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desproporcionada á la ocasion presente. Los tres ejércitos que han de ocupar la frontera, y los cuerpos de reserva que deben sostenerlos en sus operaciones, y suplir sus faltas, absorberán fácilmente el número designado: ¿y qué son él, ni los sacrificios que de necesidad exige, con la empresa que nos proponemos y con el entusiasmo que nos anima? Españoles, el poder de nuestro adversario es colosal, su ambicion mayor todavía que su poder, y su existencia incompatible con nuestra libertad! Juzgad de sus esfuerzos por la barbarie de su carácter y por la extremidad de su peligro; pero estos esfuerzos son de un Tirano y deben estrellarse contra la entereza de un pueblo grande y libre, que no ha señalado á esta contienda otro término que el de vencer ó morir.

Considerada así la grandeza y la importancia de esta primera atencion, volvió la Junta sus ojos á la inmensidad de arbitrios que se necesitan para llenarla. El abandono del anterior Gobierno (si es que merece el nombre de Gobierno una dilapidacion continua y monstruosa) habia agotado todas las fuentes de la prosperidad, obstruido los canales que llevan el alimento y la vida por todos los miembros del Estado, y disipado los tesoros, desorganizado la fuerza pública y apurado los recursos. Pueden serlo ahora, y la Junta lo ha anunciado ya al público, las grandes economías que resultan de la supresion de gastos en la Casa Real; las enormes sumas que antes se tragaba la insaciable y sórdida codicia del Privado; el producto de sus grandes propiedades y el de los bienes de los indignos españoles que se han huido con los tiranos. Deben serlo tambien las ventajas que sacará el Estado de su libre navegacion y comercio, y de la comunicacion ya abierta con la América. Deben serlo principalmente una administracion de rentas públicas bien entendida, y una arreglada distribucion de contribuciones, á cuya reforma y órden aplicará la Junta desde luego toda su atencion. Pudieran agregarse á estos arbitrios los auxilios que con generosa mano nos presta y seguirá proporcionando la Nacion inglesa; pero de estos auxilios, que han venido tan á tiempo, que han sido recibidos con tanta gratitud y empleados con tan buen éxito, muchos tienen que ser despues satisfechos y reconocidos con la reciprocidad y decoro que convienen á una Nacion grande y poderosa. La Monarquía española no debe quedar en esta parte bajo ningun concepto de desigualdad y dependencia con sus aliados.

El rendimiento de estos arbitrios será grande sin duda, pero lento y tardío, y por lo mismo insuficiente ahora á las necesidades urgentísimas del Estado. ¿Podrá con ellos hacerse frente á un tiempo á las atenciones ૐ ordinarias que hay que llenar, á la deuda inmensa que hay que cubrir, al ejército formidable que hay que sostener? Mas la Junta en los casos de apuro, á que la variedad de los sucesos y la fuerza de las circunstancias pueden reducir al erario, acudirá al instante á la Nacion con la seguridad que deben inspirar el ardor patriótico que anima á toda ella, y la necesidad y notoriedad del sacrificio. A males extraordinarios como el presente, corresponden remedies que tambien lo sean; y como el Gobierno juzga una de sus obligaciones la de dar cuenta exacta á la Nacion de la aplicacion de los arbitrios y fondos que va á administrar, no le queda el menor recelo de que sus demandas puedan por nota de arbitrariedad parecer odiosas, ni por desconfianza ser desatendidas.

Esto en cuanto á la defensa del Reino y medios de prepararla ; ob

jeto el más urgente y el primero en tiempo de los que la Junta tiene á su cuidado. Pero hay otro, españoles, tan preciso y principal como él, sin cuya atencion la Junta no llenaria más que la mitad de sus deberes, y que es el premio grande de vuestro entusiasmo y vuestros sacrificios. Nada es la independencia política sin la felicidad y seguridad interior. Volved los ojos al tiempo en que vejados, opresos y envilecidos, desconociendo vuestra propia fuerza, y no hallando asilo contra vuestros males, ni en las instituciones ni en las leyes, teniais por ménos odiosa la dominacion extranjera que la arbitrariedad mortífera que interiormente os consumia. Bastante ha durado en España, por desgracia nuestra, el imperio de una voluntad siempre caprichosa y las más veces injusta : bastante se ha abusado de vuestra paciencia, de vuestro amor al orden y de vuestra lealtad generosa tiempo es ya de que empiece á mandar la voz sola de la ley fundada en la utilidad general. Así lo queria nuestro bueno y desgraciado Monarca, y este era el camino que nos señalaba, aun desde el injusto cautiverio á que un alevoso le redujo. La Patria, españoles, no debe ser ya un nombre vano y vago para vosotros debe significar en vuestros oidos y en vuestro corazon el santuario de las leyes y de las costumbres, el campo de los talentos y la recompensa de las virtudes.

Sí, españoles; amanecerá el gran dia en que segun los votos uniformes de nuestro amado Rey y de sus leales pueblos, se establezca la Monarquía sobre bases sólidas y duraderas. Tendreis entónces leyes fundamentales, benéficas, amigas del órden, enfrenadoras del poder arbitrario; y restablecidos así y asegurados vuestros verdaderos derechos, os complacereis al contemplar un monumento digno de vosotros y del Monarca que ha de velar en conservarle, bendiciendo entre tantas desventuras la parte que los pueblos habrán tenido en su ereccion. La Junta, que tiene en su mano la direccion suprema de las fuerzas del Reino, para asegurar por todos modos su defensa, su felicidad y su gloria; la Junta, que ha reconocido ya públicamente el mayor influjo que debe tener en el Gobierno una Nacion que á nombre de su Rey y por su causa lo ha hecho todo por sí sola y sin auxilio de nadie; la Junta se compromete solemnemente á que tengais esa Patria, que habeis invocado con tanto entusiasmo, y defendido, ó más bien conquistado, con tanto valor.

Entre tanto que las operaciones militares, lentas al principio para asegurar mejor el buen éxito, presentan la oportunidad y el sosiego necesarios á la grande y solemne reunion que se os anuncia, el Gobierno cuidará de que se extiendan y controviertan privadamente los proyectos de reformas y de instituciones que deben presentarse á la sancion nacional. Sin luces, sin conocimientos y sin datos, la obra majestuosa de la legislacion es el resultado de una voluntad ciega y sin tino, y como tal, expuesta al error, á la inconsecuencia y al desprecio. Sabios españoles, vosotros que dedicados á la investigacion de los principios sociales unís el amor de la humanidad con el amor de la Patria, y la instruccion con el celo, á vosotros toca esta empresa tan necesaria para el acierto. La Junta, en vez de repugnar vuestros consejos, los busca y los desea. Conocimiento y dilucidacion de nuestras antiguas leyes constitutivas; alteraciones que deban sufrir en su restablecimiento por la diferencia de las circunstancias; reformas que hayan de hacerse en los Códigos Civil, Criminal y Mercantil; proyectos para mejorar la educacion pública, tan atrasada

entre nosotros; arreglos económicos para la mejor distribucion de las rentas del Estado y su recaudacion: todo llama la atencion vuestra, y forma una vasta serie de meditaciones y de tareas en que podeis manifestar vuestro estudio y vuestros talentos. La Junta formará de vosotros comisiones diferentes, encargadas cada una de un ramo particular, á quienes se dirijan libremente todos los escritos sobre materias de gobierno y de administracion; donde se controviertan los diferentes objetos que deben llamar la atencion general; y que contribuyendo con sus esfuerzos á dar una direccion recta é ilustrada á la opinion pública, pongan á la Nacion en estado de establecer sólida y tranquilamente su felicidad interior.

La revolucion española tendrá de este modo caractéres enteramente diversos de los que se han visto en la francesa. Ésta empezó en intrigas interiores y mezquinas de cortesanos; la nuestra en la necesidad de repeler un agresor injusto y poderoso: habia en aquélla tantas opiniones sobre formas de gobierno, cuantas eran las facciones, ó por mejor decir, las personas; en la nuestra no hay más que una opinion, un voto general: Monarquía hereditaria, y FERNANDO VII REY; los franceses han derramado torrentes de sangre en los tiempos de su anarquía; no han proclamado principio que no hayan desconocido despues; no han hecho ley que no hayan violado, y han acabado por sujetarse á un bárbaro despotismo los españoles que por la invasion pérfida de los franceses se han visto sin Gobierno y sin comunicacion entre sí, han sabido contenerse en los límites de la circunspeccion que los caracteriza; no se han mostrado sangrientos y terribles sino con sus enemigos, y sabrán, sin trastornar el Estado, mejorar sus instituciones y consolidar su libertad.

¡Oh españoles! ¡Qué perspectiva tan hermosa de gloria y de fortuna tenemos delante, si sabemos aprovecharnos de esta época singular; si llenamos las altas miras que nos señala la Providencia! En vez de ser objetos de compasion y desprecio, como lo hemos sido hasta ahora, vamos á ser la envidia y la admiracion del mundo. El clima hermoso que gozamos, el fértil suelo donde vivimos, la posicion geográfica que tenemos, las riquezas que nos prodiga la naturaleza, y el carácter noble y generoso de que nos dotó, no serán dones perdidos en manos de un pueblo envilecido y esclavo. Ya el nombre español es pronunciado con respeto en Europa; ya sus pueblos, atropellados por los franceses, miran colgada su esperanza de nuestra fortuna: hasta los mismos esclavos del tirano, gimiendo bajo su yugo intolerable, hacen votos por nosotros tengamos constancia y recogeremos los frutos que va á producirnos la victoria. Los ultrajes de la religion satisfechos; vuestro Monarca, ó restituido á su trono, ó vengado; las leyes fundamentales de la Monarquía restauradas; consagrada de un modo solemne y constante la libertad civil ; las fuentes de la prosperidad pública corriendo espontáneamente y derramando bienes sin obstáculo alguno; las relaciones con nuestras Colonias estrechadas más fraternalmente, y, por consiguiente, más útiles; en fin, la actividad, la industria, los talentos y las virtudes estimulados y recompensados á tal grado de esplendor y fortuna elevaremos nuestro país, si correspondemos á las magníficas circunstancias que nos rodean.

Estas son las miras, este es el plan que la Junta se ha propuesto desde el momento de su instalacion, para cumplir con los dos objetos pri

marios y esenciales de su instituto. Encargados sus individuos de una autoridad tan grande, y responsables de unas esperanzas tan lisonjeras, no desconocen las dificultades que han de vencer para realizarlas, ni la enormidad del peso que tienen sobre sí, ni los peligros á que están expuestos. Pero se creerán pagados de sus fatigas, y de la consagracion que han hecho de sus personas en obsequio de la Patria, si logran seguir inspirando á los españoles aquella confianza sin la cual no se consigue el bien público, y que la Junta se atreve á decir merece por la rectitud de sus principios y la pureza de sus intenciones.

Aranjuez, 26 de Octubre de 1808.

Por Acuerdo de la misma Junta Suprema en 10 de Noviembre.

MARTIN DE GARAY,

Vocal Secretario general.

IV.

NOTA del Gobernador de la plaza de Cartagena, por la cual da parte al Virey de Santafé de haber adoptado medidas para impedir la introduccion de papeles subversivos del órden.

Excelentísimo señor :

Número 2,578.

Para evitar el que se introduzcan en esta plaza y Provincia de mi cargo varios papeles sediciosos y subversivos del buen órden en que se halla la Península y estos dominios, que ha fraguado la astucia y la perfidia del Gobierno frances, se ha apostado en Bocachica, á la entrada del Puerto, un buque de los de guerra de esta dotacion, consecuente á mis oficios para el efecto al señor Comandante de marina, y á los que me ha dirigido á mí con el mismo fin el caballero comisionado por la Suprema Junta de Sevilla, Don Antonio Vacaro, habiéndose formado con mi conocimiento las instrucciones correspondientes á los Comandantes empleados en este servicio, con lo que logrará impedirse la propagacion de toda noticia que por su gravedad é importancia exija la atencion del Gobierno y convenga omitirla al público en las presentes circunstancias.

Con el propio objeto he dirigido tambien mis oficios al Tribunal de la Inquisicion, con copia de la nota que adjunta acompaño á V. E. sobre algunos papeles que se asegura se han introducido en esta plaza y conviene recogerlos; sin embargo de que hasta ahora nada tengo que recelar de este buen pueblo, lleno de los más laudables sentimientos de amor y fidelidad al Rey Nuestro Señor y á sus respectivas autoridades, que obran con iguales estímulos.

Dios guarde á V. E. muchos años.
Cartagena, 19 de Noviembre de 1808.
Excelentísimo señor.

BLAS DE SORIA.

Excelentísimo señor Virey, Capitan general de este Reino.

NOTA.

La Constitucion española formada en Bayona.

Una proclama del Emperador de los franceses sobre las cosas de España.

Otra id. de José Bonaparte ó de Murat.

Otra id. del Consejo ó Junta de Madrid.

Otra id. de Diputaciones al mismo José Bonaparte por varias autoridades.

Se sospecha la introduccion de otros papeles forjados bajo principios inciertos y falsos, llenos tambien de errores contra la Religion y dirigidos á la subversion de nuestro sabio Gobierno y constitucion de la Monarquía española, en los términos que se halla formada y sancionapor los votos de toda la Nacion desde su feliz establecimiento.

da

Cartagena, 15 de Noviembre de 1808.-Soria.

Es copia.

Cartagena, 19 de Noviembre de 1808.

ANTONIO FRANCISCO MERLANO.

AÑO DE 1809.

V.

DECRETO sobre Representacion en la "Junta Central Gubernativa del Reino" de los Vireinatos y Capitanías generales de América.

El Rey Nuestro Señor Don Fernando VII, y en su real nombre la Junta Suprema Central Gubernativa del Reino, considerando que los vastos y preciosos dominios que la España posee en las Indias no son propiamente Colonias ó factorias como los de otras naciones, sino una parte esencial é integrante de la Monarquía española; y deseando estrechar de un modo indisoluble los sagrados vinculos que unen unos y otros dominios, como asimismo corresponder á la heróica lealtad y patriotismo de que acaban de dar tan decisiva prueba á la España, en la coyuntura más crítica en que se ha visto hasta ahora Nacion alguna; se ha servido S. M. declarar, teniendo presente la consulta del "Consejo de Indias de 21 de Noviembre último, que los Reinos, Provincias é Islas que forman los referidos dominios, deben tener representacion nacional é inmediata á su Real persona y constituir parte de la Junta Central Gubernativa del Reino, por medio de sus correspondientes Diputados. Para que tenga efecto esta real resolucion, han de nombrar los Vireinatos de Nueva España, Perú, Nuevo Reino de Granada y Buenos Aires, y las Capitanías

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