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ejército de Castilla habia sido batido en la batalla de "Alba de Tormes y Tamámes " y con este reves se habia completado el desastre anterior de la accion de " Ocaña," la más funesta y mortífera de cuantas hemos perdido.

Sin fortuna no hay crédito ni favor. Dudábase ya en la Nacion si el Cuerpo encargado de sus destinos era suficiente á salvarla. Todos los resortes del Gobierno habian perdido su elasticidad y su fuerza. Las providencias eran ó equivocadas, ó tarde y mal obedecidas. La ambicion de los particulares, la de los cuerpos, se habia excitado hasta un punto extraordinario, y se habia puesto en una contradiccion más ó ménos abierta con la autoridad. Hasta los más moderados decian que un Gobierno compuesto de tantos individuos, todos diversos en caractéres, en principios, en profesion, en intereses, todos atendiendo á un tiempo á todas las cosas grandes y pequeñas, no podia pensar con sistema, deliberar con secreto, resolver con unidad, ni ejecutar con presteza. Pocos en número para las grandes discusiones legislativas; excesivamente muchos para la accion, presentaban todos los inconvenientes de una autoridad combinada ménos por el saber y la meditacion política, que por el concurso extraordinario y fortuito de las circunstancias que han mediado en nuestra singular revolucion.

El voto público, pues, era de que el Gobierno debia reducirse á elementos más sencillos. La misma Junta Suprema, persuadida de esta verdad, habia ya anunciado esta mudanza, y las próximas Cortes extraordinarias, cuya convocacion se habia acelerado, debian determinarla y establecerla con la solemnidad consiguiente á su augusta representacion. El Gobierno que ellas formasen, y los recursos y arbitrios que necesariamente brotarian de su seno, debian restablecer la confianza, y con ella restituirnos al camino de la fortuna.

Los acontecimientos no han consentido que las cosas llevasen este órden. Recelosos los franceses de los efectos saludables de esta gran medida, agolparon todo el grueso de sus fuerzas á las gargantas de Sierra Morena. Defendíanlas los restos de nuestro ejército batido en Ocaña, no rehecho todavía de aquel infausto reves. El enemigo rompió por el punto más débil, y la ocupacion de los otros se siguió al instante, á pesar de la resistencia que hicieron algunas de nuestras Divisiones, dignas de mejor fortuna. Rota, pues, la valla que habia al parecer contenido á los franceses todo el año anterior para ocupar la Andalucía, se dilataron por ella y se dirigieron á Sevilla.

Brotó entonces el descontento en quejas y clamores. La perversidad, aprovechándose de la triste disposicion en que se hallaban los ánimos agitados por el terror, comenzó á pervertir la opinion pública, á extraviar el celo, á halagar la malignidad, y á dar rienda á la licencia. Habia puesto en ejecucion la Junta la medida que ya anteriormente tenia acordada de trasladarse á la isla de Leon, donde estaban convocadas las Cortes; pero en el viaje la dignidad de sus individuos y el respeto debido á su carácter, se vieron más de una vez expuestos al desaire y al desacato. Aunque pudieron por fin reunirse en la Isla y continuar sus sesiones, la autoridad, ya inerte en sus manos, no podia sosegar la agitacion de los pueblos, ni animar su desaliento, ni hacer frente á la gravedad y urgencia del peligro. Terminó, pues, la Junta el ejercicio de su poder con el único acto que ya

podia atajar la ruina y disolucion del Estado; y estableciendo por su Real Decreto de 29 de Enero de este año el Consejo de Regencia, resignó en él el depósito de su soberanía que ella legítimamente tenia, y que ella sola en la situacion presente podia legítimamente transferir.

Tales han sido las causas de la revolucion que acaba de suceder en el Gobierno español: revolucion hecha sin sangre, sin violencia, sin conspiracion, sin intriga; producida por la fuerza de las cosas mismas, anhelada por los buenos, y capaz de restaurar la Patria, si todos los españoles de uno y otro mundo concurren enérgicamente á la generosa empresa.

Ya el buen resultado de las operaciones en estos primeros dias son un presagio de buena fortuna para en adelante. Fiados los enemigos en el abandono en que suponian hallarse los puntos de la Isla y Cádiz, codiciosos de tan rica presa, se habian arrojado á devorarla con su celeridad impetuosa. La marcha del ejército de Extremadura, al mando del General Duque de Alburquerque ha desconcertado sus designios, y á despecho de su diligencia y su pujanza se hallan hoy nuestros valientes guerreros cubriendo estas interesantes posiciones, que están seguras de todo atentado. La confianza se restablece en las Provincias; nuevos ejércitos se forman, y los Generales mejores están puestos á su frente. Así los franceses, que creyeron cortar el nervio de la guerra con la ocupacion de la Andalucía, se ven burlados en su esperanza, y á su espalda, á su frente, á sus costados, bajo sus piés mismos la ven renacer Ꭹ arder con más violencia que al principio.

Sobra, españoles americanos, á vuestros hermanos de Europa, magnanimidad y constancia para contrastar los reveses que les envíe la fortuna. Cuando declaramos la guerra sin ejércitos, sin almacenes, sin arbitrios, sabiamos bien á lo que nos exponiamos, y vimos bien la terrible perspectiva que se nos presentaba delante. No nos arredró entónces, no nos arredra tampoco ahora: y si el deber, el honor y la venganza no nos dejaron en aquel dia otro partido que la guerra, no queda otro partido que la guerra á los españoles que escuchan las voces de la venganza, del honor y del deber.

Contó siempre la Patria con los medios de defensa que proporciona la posicion topográfica de la Península: contó con los recursos inagotables de la virtud y constancia de sus naturales, con la lealtad acendrada que los españoles profesan á su Rey, con el rencor inacabable que los franceses inspiran: contó con los sentimientos de la fraternidad americana, igual á nosotros en celo y en lealtad. Ninguna de estas esperanzas la ha engañado con ellas piensa sostenerse en lo que resta de la tormenta, y con ellas, oh americanos, está segura de la victoria.

Que no es dado al déspota de la Francia, por más que todo lo presuma de su enorme poderío, acabar con una Nacion que desde el occidente de Europa se extiende y se dilata por el océano y el nuevo Continente hasta las Costas de Asia. Degradada, envilecida, atada de piés y manos la entregaron á discrecion suya los hombres inhumanos que nos vendieron. Mas, gracias á nuestra resolucion magnánima y sublime, gracias à vuestra adhesion leal y generosa, no nos pudo subyugar en un principio, no nos subyugará jamás. Sus satélites armados entrarán en una ciudad, ocuparán una Provincia, devastarán un territorio. Mas los corazones son todos españoles, y á despecho de sus armas, de sus victo

rias, de su insolencia y su rabia, el nombre de FERNANDO VII será respetado y obedecido en las regiones más ricas y dilatadas del Universo.

Será bendecido tambien; porque á este nombre quedará para siempre unida la época de la regeneracion y felicidad de la Monarquía en uno y otro mundo. Entre los primeros cuidados de la Regencia tiene un principal lugar la celebración de las Cortes extraordinarias anunciadas ya á los españoles y convocadas para el dia 1.o del próximo Marzo. En este gran Congreso cifraban los buenos ciudadanos la esperanza de su redencion y su felicidad futura. Y si los sucesos de la guerra obligan á dilatar esta gran medida hasta que pueda realizarse con la solemnidad y seguridad conveniente, esta misma dilacion ofrece al nuevo Gobierno la oportunidad de dar al próximo Congreso nacional la representacion completa del vasto imperio cuyos destinos se le confían.

Desde el principio de la revolucion declaró la Patria esos dominios parte integrante y esencial de la Monarquía española. Como tal le corresponden los mismos derechos y prerogativas que á la Metrópoli. Siguiendo este principio de eterna equidad y justicia, fueron llamados esos naturales á tomar parte en el Gobierno representativo que ha cesado: por él la tienen en la Regencia actual; y por él las tendrán tambien en la representacion de las Cortes nacionales, enviando á ellas Diputados, segun el tenor del Decreto que va á continuacion de este Manifiesto.

Desde este momento, españoles americanos, os veis elevados á la dignidad de hombres libres: no sois ya los mismos que antes, encorvados bajo un yugo mucho más duro, mientras más distantes estábaís del centro del Poder; mirados con indiferencia, vejados por la codicia y destruidos por la ignorancia. Tened presente que al pronunciar ó al escribir el nombre del que ha de venir á representaros en el Congreso nacional, vuestros destinos ya no dependen ni de los Ministros, ni de los Vireyes, ni de los Gobernadores; están en vuestras manos

Es preciso que en este acto, el más solemne, el más importante de vuestra vida civil, cada elector se diga á sí mismo: á este hombre envío yo, para que, unido á los Representantes de la Metrópoli, haga

* En Santafé compareció (DON JOSÉ MIGUEL MONTALVO) ante el Consejo permanente de guerra, presidido por el coronel Casano. Oida la acusacion, empezó MONTALVO su defensa, y la fundó en documentos españoles. Leyó el Manifiesto de la Junta de Sevilla, ó sea el Consejo de Regencia, que dice: "Desde este momento, españoles americanoe, os veis elevados á la dignidad de hombres libres; no sois los mismos que antes, encorvados bajo un yugo mucho más duro mientras más distantes estábais del centro del Poder."

-Eso no viene al caso interrumpió Casano.

-"Os miraban con indiferencia, vejados por la codicia, y destruidos por la ignorancia........."

-Eso no viene al caso ! gritó Casano.

"Vuestros destinos no dependen ya ni de los Ministros, ni de los Vireyes; están en vuestras manos........."

-Eso no viene al caso! volvió á gritar Casano.

-Lo que no viene al caso, contestó MONTALVO, es haber dado esa proclama para enviar luego á ustedes. Una de las dos cosas estaba por demás.

Casano le hizo callar; y al retirarse el preso, le dijo airado :

-Advierta usted que ha faltado al Consejo.

-Pues entónces, échele otra bala al fusil.

Pocos dias despues, el 29 de Octubre de 1816, fué pasado por las armas en la plazuela de San Francisco, teniendo por compañeros de martirio á Cáldas, Ulloa y Buch. (Copiado de la Biografía de José Miguel Montalvo,

Página 522 del Tomo 3.o de las Biografías, &. por R, Azpurúa.)

frente á los designios destructores de Bonaparte: este hombre es el que ha de exponer y remediar todos los abusos, todas las extorsiones, todos los males que han causado en estos paises la arbitrariedad y nulidad de los mandatarios del Gobierno antiguo: éste el que ha de contribuir á formar con justas y sábias leyes un todo bien ordenado de tantos, tan vastos y tan separados dominios: éste, en fin, el que ha de determinar las cargas que he de sufrir, las gracias que me han de pertenecer, la guerra que he de sostener, la paz que he de jurar. Tal y tanta es, españoles de América, la confianza que vais á poner en vuestros Diputados. No duda la Patria, ni la Regencia, que os habla por ella ahora, que estos mandatarios serán dignos de las altas funciones que van á ejercer. Enviadlos, pues, con la celeridad que la situación de las cosas públicas exige: que vengan á contribuir con su celo y con sus luces á la restauracion y recomposicion de la Monarquía: que formen con nosotros el plan de felicidad y perfeccion social de esos inmensos paises; y que, concurriendo á la ejecucion de obra tan grande, se revistan de una gloria que, sin la revolución presente, ni España ni América pudieran esperar jamás.

Real Isla de Leon, 14 de Febrero de 1810.

Javier de Castaños, Presidente.-Francisco de Saavedra. --Antonio de Escaño-Miguel de Lardizabal y Uribe.

XVII.

REAL DECRETO que da á los Americanos representacion en las. Cortes extraordinarias que han sido convocadas.

El Rey Nuestro Señor Don Fernando VII, y en su Real nombre el Consejo de Regencia de España é Indias: considerando la grave y ùrgente necesidad de que á las Cortes extraordinarias que han de celebrarse inmediatamente que los sucesos militares lo permitan, concurran Diputados de los dominios españoles de América y de Asia, los cuales representen digna y legalmente la voluntad de sus naturales en aquel Congreso, del que han de depender la restauracion y felicidad de toda la Monarquía, ha decretado lo que sigue:

Vendrán á tener parte en la representacion nacional de las Cortes extraordinarias del Reino, Diputados de los Vireinatos de Nueva España, Perú, Santafé y Buenos Aires, y de las Capitanías generales de Puerto Rico, Cuba, Santo Domingo, Guatemala, Provincias internas, Venezuela, Chile y Filipinas.

Estos Diputados serán uno por cada capital cabeza de partido de estas diferentes Provincias.

Su eleccion se hará por el Ayuntamiento de cada capital, nombrándose primero tres individuos naturales de la Provincia, dotados de probidad, talento é instruccion, y exentos de toda nota; y sorteándose despues uno de los tres, el que salga á primera suerte será Diputado en Cortes.

Las dudas que puedan ocurrir sobre estas elecciones serán deter

minadas breve y perentoriamente por el Virey, ó Capitan general de la Provincia, en union con la Audiencia.

Verificada la eleccion, recibirá el Diputado el testimonio de ella y los poderes del Ayuntamiento que le elija, y se le darán todas las instrucciones que así el mismo Ayuntamiento como todos los demás comprendidos en aquel partido, quieran darle sobre los objetos de interes general y particular que entiendan debe promover en las Cortes.

Luego que reciba sus poderes é instrucciones se pondrá inmediatamente en camino para Europa, por la vía más breve, y se dirigirá á la Isla de Mallorca, en donde deberán reunirse todos los demás Representantes de América, á esperar el momento de la convocacion de las Cortes.

Los Ayuntamientos electores determinarán la ayuda de costa que debe señalarse á los Diputados para gastos de viajes, navegaciones y arribadas. Mas como nada contribuya tanto á hager respetar á un Representante del pueblo como la moderacion y la templanza, combinadas con el decoro, sus dietas, desde su entrada en Mallorca hasta la conclusion de las Cortes, deberán ser de seis pesos fuertes al dia, que es la cuota señalada á los Diputados de las Provincias de España.

En las mismas Cortes extraordinarias se establecerá despues la forma constante y fija en que debe procederse á la eleccion de Diputados de esos dominios, para las que hayan de celebrarse en lo sucesivo, supliendo ó modificando lo que por la urgencia del tiempo y dificultad de las circunstancias no ha podido tenerse presente en este Decreto.

Tendréislo entendido, y lo comunicareis á quien corresponda para su cumplimiento.

Real Isla de Leon, á 14 de Febrero de 1810.

Javier de Castaños, Presidente.-Francisco de Saavedra.-Antonio de Escaño. Miguel de Lardizabal y Uribe.

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XVIII.

REAL ORDEN reservada del Consejo de Regençia, por la cual exige informes acerca de la idoneidad de los empleados públicos en América.

Convencido el Consejo de Regencia, que á nombre del Rey Nuestro Señor gobierna estos y esos dominios, de que el favor, la intriga y la inmoralidad, al mismo tiempo que han tenido cerrada la puerta, de veinte años á esta parte, para toda clase de empleos, á los sujetos de luces, patriotismo y verdadero mérito, la han franqueado á una porcion de personas depravadas, ineptas é inmorales, cuando ménos con notable perjuicio de la causa pública: considerando que ninguna carga es más gravosa para los pueblos que la autoridad confiada á tales males: que es justo y conveniente siempre poner en juego los resortes de premio y castigo, sin los cuales ningun Estado puede tener buenos servidores, ni alentarse las virtudes del hombre público y privado; y queriendo, por último, remediar en la parte posible los gravísimos males que ha causado el escandaloso

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