, sin que el haberlo ó no conseguido, como lo concibió, sea una prueba contraria á lo leal y decidido de su voluntad. >>

<«<Las Cortes hubieran podido ser un grande apoyo. Su indisputable ilustracion y patriotismo hubieran sido superiores á todas las dificultades de la época; pero sabido es, Señora, el estado en que se hallaron las voluntades, creyendo sin duda cada uno que pugnaba por lo mejor. Vuestros ministros, Señora, no tendran nunca la presuncion de someter á su juicio la voluntad ni los actos de las Córtes, y antes serán los primeros á respetarlas; pero pudieron creer que el enardecimiento de los ánimos, que las discusiones contínuas y acaloradas sobre puntos que no conducian directamente á la terminacion de la guerra, contrariaban en gran manera las miras del gabinete, y aconsejaron á V. M. el uso de una prerogativa constitucional. >>

«<<

La campaña se retrasó por causas independientes de la voluntad de los invictos generales y del gobierno: la exasperacion se aumentó; los riesgos se abultaban á impulsos de la misma impaciencia; el descontento general empezaba á manifestarse en términos que un acto solo de imprudencia y de desorden en tiempo en que los hechos ninguna fuerza daban y antes la quitaban toda al gobierno, podia dar al través con sus planes y esperanzas de poner término a la guerra. »

!

<«<Concurrian, en fin, otras causas seguramente graves, y que fueron espuestas á V. M., y el gobierno hubo de aconsejar á V. M. el uso de otra prerogativa constitucional. »

<«<Todavía se retardaron los sucesos de la guerra. La cuestion electoral distrajo, no tranquilizó los ánimos ni podia. La atencion estaba siempre fija en el gran mal que aquejaba á la nacion; y la guerra, la terminacion de la guerra constituia el voto universal y la ansiedad perenne de los españoles. »

Bajo de esta impresion se hicieron las elecciones. Eligiéronse unas Córtes para terminar la guerra. Mas cuando llegaron á reunirse, un acontecimiento inaudito habia mudado súbitamente el aspecto de las cosas. La condicion de la eleccion cambió de repente. ¿Deberia por lo mismo haberse consultado de nuevo la voluntad de la nacion? La crítica y la política decidirán esta cuestion, y mas bien está ya juzgada. Para nadie podrá ser dudoso que

verificado un cambio tan absoluto, debia la nacion ser consultada de nuevo, siendo muy de notar que aun no ha variado esa situacion. >>

«Pero el gobierno queria Córtes, las deseaba, y abrió gustoso el campo á la discusion. Hasta entonces el gobierno habia sido combatido con todas armas como en circunstancias tales tiene que serlo todo gobierno que no tenga fortuna. Pero el gobierno acababa de ser afortunado hasta de un modo inaudito, y para los mas inesperado. ¿Debia temer una cruda oposicion presentando á las Córtes su fortuna, que era lo mismo que la fortuna del pais? Seguro de ella, teniendo en su mano los hilos de la pacificacion general. ¿Deberia retirarse llevando tal vez el remordimiento de hacer en ello un mal su patria?»

«Tambien la crítica y la política resolverán, señora, estas cuestiones, conocido el modo con que han sucedido las cosas. Si en el juicio público los ministros de V. M. fuesen condenados de error, no se dirá que no han tenido razones para ello. Al mismo tiempo que los nuevos diputados y senadores llegaban á Madrid, llegaban al par de ellos infinidad de esposiciones de los mismos pueblos que los habian elegido congratulándose con V. M., y dando un voto de adhesion y aprobacion al gobierno. Examinada en general la conducta de éste por uno de los cuerpos colegisladores antes que por el otro, obtuvo en los términos que es dado en estos casos igual voto de aprobacion. >>

Con la satisfaccion que de ello resultaba al gobierno, se mezclaba la agitacion interior, la zozobra de un conflicto que bien pronto pasó á un hecho consumado. El gobierno que obtenia la benevolencia y aprobacion de un cuerpo era vigorosamente atacado en el otro, mientras que otra parte merecia la confianza que V. M. se ha dignado dispensarle. »

Por mas sensible, señora, que sea para vuestros ministros este conflicto, como lo es para el corazon de V. M., ellos no lo han creado. Para salvarlo aun á riesgo de parecer que volvian la espalda al peligro, pusieron reiteradamente sus dimisiones en manos de V. M.; y siendo bien dificil resolver por el momento, no la cuestion del ministerio, sino la del conflicto de los dos cuerpos, aconsejaron á V. M., y eso por tiempo muy limitado, el uso de una prerogativa constitucional. V. M., prenda de confianza, de amor y de ventura para los españoles, sabe si fué otra la intencion, y eso despues de haber accedido en parte V. M. á los deseos del gabinete, ofreciendo asi términos hábiles para nuevas combinaciones si fuesen posibles. »

«Mas cuando aquella resolucion conciliadora, hija del mejor deseo, estaba tomada al punto en que iba á ser publicada en las Córtes, uno de los dos cuerpos, sin duda arrastrado por su celo, adoptó súbitamente sin que se hubiese podido hallar presente el gobierno, una determinacion que de un modo indecible complicó la cuestion hasta el punto de hacer inevitableTOMO III.

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