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Justicia; con la advertencia de que las causas no las habian enviado los aprehensores. Pasados los expresados documentos al señor Ministro suplente, Doctor Don Ramon Ripoll, por impedimento del señor Fiscal, pidiendo este señor en 24 del propio Enero se librase órden al Alcalde Guerrero para la remision de las causas á la mayor brevedad y que se les recibiese declaracion á los precitados reos, en el mismo dia se libró la órden y nombró de Comisionado para recibir las declaraciones de inquirir, al Doctor Don Manuel Fernández Sántos, y por excusa de éste al Doctor Don Basilio del Toro.

Por providencia de 30 de Enero, firmada por mí como Presidente del Tribunal, se alivió á Don Vicente Medrano de los grillos, quedando en prision cerrada. En 5 de Febrero se alivió de las prisiones y franqueé comunicacion á Don Raimundo, Don Marciano y Don Blas Cárcamo, como tambien á Don Domingo Cabrejo.

Lo mismo se concedió el 8 del próximo pasado Febrero á Don Sebastian Garrido, Don Nicolas Victorica, Don Macario Cárcamo, Don Diego Victorica, Don Vicente Medrano, Don Francisco Melendro, Don Andres Portela, Felipe Santiago Abreu, Andres Herrera y Don Fernando González.

En 12 de Marzo el Tribunal decretó que el Comisionado Doctor Don Basilio del Toro concluyese su comision á la mayor brevedad, y en este dia se permitió la excarcelacion, bajo de la fianza de Don José Córdoba, á Don Andres Portela, extendiéndose á la ciudad, despues de recibida su declaracion de inquirir, y por haber resultado del reconocimiento hecho por el cirujano Don Santiago Padilla, no poderse curar en la prision en que se hallaba.

Con fecha 8 de Marzo dió cuenta el Alcalde, Don José Guerrero Cavero, de haber entregado á las mujeres de Don Raimundo Cárcamo y Don Domingo Cabrejo, los bienes embargados y avaluados, en cumplimiento de lo que el Supremo Tribunal de Justicia le previno en 16 de Febrero anterior.

En 6 de Abril so concedió su excarcelacion, bajo de fianza, de juzgado y sentenciado, con prevencion de no pasar al sitio de su vecindario, á Don Nicolas Victorica, Don Sebastian Garrido, Don Blas Cárcamo y Don Francisco Meléndez. Á Don Vicente Medrano, en el mismo dia 6 de Abril, se le concedió pasar al sitio de su vecindario, bajo caucion juratoria de presentarse siempre que se le llame, mandándose al Alcalde Guerrero le entregara los bienes que le habia embargado. Lo mismo, y bajo los mismos términos, se concedió á Don Andres Portela, en el referido dia 6 de Abril, con prevencion de presentarse al señor Comisionado de Mompox, á quien se remitió testimonio de los documentos que comprendian al Portela, en 9 de Abril; y en 30 del mismo mes se ofició al mencionado señor Comisionado para que previniese al Alcalde Guerrero con urgencia la conclusion de las causas de los mencionados reos.

En 16 de Mayo se permitió la excarcelacion á Don Andres Herrera, en los propios términos que á Don Nicolas Victorica.

Con fecha 19 de Junio acusó el señor Comisionado Ayos recibo de los testimonios de los documentos relativos á los reos remitidos, que se le enviaron en 19 (sic) del mismo mes, cumpliendo con lo mandado por la Suprema Junta en 24 de Mayo en la Comision ejecutiva, siendo yo

Presidente, como se ha dicho en su lugar, consecuente á consulta del Superior Tribunal de Justicia, para que previniese á los Alcaldes ordinarios de aquella Villa exigiesen de Don José Guerrero las causas que hubiese formado, y que repartiéndolas entre sí, procediesen á la mayor brevedad á sustanciarlas y determinarlas conforme á derecho, y se excarceló á todos los que aún estaban en la cárcel, para que siguiesen á Mompox, via recta, bajo de fianzas.

De oficio del señor Comisionado Doctor Don Antonio José de Ayos, dirigido al Superior Tribunal de Justicia con fecha de 26 de Julio, resalta que el vecindario de Magangué representó al Cabildo de San Benito Abad, á quien se ha agregado desde el arreglo de los partidos para elecciones de Diputados, para que no se les permitiese á los Cárcamos y Cabrejo volver á residir en aquel sitio.

Hasta aquí la relacion sustancial de los autos que se hallan en el Tribunal de Justicia contra los Cárcamos, parientes de los Piñérez, y otros; y si se hacen las debidas comparaciones con los tiempos en que fuí Presidente, esto es, hasta 31 de Diciembre de 1810, y desde 1.o de Mayo hasta 31 de Agosto, en que fuí Presidente del Tribunal de Justicia, desde Enero hasta Febrero que fuí electo Vocal, se reconocerán cuáles han sido mis operaciones con estos individuos, la justicia con que fueron presos, y los modos con que han sido aliviados hasta remitirlos á los Alcaldes de Mompox para que allí mismo se juzgasen.

¿Cómo, pues, se puede asegurar en la calumnia 18, que á estos individuos, únicamente por ser parientes de los Piñérez, se les siguió causa? Por solo la relacion que se ha hecho del expediente principal que comprende las primeras diligencias actuadas contra todos, hay un justo motivo para haberlos preso; y si se examinan los respectivos expedientes que se han formado á cada uno, quedará cualquiera convencido, que los Piñérez han querido ser respetados y sus parientes, aunque se levanten contra la Patria, y que al Juez que los contiene, lo llaman injusto, venal y cuanto se les pone en la cabeza.

Los Comprobantes números 7 y 8 son los mismos que se hallan á las páginas 65 y 116 de esta Coleccion.

NÚMERO 9.

ARENGA formada por el señor Don German G. de Piñérez, para pronunciarla en el Colegio Seminario de Cartagena, en el acto literario que su alumno Don Agustin Vélez Barrera dedicó á José María García de Toledo, en el mes de Septiembre.

SEÑORES:

El ilustre Mecenas á quien consagrais este obsequio literario, justifica de un modo solemne vuestro patriotismo y amor á la libertad. Toledo, sí, señores; ¿y por qué no ha de tributar vuestra gratitud este homenaje á su gloria? Don José María García de Toledo es el Hércules cartagines, que á la cabeza del pueblo derrocó el trono de los tiranos y ha establecido el imperio de la libertad en nuestro suelo ¡Oh dias para siempre memorables 22 de Mayo y 14 de Junio de 1810! Ellos y el

nombre de Toledo serán inseparables y formarán la época más agradable al americano en los Anales de nuestra historia moderna; y el buen ciudadano no podrá recordar esos dias y este nombre, sin sentir la más dulce emocion. ¿Y quién con más títulos que vosotros podrá lisonjearse de ser partícipes de su gloria? El no ha hecho más que precederos en el tiempo: bajo de estos mismos techos en que vuestra juventud se prepara para los caminos de la inmortalidad, el alma vigorosa de Toledo hizo los primeros ensayos para las grandes empresas que hoy son el objeto de nuestra admiracion. Privado por un accidente desagradable en la salud, de venir á recibir el obsequio que le dirigió, y protestaros su gratitud, ha puesto en ini cuidado este deber. Estad, pues, seguros, yo os lo anuncio á su nombre, que él acepta vuestra ofrenda con singular complacencia, y que entre los votos con que desea manifestaros su gratitud, es el más eficaz, el que cultivando vuestro espiritu en este fecundo recinto de Minerva, grabeis profundamente en vuestros corazones las sábias lecciones de tan doctos maestros. Así florezcan vuestros entendimientos bajo de la sombra halagüeña de nuestra libertad naciente: así produzcan más adelante opimos frutos que nos la conserven para siempre!

NÚMERO 10.

CONSULTA que el Supremo Gobierno hizo al Tribunal Superior, sobre un Proyecto de indulto; y contestacion que el Fiscal Don German Piñérez dió en 29 de Noviembre al Tribunal, en la vista que le confirió.

ARTÍCULO 2.° DEL PROYECTO.

Queriendo el Gobierno mismo dar un ejemplo de generosidad, se perdonarán las penas pecuniarias aplicadas al Tesoro público, por los delitos no exceptuados.

EL SEÑOR FISCAL. La disposicion del artículo 2.° le parece al Fiscal no adaptable á los principios de un Gobierno representativo, cual es el nuestro; porque no siendo en ellos ningun funcionario del Estado propietario ó dueño del patrimonio público (que es el sudor de los pueblos sus constituyentes), sino solamente administradores economistas, no parece estar en sus facultades hacer una gracia que en sustancia es donar parte del patrimonio público; y esto es más urgente, si se atiende á que el estado de extrema penuria en que se hallan las Cajas de la Provincia, repugna que se hagan actos de gracia ó condonacion, cuando falta para pagar las cargas de justicia.

Los Documentos números 11 y 12 no se insertan, por no tener mérito alguno histórico.

FIN.

Cartagena. En la imprenta del Consulado, por Don Diego Espinosa, de los Monteros.

Año de 1811.

CXIV.

EXPOSICION de los acontecimientos memorables relacionados con mi vida política, que tuvieron lugar en este pais desde 1810 en adelante,

No habia pensado jamás que yo tuviera necesidad de publicar una relacion de los hechos memorables de nuestra gloriosa Independencia, y en los cuales tuve no poca parte, sirviendo con lealtad y patriotismo á la causa de la emancipacion política y libertad de mi Patria desde 1810; pero hoy, agobiado como estoy con el peso de mi octogenaria edad, véome en la imprescindible necesidad de narrar aquellos hechos; bien que con las imperfecciones que naturalmente debe tener un escrito, obra de un hombre que aunque honrado y amigo de la verdad, nunca se ha ocupado de trabajos literarios. Por tanto, mis conciudadanos, á quienes me dirijo, tendrán la bondad de disimular los defectos que noten en el curso de esta sencilla narracion, en atencion siquiera á la verdad y buena fe que resplandecen en este escrito.

Como quiera que algunos han llegado á dudar de mis servicios á la causa de la Independencia y libertad desde que el ciudadano Presidente de los Estados Unidos de Colombia, General Tomas Cipriano de Mosquera, reconoció y me mandó pagar parte de lo que se me debe por la Nacion, he creido que, publicando mis servicios para que lleguen á ser conocidos de todos, tal vez rectificarán su juicio, y tendrán por justa y justísima aquella resolucion; mayormente cuando se han mandado pagar otras deudas, tan antiguas como la mia, á acreedores que no han sido superiores á mí en méritos y servicios á la Patria. Principiaré mi relato.

En el año de 1810, cuando el Cabildo de esta ciudad trataba de deponer al Gobernador español Don Francisco Montes, pretextándose su connivencia con el Gobierno frances, entonces enemigo de España, y con quien estaba en guerra, me confió dicho Cabildo, bajo la mayor reserva, el encargo de reunir delante del Palacio, el dia que resolviera el arresto del expresado Gobernador, todos los individuos del pueblo que fuera posible, sin hacer el menor ruido, con la condicion de que ninguno supiese el objeto con que se le invitaba á la reunion hasta el momento mismo de realizar el proyecto.

Llegó el dia señalado (14 de Junio), y ayudado por los patriotas Rafael Mendoza, José María Mátos, Hipólito Leon, Manuel Cajar, Joaquin Prieto, Manuel Castillo Ponce y otros, concurrió á virtud de nuestra invitacion una gran parte del pueblo. El Gobernador, que habitaba en el Palacio donde el Cabildo acostumbraba tener sus sesiones, salió de él en los momentos en que aquél se reunia á puerta cerrada; y como el Gobernador, por el camino que llevaba, parecia dirigirse al cuartel del Regimiento "Fijo," cuerpo veterano del Rey, compuesto de 18 compañías, casi todos tunjanos y socorranos, fuí encargado nuevamente por el Cabildo de seguir los pasos del Gobernador, sospechando de que aquél, sabedor de lo que se intentaba, fuese al cuartel con el objeto de disponer de

la fuerza en su favor; pero no sucedió así, pues el Gobernador, pasando por el cuartel y sin entrar en él, regresó al Palacio, y entró en su aposento sin llegar á la Sala de las sesiones del Cabildo, de todo lo cual dí aviso á esa Corporacion.

Entonces se me encargó de otra comision. Fuí inmediatamente al cuartel á avisar al oficial de guardia que ya podia seguir para el Palacio el Teniente Caraballo con la tropa que debia llevar. El Cabildo estaba de acuerdo con este oficial y con el Capitan que debia hacerse cargo del Regimiento. Verificado así, y luego que llegó á las puertas del Palacio la fuerza que conducia el Teniente Caraballo, se procedió incontinenti al arresto del Gobernador Móntes por órden del Cabildo, haciéndosele saber que quedaba depuesto y sin funciones por los Representantes del pueblo. Hízose esto en el mayor silencio y con un órden admirable; porque en la medida estaban de acuerdo comerciantes españoles de bastante influencia que, así como algunos miembros del Cabildo, ignoraban las verdaderas miras de los patriotas, y creian que el motivo del procedimiento era únicamente el especioso y aparente que se habia escogido para el logro de nuestro objeto: la supuesta complicidad del Gobernador con los enemigos de España para someternos al yugo de Napoleon.

En seguida se envió á España al Gobernador Móntes, y poco despues se dispuso la formacion de tres cuerpos patriotas; dos denominados 1.o y 2.o de infantería, y el 3.o de "Lanceros," componiéndose este último de la mayor parte de los habitantes del barrio de Jimaní. Yo fuí nombrado popularmente Capitan de la 1. compañía del 2.o cuerpo, y encargado de la instruccion, pues tenia algunos conocimientos militares que habia adquirido durante más de seis años que serví en el Regimiento "Fijo" en clase semejante á la de aspirante, desde la edad de 14 años, y despues tambien como Sargento 2.o

El Acto heróico y glorioso de la solemne declaratoria de nuestra Independencia política, que era el fin á que nos dirigiamos los patriotas desde la deposicion del Gobernador español Móntes, tuvo lugar el 11 de Noviembre de 1811. En los dias anteriores y próximos á la declaratoria me habló muy reservadamente el Doctor Ignacio Muñoz de lo que debia hacerse para asegurar el éxito, pues nada ménos se trataba que de pedir á la Junta que gobernaba entónces, la declaratoria de la Independencia absoluta del Gobierno de España. El Doctor Muñoz era el que debia ponerse á la cabeza del movimiento, y queria saber si podia contar con mi cuerpo para sostenerlo en caso de alguna oposicion por parte de los otros cuerpos; agregando que le bastaba mi compromiso, pues sabia que el Comandante del cuerpo obraba segun mis indicaciones. Yo le dije que contara con mi cuerpo, bajo la condicion de que al acto de la proclamacion de la Independencia habia de presentarse una reunion numerosa de pueblo, al cual daria yo apoyo con mi cuerpo (batallon) para hacer frente á cualquiera oposicion.

Llegó el 10 de Noviembre, y me avisó el Doctor Muñoz que el dia siguiente, entre 9 y 10 de la mañana, se iba á proclamar la Independencia, encargándome nuevamente la mayor reserva para que la Junta de Go

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