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de Santiago; Don José Cerero, por la de Cádiz; Don Manuel Ros, por la de Santiago; Don Francisco Papiol, por Cataluña; Don Pedro María Ric, por la Junta Superior de Aragon; Don Antonio Abadin y Guerra, por la Provincia de Mondoñedo; Don Antonio Payan, por la de la Coruña; Don Juan Bernardo Quiroga, por la de Orense; Don José Ramon Becerra y Llamas, por la de Lugo; Don Pedro Rivera y Pardo, por la de Betanzos; Don Luis Rodríguez del Monte, por id; Don Antonio Vásquez de Parga, por la de Lugo; Don Manuel Valcárcel por id.; Don Francisco Morrós, por Cataluña; Don José Vega y Sentmanat, por la ciudad de Cervera; Don Félix Aytés, por Cataluña; Don Ramon Utgés, por id; Don Salvador Viñals, por id; Don Jaime Creus, por id; Don Ramon de Lledós, por id; Don José Antonio Castellarnau, por id; Don Antonio María de Parga, por la Provincia de Santiago; Don Francisco Pardo, por id; Don Vicente Terrero, por la de Cádiz; Don Francisco María Riesco, por la Junta Superior de Extremadura; Don Gregorio Laguna, por la ciudad de Badajoz; Don Vicente de Castro Lavandeyra, por la Provincia de Santiago; Don Domingo García Quintana, por la de Lugo; Don Andres Morales de los Rios, por la ciudad de Cádiz; Don Antonio Llaneras, por la isla de Mallorca; Don Ramon Lázaro Dou, por Cataluña; Don Alonso María de la Vera, por la ciudad de Mérida; Don Antonio Capmani, por Cataluña; Don Juan María Herrera, por Extremadura; Don Manuel María Martínez, por id; Don Alfonso Núñez de Haro, por la Provincia de Cuenca; Don Pedro Antonio de Aguirre, por la Junta Superior de Cádiz; Don Joaquin Tenreyro Montenegro, por la Provincia de Santiago; Don Benito María Mosquera, por la ciudad de Tuy; Don Agustin Rodríguez Bahamonde, por id; Don Bernardo Martínez, por la Provincia de Orense; Don Pedro Cortiñas, por id; Don Diego Muñoz Torrero, por la de Extremadura; Don Manuel Lujan, por id; Don Antonio Duran de Castro, por la de Tuy; Don Francisco Calvet y Rivacoba, por la ciudad de Gerona; Don José Salvador López del Pan, por la ciudad de la Coruña; Don José María Couto, suplente por Nueva España; Don Francisco Mannia, suplente por id; Don Andres Savariego, suplente por id; Don Salvador S. Martin, suplente por id; Don Octaviano Obregon, suplente por id; Don Máximo Maldonado, suplente por id; Don José María Gutiérrez de Teran, suplente por id; Don Pedro Tagle, suplente por Filipinas; Don José Manuel Couto, suplente por id; Don José Caicedo, suplente por el Vireinato de Santafé; Marqués de S. Felipe y Santiago, suplente por la Isla de Cuba; Don Joaquin Santa Cruz, suplente por id; Marqués de Puñonrostro, suplente por Santafé; Don José Mejía, suplente por id; Don Dionisio Inca Yupangui, suplente por el Vireinato del Perú; Don Vicente Moráles, suplente por id; Don Ramon Feliu, suplente por id; Don Antonio Suazo, suplente por id; Don Joaquin Leiva, suplente por Chile; Don Miguel Riesco, suplente por id; Don Francisco López Lisperguer, suplente por el Vireinato de Buenos Aires; Don Luis Velasco, suplente por id; Don Manuel Rodrigo, suplente por id; Don Andres de Llano, suplente por Guatemala; Don Manuel de Llano, suplente por id; Don José Alvarez de Toledo, suplente por la isla de Santo Domingo; Don Agustin Argüelles, suplente por el Principado de Asturias; Don Rafael Manglano, suplente por la Provincia de Toledo; Don Antonio Vásquez de Aldana,

suplente por la de Toro; Don Manuel de Arostegui, suplente por la de Alava; Don Francisco Gutiérrez de la Huerta, suplente por la de Búrgos; Don Juan Gallego, suplente por la de Zamora; Don José Valcárcel, suplente por la de Salamanca; Don José Zorraquin, suplente por la de Madrid; Don Manuel García Herréros, suplente por la de Soria; Don José de Cea, suplente por la de Córdoba; Don Juan Climaco Quintano, suplente por la de Palencia; Don Gerónimo Ruiz, suplente por la de Segovia; Don Francisco de la Serna, suplente por la de Avila; Don Francisco Eguia, suplente por el señorío de Vizcaya; Don Evaristo Pérez de Castro, suplente por la Provincia de Valladolid; Don Domingo Duéñas, suplente por la de Granada; Don Francisco de Sales Rodríguez de Bárcena, suplente por la de Sevilla: Don Francisco Escudero, suplente por la de Navarra; Don Francisco González, suplente por la de Jaen; Don Estévan Palácios, suplente por la de Carácas; Don Fermin de Clemente, suplente por Caracas, y Don Francisco Fernández Golfin, Diputado por Extremadura. Salieron todos á las nueve y média en punto de esta mañana, formados con el Consejo de Regencia, estando tendida toda la tropa de Casa real y la del Ejército acantonado, y dirigiéndose á la Iglesia parroquial, se celebró por aquel Prelado la misa, en la cual, despues del Evangelio y de una breve y sencilla exhortacion que hizo el Serenísimo señor Presidente Don Pedro Quevedo, Obispo de Orense, se pronunció por mí, por dos veces en alta voz, la siguiente fórmula de juramento Jurais la santa religion católica, apostólica, romana, sin admitir otra alguna en estos Reinos? ¿Jurais conservar en su integridad la Nacion española, y no omitir medio para libertarla de sus injustos opre sores? ¿ Jurais conservar á nuestro muy amado Soberano el señor Don Fernando VII todos sus dominios, y en su defecto á sus legítimos sucesores, y hacer cuantos esfuerzos sean posibles para sacarlo del cautiverio y colocarlo en el trono? ¿Jurais desempeñar fiel y legalmente el encar-. go que la Nacion ha puesto á vuestro cuidado, guardando las leyes de España, sin perjuicio de alterar, moderar y variar aquellas que exigiesen el bien de la Nacion?

Y habiendo respondido todos los señores Diputados: sí juramos, pasaron de dos en dos á tocar el libro de los santos Evangelios, y el señor Presidente, concluido este acto, dijo: si así lo hiciéreis, Dios os lo premie; y si no, os lo demande. Se siguió inmediatamente el himno Veni Sancte Spiritus y el Te Deum entonado con gravedad y solemnidad, y finalizada 'esta funcion, desde la Iglesia, bajo la misma formacion, caminaron á la Sala de Cortes, y habiendo ocupado sus lugares los señores Diputados y Suplentes, y constituídose sobre el trono el Consejo de Regencia, dijo el señor Presidente un discurso muy enérgico, aunque breve, en que manifestando el estado de alteracion, desorganizacion y de confusion del tiempo en que se instaló, y los obstáculos, al parecer invencibles, que presentaban entonces las circunstancias, para desempeñar dignamente y con los ventajosos efectos que se apetecian un encargo tan grave y peligroso, concluyó dando el testimonio más irrefragable del patriotismo y sentimientos generosos del Consejo de Regencia, expresando que dejaba al muy alto discernimiento y luces de las Cortes la eleccion y nombramiento de Presidente y Secretarios de aquel augusto Congreso.

Con lo cual se finalizó el acto; quedaron instaladas las Cortes, y se

retiró el Consejo de Regencia á su Palacio, habiéndose observado en todos esos actos la majestad y circunspeccion propia de la más noble y difiesforzada de las Naciones, y un regocijo y aplausos en el pueblo muy ciles de explicarse. De todo lo cual certifico, como tal Notario mayor. Real Isla de Leon, 24 de Septiembre de 1810.

NICOLAS MARÍA DE SIERRA.

LXII.

LOS SEÑORES Villavicencio y Narváez dan aviso al Virey Amar de haber llegado á Mompox.

EXCELENTÍSIMO SEÑOR:

I.

Ahora que son las siete de la tarde, acabo de llegar á esta Villa, acompañado del señor Don Antonio de Narváez : la mañana que debia emprender mi viaje desde Cartagena para esa, recibí un recado de dicho General, para que me detuviese hasta que hablásemos: en efecto, luego que nos vimos me manifestó que le era forzoso salir inmediatamente para esta Villa respecto al estado de fermentacion á que habia llegado por las disensiones entre este Cabildo y el Teniente Coronel Don Vicente Talledo. Ya todo está tranquilo, pues que este oficial ayer ha dejado este pueblo.

De todo informaré á V. E., á mi llegada á esa capital, como asimismo de cuanto se sirve V. E. tratarme en su oficio de 19 del mes próximo anterior, con la marca de muy reservada, pues aun cuando quisiera hacerlo en el momento, no es posible, por mil razones, protestando á V. E. que en toda mi conducta no llevo otras miras ni anhelo que el mejor desempeño de mi comision, la felicidad y conservacion de estos dominios, y evitar fatales consecuencias segun el estado que tenia todo el Reino ántes de mi llegada á Cartagena: la salida del correo es incierta, y por consiguiente no puedo extenderme más en contestacion al citado oficio de V. E.

Dios guarde la vida de V. E. muchos años.
Mompox, 3 de Julio de 1810.

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ANTONIO DE VILLAVICENCIO.

Acabo de llegar á esta Villa en comision del Gobierno de Cartagena, siendo su objeto principal el de tranquilizar las inquietudes que se suscitaron con motivo del reconocimiento de su nueva forma; pero he tenido

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la satisfaccion de que las cosas han tomado ya un aspecto de tranquilidad cual podia desearse. He venido al mismo tiempo asociado del Capitan de Fragata y Comisionado del Supremo Consejo de Regencia, Don Antonio Villavicencio, que sigue con destino á esa capital; de todo daré á V. E. una razon exacta en el próximo correo, para su inteligencia superior.

Dios guarde á V. E. muchos años.

Mompox, 4 de Julio de 1810.

Excelentísimo señor.

ANTONIO DE Narváez y la Torre.

Excelentísimo señor Virey, Gobernador, Capitan general del Nuevo Reino de Granada.

LXIII.

EL COMISIONADO REGIO, señor Villavicencio, informa al Gobierno de la Península española acerca de la situacion política de Mompox.

EXCELENTÍSIMO SEÑOR:

Como han principiado mis fatigas, van quedando las huellas felices de mi comision. Tengo dado parte á S. M., por el conducto de V. E., del medio que la necesidad obligó á tomar en la ciudad de Cartagena con aquel imprudente Gobernador. La rica Villa de Mompox, tan meritoria por su patriotismo y generosos donativos, ardia en discordia por la impetuosidad y acaloramiento del Teniente Coronel del Real Cuerpo de Ingenieros, Don Vicente Talledo, Subdelegado de Rentas y Comandante de Armas, puesto por el Virey del Reino, Don Antonio Amar, con vituperio de las sumisas representaciones de la Villa, é insinuaciones a favor de ésta, hechas por el S. Representante de este Reino, el Mariscal de Campo Don Antonio Narváez y la Torre; exasperado el pueblo, levantó la voz, y de éste queria Talledo hacer un teatro sangriento, á ejemplo de las otras Provincias en que el Virey habia hecho terribles ejecuciones para infundir el odio á nuestro Gobierno. El General Narváez llegó á Mompox á un tiempo conmigo, y ambos hemos trabajado para aquietar los ánimos y renovar en el pueblo la confianza, con la ventaja de no encontrar aquí á Talledo, el que precipitadamente salió un dia ántes, en solicitud de auxilios del Virey para volver á vengarse á fuego y sangre de este pueblo compuesto de diez y seis mil almas. Sin duda es éste el espíritu del Virey que conocen sus clientes, y yo, en prueba de este concepto, incluyo á V. E. copia del oficio del mismo Jefe, tan poco decoroso é indebido á un General como el Representante del Reino, el que á este eminente carácter añade sus grandes talentos, aceptacion universal, y la sumision y amor de estas Provincias. No obstante la moderacion y mansedumbre del General Narváez, él se ha visto precisado á responder al Virey, como es copia el número 2.o que incluyo igualmente á V. E. para el conocimiento de S. M., añadiendo que si continúan las discordias en los demás pueblos, iré lla

mando á éstos al señor Narváez, por la experiencia que tengo del felíz

efecto de sus respetos en todos ellos.

Dios guarde á V. E. muchos años.

Villa de Mompox, 9 de Julio de 1810.

Excelentísimo señor.

ANTONIO DE VILLAVICENCIO.

Excelentísimo señor primer Secretario de Estado y del Despacho.

COPIA NÚMERO 1.o

Excelentísimo señor:-No podré ponderar el dolor con que he leido el oficio de V. E., fecha del 30 de Mayo último, al cual se sirve acompañarme el dictámen dado por V. E., llamado al M. I. C. de esa plaza para oirle, y seguido abierta y públicamente en materia de sistema de Gobierno. Lo que V. E. me participa es caso de hecho, y mientras me sea posible deliberar á lo que se me ha comunicadotmabien por dicho M. I. C. y por el señor Gobernador de esa plaza y Code anmandante general de la Provincia, no me considero en el caso ticipar mi concepto á V. E., pero sí se me hace preciso indagar en cuál de las distinguidas calidades que condecoran á V. E. ha sido extendido dicho oficio, para con este conocimiento clasificar mis contestaciones.Dios &c.-Santafé, Junio 27 de 1810.-ANTONIO Amar.

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Excelentísimo señor:-Cuando aparezcan mis oficios á los Cabildos y Jefes de Provincia del Reino, como tambien los dirigidos á particulares que pudiesen influir en la tranquilidad pública, y sostener á las autoridades constituidas, V. E. no me exigirá los motivos y carácter que me autorizan para dar el voto que juzgué oportuno en las commociones populares de Cartagena. Si éstas hubiesen correspondido y reglado ya sus providencias en reflexion á las circunstancias y consideracion á mis respetos; tambien en Cartagena mi voto, como me prometí en el conflicto de expedirlo, hubiera sido una feliz terminacion de quejas justas, de terribles amenazas, y de secretas conspiraciones que amedrentan á los reales vasallos del Rey, teniendo éstos en el mismo tiempo de sus quejas funestas noticias de severos castigos con que se extremecia á sus compatriotas, despues de las protestas más sagradas y garantías ofrecidas en bien de la paz y tan necesarias para poner en cobro á unos pueblos distraidos de la causa comun de nuestra afligida Nacion. La política de nuestro Gobierno de España ha sido apagar el fue

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