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mente necesario el consultar á la nacion. Contra la intencion seguramente del cuerpo deliberante, y aun de los pueblos que puedan acoger la declaracion del no pago de las contribuciones, puede esta atraer hasta el último conflicto el éxito de una causa, cuyo completo triunfo hace muy poco que podia cantarse. Al lado de este temor de que peligrara la causa, se levanta por una parte una cuestion de prerogativa, mientras por otra la posicion parlamentaria de los dos cuerpos produce una dificultad insuperable, á menos que se consulte à la nacion. La medida, señora, es sensible, pero las cosas han llegado á aquel término en que no tienen mas que una solucion. »

<«<Entretanto, señora, deber es de vuestro gobierno no omitir ninguno de aquellos medios que puedan llevar á su deseado término la grande obra de la pacificacion general, ofreciendo despues gustosos su responsabilidad à las Córtes. Mantener inexorablemente el órden, procurar los recursos necesarios para el triunfo, despues de seguro en nuestras manos, no pase á nuestros enemigos, y tranquilizar al pueblo español sobre la conservacion de sus instituciones bajo la regencia de V. M., hé aquí el deber imperioso del gobierno. »

<< Ni en el corazon grande y generoso de V. M., ni en el ánimo de los ministros que suscriben puede caber otra idea que la de la salvacion del estado por el completo afianzamiento del trono legitimo de vuestra escelsa hija la Reina doña Isabel II y de la Constitucion de 1837, que los ministros de V. M. han jurado, y que aun á riesgo de su existencia presentarán ilesa á las Córtes. >>

«Por lo tanto someten á la aprobacion de V. M. el siguiente proyecto de decreto. Madrid noviembre 18 de 1839.-Evaristo Perez de Castro. Lorenzo Arrazola. Francisco Narvaez.-José de San Millan. Saturnino Calderon Collantes. Manuel Montes de Oca. >>

REAL DECRETO.

«En atencion á lo que me ha sido espuesto por mi consejo de ministros relativamente á la necesidad de consultar la voluntad nacional mediante á los grandiosos acontecimientos que han cambiado absolutamente el aspecto de las cosas públicas; conformándome con el parecer del mismo, como Reina Regente y Gobernadora del reino, durante la menor edad de mi escelsa hija la Reina doña Isabel II, y en su real nombre, en uso de la prerogativa que el artículo 26 de la Constitucion me concede, vengo en decretar lo siguiente:

Art. 1. Se disuelve el Congreso de los diputados.

Art. 2.

Conforme al artículo 19 de la Constitucion se renovará la tercera parte de los senadores.

Art. 3. Las nuevas Córtes se reunirán en la capital de la monarquía para el dia 18 de febrero de 1840, conforme al citado artículo 26 de la Constitucion. Tendréislo entendido, y lo comunicareis à quien corresponda.-Yo la Reina Gobernadora. En palacio á 18 de noviembre de 1839.= A D. Evaristo Perez de Castro, presidente del consejo de ministros. »>>

No era posible que mas alto rayara el escándalo, no era posible que mas se ennegreciese el cuadro que ofrecia nuestra desventurada patria. Declarada la lucha no 'ya entre dos partidos, que esta ya era bien antigua, sino entre dos poderes del Estado, que aunque con mision y tendencias diversas se han constituido para vivir unidos y cooperar á un fin comun; desconocidos enteramente los límites señalados en la Constitucion para partir el terreno y circunscribir las facultades del uno como las del otro, parecia haberse enagenado los españoles de aquel criterio necesario para apercibir la razon que clara y radiante hablaba elocuentemente en el código jurado. Defendíanse de una parte los actos del ministerio pretendiendo que en nada se habia separado de la senda constitucional; sosteníase de la otra el acuerdo de las Córtes como basado en la misma ley fundamental. Y mientras esta era invocada con entusiasmo por unos y otros partidos, y mientras eran desconocidas de todo punto en la práctica las disposiciones que con tanta prodigalidad trasladaba el papel, aumentábanse los males interiores y se lisongeaba el orgullo de los estraños, quienes se creian con doble derecho para repetir su célebre estribillo. «No se hizo para estas gentes el gobierno representativo. »

Declarada la lucha entre los dos poderes del Estado, los diputados que formaban la mayoría del disuelto Congreso publicaron un manifiesto, cuyo objeto era el de vindicarse de las acusaciones que el gobierno les dirigia en la esposicion que precedia al decreto de disolucion y justificar su conducta ante la opinion pública, único tribunal de apelacion en tan delicado debate.

Recordaba en él la mayoría del Congreso la línea de conducta que se habia trazado desde el momento de su instalacion, cuyas tendencias habian sido las de hacer una verdad práctica la Constitucion de 1837; combatir con valor á los que con imprudencia contravenian á su espíritu y violaban sus disposiciones haciendo efectivos los derechos consignados en ella á favor de todos los españoles, y poniéndolos á cubierto de los ultrajes que tanto se les habia prodigado en tiempos de doloroso recuerdo; hacer llegar al pueblo los beneficios de un sistema libre y regenerador que hasta entonces solo era conocido por unos principios arbitrarios y por la mucha sangre derramada; preparar un porvenir sin inquietud y sin miseria al ejército que con tanta constancia y gloria habia combatido; en una palabra, poner en armonía los nombres con las cosas y hacer que independiente de toda estrangera influencia marchase la nacion por la senda de la civilizacion à ocupar el

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alto puesto á que la llaman sus destinos. Tal habia sido en concepto de estos diputados el problema presentado á resolver y tal el objeto á que habian consagrado sus tareas.

La interesante cuestion de los fueros, el carácter con que la presentó el gobierno, sus vicisitudes y desenlaces, todo esto fué tambien presentado en aquel manifiesto en el que al referirse á este particular tratóse de hacer ver el tino y circunspeccion con que habia procedido el Congreso obedeciendo á las circunstancias y á la necesidad de consolidar la paz; pero sin perder de vista la no menos fuerte de conservar la Constitucion y la libertad del pais.

El modo con que fué terminado el acalorado debate que se suscitó sobre este particular, hizo esperar á estos diputados disposiciones amigas que fuesen una consecuencia natural de la reconciliacion; mas lejos de haber sido asi, quejábanse con amargura de haber visto llevar el espíritu de contrariedad hasta el punto de premiar con injusta profusion á los empleados contra quienes se habian hecho terribles cargos en el Congreso, por el modo escandaloso con que habian abusado de sus facultades en las elecciones, y al pretender ocultar á los ministros de falsía, decian: buscaron todos los medios de ahogar en su cuna nuestras esperanzas y de hacernos conocer que no puede á las veces sin peligro cederse á los nobles impulsos de un corazon generoso, ni confundir en las ilusiones del celo las seguridades que inspira la buena fé con las promesas forzadas que arranca la necesidad. El curso que habia tomado el debate promovido con motivo del proyecto de contestacion al discurso de la corona, las palabras de los ministros, la separacion de Alaix, la protesta de Narvaez, el decreto de suspension y el de disolucion, todos estos actos eran censurados en el manifiesto; en todos ellos creian poder fundar un derecho los que le suscribian para sentar sin equivocacion que los ministros se habian burlado de la representacion del pais. Pero lo que mas llamaba la atencion de la mayoría, lo que venia en su concepto, á justificar las quejas en que se deshacia, era el modo poco meditado con que habia sido llevada adelante la injuria por el ministerio y el cúmulo de inexactitudes que se sentaban en la esposicion del decreto de disolucion. Sentar en ella que despues de los felices acontecimientos del Norte, la opinion pública podia haber cambiado respecto á sus representantes y que esta circunstancia probable inducia á la disolucion, era, á juicio de aquellos, suponer que en la nacion no habia residido siempre fijo y constante el pensamiento de libertad y que podia mostrarse dispuesta á trocar este bien por la quietud y la paz del despotismo; suposicion que sobre ofender el unánime sentir de la nacion era altamente injusta puesto que aquella habia deseado siempre la pacificacion como base de la libertad política, como garantía suya, como elemento para asegurar aquel fin, y nunca jamás como un hecho que vinie

ra á ser tan funesto como costoso y á poner en manos de unos pocos hombres el medio de establecer la tiranía á la sombra de los laureles.

Viniendo à la declaracion aprobada por las Cortes de no estar sujetos los españoles al pago de las contribuciones que no estuviesen aprobadas por las Córtes y á la suposicion formada por los ministros de haberse hecho necesaria la disolucion tan pronto como apareció decretada aquella disposicion, los firmantes de la mayoría sentaban que este habia sido un pretesto frivolo y contradictorio, porque si la declaracion del Congreso creaba un obstáculo al gobierno, el modo de vencerlo era en su opinion el de abrir las sesiones y pedir en ellas una autorizacion que no hubiera negado el patriotis+ mo de los representantes del pueblo. La conducta de los diputados no podia ser tachada de ilegal, segun la mayoría, cuando no habian hecho otra cosa que encerrarse en un artículo constitucional. Si otro concepto se formaba de ella, tambien necesariamente habia de formarse de la del gobierno: por la misma razon habria de tacharse de ilegal su decreto de disolucion. «La corona, decian los firmantes, goza de la prerogativa de disolver el Congreso. Este á su vez tiene la facultad de votar ó no los impuestos. Estos derechos se concilian pero no se escluyen; parte son de una misma ley que merece igual respeto, y puesto que el Congreso ha acatado siempre la voz que lo prorogaba ó disolvia, justo será tambien que en su caso se respeten y veneren y no se atropellen su poder y facultades. » La declaracion sobre contribuciones no podia por esta razon provocar la medida de disolucion, antes por el contrario esta medida que se presentia y veia venir de mano del gobierno era la que habia provocado aquella declaracion.

Por último, despues de esponer los fundamentos de semejante declaracion entre los que se hacia referencia al dicho de un ministro de que el artículo de la Constitucion que daba al Congreso el derecho de votar los tributos no se hallaba en práctica terminaban su manifiesto los diputados descubriendo sus temores por la inviolabilidad de la Constitucion, de la libertad y de la misma representacion nacional. Fundábanse aquellos temores en la influencia estrangera tan lata como perjudicial á que se veia supeditado el gabinete que habia de conducirle en último término al sacrificio de la patria en recompensa del auxilio que se la prestara. «Que piensen nuestros conciudadanos (decian despues de haber manifestado los medios legales que las nuevas elecciones ofrecian para hacer frente al poder) que piensen nuestros conciudadanos en estos medios, que sepan aprovecharlos, y que no olviden que el odio debido á la arbitrariedad no salva de la humillacion y del desprecio á los pueblos que invocan la ley para derrocarla, ó que doblan simplemente su cuello al yugo de la tiranía. »>

Asi concluia el célebre manifiesto de la mayoría del Congreso, cuyo bosquejo acabamos de presentar para poner al corriente á nuestros lectores de

la situacion política del pais y de los sucesos que provocaron la intervencion del DUQUE DE LA VICTORIA.

Firmaban aquel interesante documento todos los individuos de aquella asamblea, á escepcion de los señores Benavides, Ayala y Morla, Curado, Castro, Veraguas, Arteta, Leal, Barrio Ayuso y Cortazar, los cuales no queriendo condenarse al silencio despues de vistas las terminantes protestas de sus compañeros, pero sin atreverse tampoco á abonar los actos todos del ministerio, se valieron de las columnas del Correo Nacional para esponer su opinion acerca de la última cuestion sometida á la deliberacion del Congreso, inutilizado cual quedaba ya el medio de hacerla valer en la tribuna, como hubieran hecho si terminada la suspension de las sesiones S. M. se hubiera dignado permitir su continuacion. Escusado es advertir que perteneciendo aquellos diputados al partido moderado y constituyendo la minoría del Congreso, habíanse de oponer acérrimamente al acuerdo en que esta habia declarado no estar sujetos los españoles al pago de impuestos que no estuviesen votados por las Córtes. Hiciéronlo asi en efecto, siendo notable en su comunicacion el párrafo siguiente, en el cual vino á encerrarse la suma de razones que en aquella espusieron. «Aconsejar á los pueblos, decian, que no paguen las contribuciones, hacer ligas y confederaciones para ello, organizar, en una palabra, tal resistencia en contra de un gobierno, son hechos graves, y que en medio de una guerra cruel como la que nos devora, pudieran ser el origen de fatales consecuencias; pero mucho mas se aumenta la gravedad del caso cuando el tiro parte de un cuerpo legal y tan augusto como el Congreso de los diputados, y mas y mas cuando tan cumplida cuestion no se debate, y se lleva á cabo con una estraordinaria celeridad en el espacio de pocos minutos. »

Asi el estado de las cosas públicas; principiáronse las elecciones realizándose en ellas los manejos y medios que era de prever emplease cada partido para satisfacer no ya su interés respectivo, si que tambien los nuevos rencores que habian encendido los sucesos de que hemos hablado. Por el ministerio de la Gobernacion se espidió una circular con fecha 5 de diciembre cometiendo á los jueces de primera instancia el completar las listas electorales y dictando otras varias medidas sobre el particular: tanto por éste como por los demas ministros, se separaron funcionarios públicos y en tan escesivo número y con tales circunstancias que el Correo Nacional, periódico el mas autorizado de los que defendian los actos del gobierno, llegó á calificar alguno de estos de exigencia contraria á la libertad de las elecciones.

Mientras estas duraban y luchaban en ellas los partidos cuerpo à cuerpo para obtener el triunfo sobre su adversario, tenian ambos fijos los ojos en el general ESPARTERO, cuya influencia trataban de grangearse. Monstruosa era la inconsecuencia en que de este modo incurrian desacreditando

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