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alarmados, por el temor de que la suerte de España, arrastrase tras sí la de todo el antiguo Vireinato, viniendo una y otra parte á ser presa del Poder frances; pero ni el pueblo abrigaba verdaderamente tal temor, ni el Comisionado regio profesaba otras ideas que las de la emancipacion de su Patria, ni la alarma pública tenia otro objeto, que esto mismo. En consecuencia, pues, el Gobernador Móntes recibió la ley del Cabildo de Cartagena, el diez y seis de Mayo de mil ochocientos diez, y prestó seguidamente un solemne juramento ante la misma Corporacion, ofreciendo no gobernar desde aquel dia sino con anuencia de los dos adjuntos que se le designaron, que lo fueron el Teniente General de los Reales ejércitos españoles, Don Antonio de Narváez y La Torre y Don Tomas Andres de Torres, ambos Regidores, y por lo mismo, miembros del Cabildo. Tal fué el primer ataque que sufrió en Cartagena el Poder español, y como él fué autorizado CON LA PRESENCIA Y VOTO DEL COMISIONADO REGIO, todas las autoridades subalternas españolas y aun los particulares de la misma Nacion existentes en Cartagena en gran número, se sobrecogieron de tal modo, que se sometieron á sufrir los resultados de tal paso, porque temieron, por una parte, LA INFLUENCIA DEL COMISIONADO REGIO, y por otra el poder popular. Como la medida de obligar al Gobernador de Cartagena á no gobernar sino con el acuerdo de los dos adjuntos, tenia por principal objeto tender un lazo al Gobernador Móntes, pues naturalmente debia resistirse al fin á continuar ejerciendo sus funciones de tal, con tales restricciones, no tardó mucho el mismo Gobernador en. incurrir en multitud de faltas al cumplimiento de lo ofrecido, resolviendo en multitud de casos sin la concurrencia de los adjuntos. De cada una de las diferentes faltas hizo el debido uso el Doctor Garcia de Toledo, disponiendo la formacion de diferentes sumarios, para comprobar que el Goberr.ador Móntes habia faltado á sus deberes, violando el juramento que habia prestado el 16 de Mayo; y hecha la debida acumulacion de tales sumarios, se citó á Cabildo para el catorce de Junio de mil ochocientos diez, á que fué invitado, y concurrió en efecto, EL COMISIONADO REGIO, y en la sesion de aquel dia fué destituido de sus funciones el Gobernador español de la Provincia de Cartagena, Jefe de escuadra de la Real Armada española Don Francisco de Móntes; y desde la misma fecha se sobrepuso el Cabildo de Cartagena al Gobernador de la misma Provincia, de cuya autoridad habia dependido ántes; y como la que empezó á ejercer el Gobernador subrogado, que lo fué el Teniente de Rey de la plaza, debió desde aquel dia su elevacion al Cabildo, continuó prestándole una respetuosa obediencia, limitándose á dar cuenta de lo sucedido, al mismo tiempo que lo hizo el Cabildo, al Virey del Reino y al Supremo Consejo de Regencia, quienes se limitaron á contestar que se abstenian de resolver en el caso hasta recibir informes, el primero, de palabra, y el segundo cuerpo por escrito, del Comisionado regio. La noticia de la deposicion del Gobernador de Cartagena no pudo llegar á esta capital del antiguo Vireinato hasta el ocho de Julio del mismo año de mil ochocientos diez, y por consiguiente, desde la misma fecha se empezó á trabajar en el interior, con más actividad, en la deposicion de las autoridades españolas, y su subrogacion por un Cuerpo colectivo que representase más eficazmente los derechos del pueblo; y como el antiguo Virey y los miembros de la antigua Real Audiencia empezaron á temer

del influjo que pudiesen ejercer en el pueblo las facultades de que suponian revestido al Comisionado, quien salió de Cartagena en la última mitad del mes de Junio, (*) y lo esperaban con ansioso desasosiego en esta capital, temieron los funcionarios españoles en ella, dictar medida alguna que desconcertase el objeto del movimiento que se dejaba ya percibir en la capital, el cual estalló en efecto en la noche del veinte de Julio de mil ochocientos diez, en cuyo dia ó al siguiente se esperaba llegase á ella el Comisionado Villavicencio. De todo lo dicho, que es cierto, puede y debe inferirse, sin violencia alguna, que el difunto General de Brigada Antonio Villavicencio, en calidad de Comisionado regio del Supremo Consejo de Regencia de España é Indias, ejerció en Cartagena un poderoso influjo para facilitar la obra de la transformacion política de aquella Provincia, y ella sirvió de bastante apoyo para que sucediese lo mismo en todas las demás del antiguo Vireinato y son las mismas que hoy forman la República de la Nueva Granada. (**) El mérito que contrajo el General Villavicencio en su activa y eficaz cooperacion à separar primero á su Patria, y á contribuir despues á su emancipacion absoluta de la Península española, se infiere de la absoluta improbacion que mereció su conducta de la Regencia española y del holocausto que ofreció á su Patria con el sacrificio de su vida, de que fué privado EL SEIS DE JUNIO DE MIL OCHOCIENTOS DIEZ Y SEIS, AL MES CUMPLIDO DE HABER OCUPADO

LOS ESPAÑOLES LA CAPITAL, acompañándole hasta el patíbulo la gloria de haber enseñado á sus compatriotas el camino de la inmortalidad, marchando impávidamente al cadalso, en que pretendieron sus enemigos privarle de la vida con ignominia, y en que él supo perderla con el glorioso orgullo de sacrificarla por el bien y prosperidad de la Patria, elevado ya al empleo de General de Brigada, y despues de haber servido como Gobernador del Estado de Tunja, miembro del Congreso, del Poder Ejecutivo, General de las Provincias Unidas de la Nueva Granada, y Comandante en Jefe del ejército de reserva en el mismo año de mil ochocientos diez y seis.

Para los efectos que convengan á la señora viuda en virtud del permisó que antecede, y por ser todo lo expuesto cierto, en que me ratifico bajo el juramento protestado, doy la presente en Bogotá, capital de la República de la Nueva Granada, á los once dias del mes de Enero de mil ochocientos treinta y ocho: vigésimo octavo de la Independencia.

RAFAEL DEL CASTILLO Y RADA.

II.

Antonio Nariño, Teniente Coronel retirado, en virtud del correspondiente permiso,

Certifico y juro: que el año de mil ochocientos diez conocí al General de brigada señor Antonio Villavicencio, que llegó á Cartagena, en donde me hallaba yo, y se presentó con el carácter de Comisionado regio, y ascendido á Capitan efectivo de fragata: desembarcó en este puerto en

El 25 de Junio de 1810.

*) Hoy lleva constitucionalmente el nombre de Estados Unidos de Colombia, 10

los momentos de una efervescencia casi general por la independencia de la Nueva Granada, y se decidió de tal modo á favorecerla, QUE CON SU COOPERACION SE DEPUSO AL GOBERNADOR DE CARTAGENA DON FRANCISCO

MÓNTES, y se evitó por este medio el que se mandaran auxilios de esta plaza á lo interior, y que la transformacion política se hiciera sin derramamiento de sangre y sin el menor desórden: EVITÓ QUE LLEVASEN Á MI PADRE Á PUERTO RICO, á donde estaba destinado para ser decapitado, segun las órdenes que se encontraron; y la llegada del señor Villavicencio fué tan oportuna, que el buque en que debia seguir mi padre à Puerto Rico, estaba ya alistándose para hacerse á la vela; y con la separacion del señor Móntes del mando, no solamente se detuvo su marcha, sino que fué puesto en libertad. (*) Los servicios del señor Villavicencio en los momentos de su llegada á Cartagena, fueron de la más grande importancia y evitaron grandes males; cuando se vino á lo interior con el mismo carácter de Comisionado regio, se hizo, estando él en camino, la revolucion en la capital, y abrazó de un modo decidido la causa de la Independencia, y tuvo varios destinos de categoría, y fué ascendido á General de brigada: cuando la entrada de los españoles se hallaba de Gobernador en Honda, y fué la primera víctima sacrificada al furor de los españoles (†):

antepuso los intereses de su Patria á la carrera brillante que se le proporcionaba por su grado, y por una comision que manejada en favor de la causa de España, le hubieran proporcionado colocaciones distinguidas y una gran fortuna.

Bogotá, veinte y ocho de Enero de mil ochocientos treinta y ocho.

III.

ANTONIO NARIÑO.

Eusebio María Canabal, Ministro de la Corte Suprema de Justicia de la República,

Certifico en debida forma: que hallándome en Cartagena, ejerciendo el empleo de Regidor del Muy Ilustre Ayuntamiento de aquella ciudad en el año de mil ochocientos diez, llegó á ella el señor General Antonio

Véanse los oficios insertos á las páginas 115 123 de esta Coleccion.

(†) Una gran parte de las tropas españolas que compusieron el Ejército expedicionario, entró en esta capital el seis de Mayo de mil ochocientos diez y seis; y su General en Jefe, Don Pablo Morillo, quiso que al completarse el mes, esto es, EL SEIS DE JUNIO DEL MISMO AÑO, se diera principio al sacrificio de los patriotas ilustres que tuvieron la suerte de caer en sus manos; y efectivamente, tocóle al General de brigada Don Antonio de Villavicencio y Berástegui ser designado como la primera víctima que debia expiar, en el Altar de la Patria, su amor á la Libertad. En algunas obras de Historia, y aun en otras de carácter oficial de reciente edicion, hemos leido que la ejecucion del expresado señor Villavicencio tuvo lugar el 8 de Junio; pero tambien hemos consultado muchos documentos en los cuales consta que ella se verificó, como dejamos expuesto, el seis del mes citado.

Testigos presenciales de esa ejecucion, entre ellos el señor Doctor Rafael Eliseo Santander, nos han referido que se hizo con un gran aparato militar, propio para infundir terror en aquellas críticas circunstancias; y que al señor Villavicencio, en su marcha al cadalso, que se le preparó en la plaza de San Victorino, á inmediaciones del lugar en que se halla "La Pila chiquita," y cuando apenas acababa de pasar el puente, nombrado tambien de San Victorino, se le obligó á precipitar el paso, casi á correr, por consecuencia de una fuerte lluvia que sobrevino en aquel instante de terrible agonía para la víctima; pues seguramente el oficial de la escolta temió que aquélla continuara causando un trastorno que le aparejase alguna responsabilidad. El acto previo de la degradacion militar se verificó pues bajo una lluvia bien tenaz.-(N. del E.)

Villavicencio, entonces Capitan de fragata de la Real Armada, con el carácter de Comisionado regio, enviado por el titulado Consejo de Regencia de España é Indias, cerca de las autoridades del antiguo Vireinato: que habiendo llegado el señor Villavicencio en circunstancias de ocuparse los Alcaldes ordinarios y Regidores de la emancipacion política del pais, su presencia y el carácter de Comisionado regio de que venia revestido alentaron á los miembros del Cabildo para continuar en la empresa laudable de la transformacion política, y tranquilizaron á los patriotas de Cartagena, que advertian con placer y esperanza aquellas novedades y debian apoyar y 808tener las medidas del Ayuntamiento. Así fué que, DE ACUERDO CON DICHO SEÑOR VILLAVICENCIO, COMO COMISIONADO REGIO, dispuso el Cabildo el dia diez y seis de Mayo de mil ochocientos diez, que se nombrasen Coadministradores que desempeñasen el Gobierno en compañía con el Gobernador de la plaza, Jefe de escuadra de la Real Armada, Don Francisco de Móntes; que se instruyesen expedientes justificativos de los motivos que demandaban la separacion del mando de dicho Gobernador, y que por la conducta que éste observaba se le depusiese, como al fin se le depuso el dia catorce de Junio del mismo año. Este hecho imponente y asombroso, para el que se contaba con el vecindario y las tropas de la guarnicion, facilitó las providencias que sucesivamente se tomaron para la organizacion de la Provincia, como Estado republicano, que poco tiempo despues proclamó solemnemente su independencia de la Metrópoli de España, y mientras el Ayuntamiento trabajaba en ellas, el señor Villavicencio se vino á esta capital, á donde llegó poco despues de su transformacion política, que tuvo en ella lugar á consecuencia de los sucesos de Cartagena, de que trajo la noticia el correo que llegó á mediados de Julio de aquel año. No puedo exponer cosa alguna acerca de la cooperacion del señor Villavicencio en los sucesos de esta capital, pero sí puedo asegurar que á su influjo en Cartagena y á su prestacion con el carácter de Comisionado regio, se debió en mucha parte el suceso obtenido en aquella plaza, sin el cual nada probablemente habria sucedido en lo interior del Reino. En fe de lo cual, y para lo que convenga á la señora viuda del mencionado señor General Antonio Villavicencio, doy á su requerimiento la presente certificacion en Bogotá, á veinte de Enero de mil ochocientos treinta y ocho.

EUSEBIO MARÍA CANABAL.

IV.

Simon Búrgos, Tesorero general de la República, &c.

Certifico en la forma que convenga: que hallándome en Cartagena el año de mil ochocientos diez, y siendo uno de los vecinos de aquella ciudad á quienes los Jueces ordinarios habian encargado lo conveniente á la transformacion política, tuve motivos de tratar al señor Antonio Villavicencio, Capitan de fragata de la Real Armada, que llegó allí con el carácter de Comisionado regio, enviado por el Consejo de Regencia de España é Indias cerca de las autoridades del Vireinato, y descubrir que sus sentimientos patrióticos estaban por la independencia de la América: que el arribo del señor Villavicencio á Cartagena en las precisas circunstancias de tratarse de deponer al Gobernador Don Francisco Móntes, con

tribuyó eficazmente á realizar la transformacion, pues su presencia intimidó al Gobernador, y con acuerdo de aquél se dió el primer paso de un Cabildo abierto, á que asistió, y en el cual se dispuso el nombramiento de dos miembros del mismo Cabildo, para que con el Gobernador desempeñasen el Gobierno. Que los primeros sucesos de Cartagena, en que tuvo una parte muy considerable el señor Villavicencio, animaron á los patriotas de esta capital para la prision del Virey, que se habia demorado, temiendo que de aquella plaza vinieran las fuerzas con que allí contaban los españoles; DE MODO QUE PUEDE DECIRSE QUE LA COOPERACION DEL SENOR VILLAVICENCIO Á LOS PRIMEROS SUCESOS DE CARTAGENA, FUÉ EL PRINCIPAL MÓVIL DE LA INDEPENDENCIA DE LA NUEVA GRANADA.S

Y á los fines que puedan convenir á la señora viuda del señor Villavicencio, á su pedimento firmo la presente en Bogotá, á treinta y uno de Enero de mil ochocientos treinta y ocho.

SIMON BÚRGOS.

LVIII.

INSTALACION de la Junta Superior de la plaza de Santa Marta y su Provincia.

En la ciudad de Santa Marta, á las seis de la tarde del dia diez de Agosto de mil ochocientos diez. Se congregaron á Cabildo extraordinario los señores Capitulares, á saber: Don Victor de Salcedo y Somodevilla, Coronel de infantería, Gobernador Comandante general de esta plaza y Provincia por S. M.; Don José Munive, Coronel de estas milicias, Diputado en Cortes de esta dicha ciudad y su Provincia; Don Antonio Viana, Teniente Gobernador, Auditor de guerra, Asesor general de Gobierno por S. M.; Don Apolinar de Torres y Don José Nicolas de Jimeno, Alcaldes ordinarios; Don Vicente Moré, Regidor, Alférez real; Don Manuel Conde, Regidor, Alcalde mayor provincial; Don Estévan de Morron, Regidor, Fiel ejecutor; Don Simon Guerrero, Regidor, Alguacil mayor, únicos Capitulares por ocupacion del Regidor añal Don Enrique Arroyuelo, con asistencia del caballero Síndico Procurador general Doctor Don Basilio de Toro de Mendoza, y del señor Doctor Don Agustin Gutiérrez y Moreno, Abogado de la Real Audiencia del distrito, Asesor de este Cuerpo."

Con motivo de haberse juntado la parte más principal del vecindario en casa del señor Gobernador Presidente, exponiéndole que deseaba se formase una Junta provincial de Gobierno que velase sobre la seguridad del pueblo, y en quien éste pudiese depositar su confianza, mediante á que así lo habian hecho las demás Provincias del Reino y aun la misma capital, segun varias noticias que se habian recibido: en cuya virtud propuesto por el señor Gobernador el motivo de la celebracion del Cabildo y convocados los vecinos que habian hecho la solicitud con otros muchos más, y un numeroso pueblo que compareció al frente de las Casas consistoriales, manifestó el señor Teniente Gobernador los papeles que habia recibido por un propio de la capital de Santafé, y habiéndose leido se vió contenian lo ocurrido en la instalacion de la Suprema Junta de Gobierno

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