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CAPÍTULO IV.

CONSECUENCIAS DEL TRATADO DE FONTAINEBLEAU.

Proyectos de Napoleon sobre la Península. -Sus vacilaciones.-Salen de España catorce mil soldados, como auxiliares de Napoleon. -Decídese la desmembracion de Portugal. Un príncipe de los Algarbes en perspectiva.-Inícuo tratado de Fontainebleau. Los franceses en España. - Junot invade el Portugal.-Agrégase este reino á la Francia.-Sorpresa y disgusto de la córte de España.-Todavía espera Godoy su principado.-Carta de Napoleon á Murat.-Junot manifiesta claramente los proyectos del emperador.-Nuestras plazas fuertes del Norte en poder de los franceses. El partido fernandista.-Planes de Godoy.

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En tanto que la córte de España presentaba el poco edificante espectáculo que acabamos de pintar; en tanto que el príncipe de Asturias conspiraba contra sus padres; en tanto que el valido se adormecia entre las nubes de incienso que sus partidarios le echaban; en tanto que acumulaba sobre sus hombros, no solo honores y condecoraciones, sino la direccion de un pueblo en tan dificiles y peligrosos momentos; en tanto que María Luisa aparecía satisfecha por el influjo que habia llegado á ejercer sobre su esposo; en tanto que Carlos IV perseguia las alimañas salvajes de los montes del Escorial y del Pardo, Napoleon, que habia llegado al pináculo de su grandeza, no perdia, ni por un momento, de vista á la nacion española.

Aquel hijo de la revolucion, que acostumbraba á meditar sus empresas, que con la vista certera del genio adivinaba los obstáculos, que formaba combinaciones complicadas sobre el mapa de Europa, en las cuales cada pueblo era un elemento que debia responder y respondia, en efecto, como siempre á su mandato; aquel ser superior, que desde su gabinete podia trastornar la Europa en un instante, sintió surgir en su mente, al ocuparse de España, la vacilacion y la duda. Muchos son los proyectos que formó Napoleon acerca de España. Unas veces pensó en la division para que sirviese como compensacion de guerra, otras en la segregacion de algunas provincias, otras en ejercer un protectorado, otras, en fin, en borrar por completo de las dinastías de Europa la rama de los Borbones, entregando á la nacion española á la dominacion de un príncipe francés.

Cuando las humillaciones y bajezas, el desconcierto y desbarajuste, los escándalos y las intrigas palaciegas de la córte de España llegaron á su colmo, Napoleon, que juzgaba á la nacion por sus reyes, ¡insensato error! creyó llegado el momento oportuno para la consecucion de sus ambiciosos fines.

Sin embargo, no queria romper abiertamente, como si sintiese un vago instinto del porvenir; pero lo que no se hicierá por la fuerza lo conseguiría fácilmente con cualquier pretesto por insignificante que fuese, mucho mas tratándose de un gobierno tan dócil y sumiso á su voluntad, y estando en buena inteligencia con el partido fernandista.

En virtud de los tratados ominosos que hemos examinado en otro lugar, España no solo le habia dado sus tesoros, sino lo que es mas aun, parte de sus ejércitos, y en el momento en que él pensaba introducir los snyos en el territorio de la Península, nada le parecia mejor que sacar de ella un nuevo contingente de tropas, porque de esta suerte creia que tendria, en caso de lucha, menos enemigos que combatír.

De este modo, España se desprendia de una respetable division de catorce mil bombres, que deberian contribuir á realizar los planes de Napoleon en remotos climas; mientras las huestes francesas sembraban la ruina y la desolacion por todos los ámbitos de la nacion española.

Esto no bastaba, sin embargo; necesitaba un nuevo tratado; un tra

tado mas ominoso todavía que le entregase al pueblo español atado de pies y manos sin defensa alguna, que permitiese la entrada á mansalva de numerosas tropas francesas, que nos obligase nuevamente á hacer la guerra al vecino reino de Portugal, que debia ser víctima de la mas odiosa trama; pero el ánimo de Cárlos IV era débil, y estaba supeditado completamente al valido, y á éste se le contentaba con la engañosa añagaza de un reino microscópico, á cuya idea sintió borrarse de su mente hasta su último sentimiento de patriotismo, no vacilando en dejar vendida á su pátria por añadir á sus títulos y condecoraciones el pomposo título de Príncipe de los Algarbes.

Este tratado, que tenia por objeto aparente la reparticion del Portu gal, pero que en realidad era un pretesto para que los ejércitos franceses penetrasen en la Península, demuestra hasta qué punto puede llegar la iniquidad, el olvido de todo sentimiento noble y digno, y la ambicion desenfrenada, favorecida y desarrollada por el buen éxito y la fortuna.

Hé aquí los términos en que estaba concebido: «S. M, el emperador de los franceses y S. M. el rey de España, queriendo arreglar de comun acuerdo los intereses de los dos Estados y determinar la suerte fatura de Portugal de un modo que concilie la política de los dos países, han nombrado por sus ministros plenipotenciarios, á saber: S. M. el emperador de los franceses al general Duroc, y S. M. el rey de España á D. Eugenio Izquierdo, los cuales, despues de haber cangeado sus plenos poderes, se han convenido en lo que sigue:

1. La provincia de Entre Douro y Minho, con la ciudad de Oporto, se dará en toda propiedad y soberanía á S. M. el rey de Etruria con el título de Rey de la Lusitania septentrional.

2. La provincia de Alentejo y el reino de los Algarbes se darán en toda propiedad y soberanía al Príncipe de la Paz, para que los disfrute con el título de Príncipe de los Algarbes.

3. Las provincias de Beira, Tras-os Montes y Extremadura, quedarán en depósito hasta la paz general, para disponer de ellas segun las circunstancias y conforme a lo que se convenga entre las dos altas partes contratantes.

4. El reino de la Lusitania septentrional será poseido por los descendientes de S. M. el rey de Etruria hereditariamente, y siguiendo las leyes que están en uso en la familia reinante de S. M. el rey de España.

5. El principado de los Algarbes será poseido por los descendientes del Príncipe de la Paz, hereditariamente y siguiendo las reglas del artículo anterior.

6. En defecto de descendientes ó herederos legítimos del rey de la Lusitania septentrional ó del Príncipe de los Algarbes, estos países se darán por investidura por S. M. el rey de España, sin que jamás puedan ser reunidos bajo una misma cabeza ó á la corona de España.

7. El reino de la Lusitania septentrional y el principado de los Algarbes, reconocerán por protector á S. M. el rey de España, y en ningun caso los soberanos de los dos países podrán hacer la paz ni la guerra sin su consentimiento.

8. En el caso de que las provincias de Beira, Tras-os-Montes y Extremadura portuguesa tenidas en secuestro, fuesen devueltas á la paz general á la casa de Braganza en cambio de Gibraltar, la Trinidad y otras colonias que los ingleses hån conquistado sobre la España y sus aliados, el nuevo soberano de estas provincias tendria con respecto á S. M. el rey de España, los mismos vinculos que el rey de la Lusitania septentrional y el Príncipe de los Algarbes, y serán poseidas por aquel bajo las mismas condiciones..

9. S. M. el rey de Etruria cede en toda su propiedad y soberanía el reino de Etruria á S. M. el emperador de los franceses.

10. Cuando se efectúe la ocupacion definitiva de las provincias de Portugal, los diferentes príncipes que deben poseerlas, nombrarán de acuerdo comisionados para fijar los límites naturales.

11. S. M. el emperador de los franceses sale garante á S. M. el, rey de España de la posesion de sus estados del continente de Europa, situados al Mediodía de los Pirineos.

12. S. M. el emperador de los franceses se obliga á reconocer á S. M. el rey de España como emperador de las dos Américas cuando

todo esté preparado para que S. M. pueda tomar este titulo, lo que podrá ser ó bien à la paz general ó á mas tardar dentro de tres años.

13. Las dos altas partes contratantes se entenderán para hacer un repartimiento igual de las islas, colonias, y otras propiedades ultramarinas de Portugal.

44. El presente tratado quedará secreto, será ratificado, y las ratificaciones serán cangeadas en Madrid, veinte dias á mas tardar despues del dia en que se ha firmado.»>

Hé aquí en qué consistia el famoso tratado de Fontainebleau, firmado en 27 de Octubre de 1807. La córte de España, que creia de buena fé en el cumplimiento del tratado, hasta el punto de sancionar la inicua reparticion de una nacion amiga, con la cual no habia motivo alguno de queja ni disgusto, y cuya dinastía estaba ligada á la de Borbon por los lazos de la sangre, no pensó mas que en cumplir fielmente las condicio nes que par un convenio adjunto al tratado se habia impuesto, y el Principe de la Paz, que cada dia gozaba de mayor influjo en el apocado ánimo del rey, supo borrar de su corazon todos los escrúpulos, y lanzarle de lieno en tan vergonzosa como desleal empresa.

Los sucesos del Escorial, que tuvieron lugar antes que se firmase el tratado de Fontainebleau, no desconcertaron á Napoleon, que mandó al general Junot penetrar en España dias antes de la firma del convenio. Junot apenas tenia organizadas sus fuerzas, pero las órdenes del emperador eran tan terminantes, que á principios de Octubre (1807) traspuso los Pirineos y tomó la direccion de Portugal, sin que la córte de España supiese que nuestro territorio era hollado ya por los ejércitos franceses.

Los pueblos recibian con entusiasmo, tal era la ceguedad de la opinion, á aquellos soldados que habían realizado tan grandes prodigios, pues se creia que el plan del e aperador se dirigia á provocar la abdicacion de Carlos IV y à elevar sobre el trono al príncipe Fernando, ídolo y esperanza de todos los españoles. Como vernos, la opinion pública no podia estar mas estraviada, y por eso no extrañaremos que necesite pruebas tan dolorosas y sangrientas como el Dos de Mayo, para salir de tan fu

nesto error.

TUMO I.

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