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LA ESPAÑA DEL SIGLO XIX.

CAPITULO PRIMERO.

EL DESPOTISMO ILUSTRADO.

Aspecto del país.-Resolucion del partido absolutista.-El testamento de Fernando. -Espectacion del partido liberal.-Manifiesto del 4 de Octubre.-Inspiracion de Cea Bermudez.-Sus propósitos.-Entre el absolutismo y la libertad.-Errada política. Suspicacia del gobierno contra los liberales.-Proclamacion de Isabel. -Los absolutistas lanzan resueltamente el grito de insurreccion.-Descontento de los liberales.-Proclama de Llander.-Caida del Ministerio Cea Bermudez.

Despues de las graves y trabajosas crisis por que habia pasado el pueblo español durante el calamitoso reinado de Fernando VII, debian ser inmensas las consecuencias de tan fatal política y continuar todavía por mucho tiempo la série de desgracias que habian afligido á la nacion. Con la muerte del rey, no desapareció por completo el mal que nos aquejaba: Habia echado profundas raíces en nuestro suelo y era necesario un gran sacudimiento para destruir en su gérmen la cizaña sembrada tan abundantemente por el mas fanático despotismo.

Presentaba á la sazon España el aspecto mas desconsolador. En vez de una nacion unida y compacta, aparecian dos partidos que la arbitrariedad y la cruel venganza habian hecho irreconciliables y hasta incompatibles. No pensaba el uno mas que en la restauracion de instituciones y prácticas que repugnaban al adelanto de los tiempos; no vivia mas que con la idea de destruir todo pensamiento de libertad, todo gérmen de progreso; al paso que el otro, aleccionado por la triste esperiencia de largos años de persecucion, aspiraba á abrir para la pátria un nuevo período de civilizacion y de cultura, que colocara al país á la altura del resto de la Europa. Contaba el primero con poderosa influencia en las regiones oficiales; disfrutaba en realidad del poder, y por lo tanto era dueño de los inmensos recursos con que cuenta siempre un gobierno constituido. En cuanto al segundo, solo podia alimentarse de esperanzas, contando con la probabilidad de que con la muerte de su cruel perseguidor, terminarian para él los dias de prueba y de desgracia. Pero para esto era preciso que el sucesor de Fernando VII se echara francamente en brazos de la libertad, lo cual no era mas que una conjetura, que el primer acto del poder acaso desvaneceria como un sueño.

El partido absolutista tenia ya de antemano tomada su resolucion. Queria el despotismo puro, sin atenuacion de ningun género, y no ofre – ciéndole el gobierno de Madrid las suficientes garantías, dirigia su vista hácia Portugal, en donde el infante D. Cárlos proseguia manifestando claramente sus intenciones de pretender la corona. Abrióse públicamente el 1.o de Octubre el testamento de Fernando, que dejaba á su esposa María Cristina como tutora de sus hijas y como gobernadora del reino hasta que la heredera llegase á la mayor edad. Encomendaba tambien Fernando á su esposa, la formacion de una Junta de gobierno para que la auxiliase con sus consejos en el desempeño de su cargo, disposiciones que fueron fielmente respetadas por todos los funcionarios públicos y corporaciones, tanto civiles como militares.

La espectacion de todos los que no pertenecian al partido reaccionario se aumentaba á cada instante. Se deseaba saber cuál seria la marcha política que se inauguraria en el nuevo reinado, circunstancia que no pɔ

dia pasar desapercibida á la penetracion del gobierno. Conociendo éste la necesidad de satisfacer la legitima ansiedad de la inmensa mayoria del pueblo, publicó con fecha del 4 de Octubre un manifiesto en el cual se revelaban los propósitos gubernamentales del nuevo reinado (†).

(1) La importancia de este documento, primer acto del gobierno de Cristina, nos obliga á insertarle aquí:

«Sumergida en el mas profundo dolor, por la súbita pérdida de mi augusto esposo y soberano, solo una obligacion sagrada, á que deben ceder todos los sentimientos del corazon, pudiera hacerme interrumpir el silencio que exigen la sorpresa cruel y la intensidad de mi pesar. La espectacion que escita siempre un nuevo reinado, crece mas con la incertidumbre sobre la administracion política en la menor edad del monarca; para disipar esta incertidumbre y precaver la inquietud y estravío que produce en los ánimos, he creido de mi deber anticipar á congeturas y á adivinaciones infundadas, la firme y franca manifestacion de los principios que he de seguir constantemente en el gobierno de que estoy encargada por la última voluntad del rey, mi angusto esposo, durante la minoría de la reina, mi muy cara y amada hija Doña Isabel.

>>> La religion y la monarquía, primeros elementos de vida para España, serán respetadas, protegidas, mantenidas por mi en todo su vigor y pureza. El pueblo español tiene en su innato celo por la fé y el culto de sus padres, la mas completa seguridad de que nadie osará mandarle sin respetar los objetos sacrosantos de su creenci a y adorac ion; mi corazon se complace en cooperar, en presidir á este celo de una nacion eminentemente católica; en asegu rarla de que la religion inmaculada que profesamos, su doctrina, sus templos y sus ministros, serán el primero y mas grato cuidado de mi gobierno.

»Tengo la mas íntima satisfaccion de que sea un deber para mí conservar intacto el depósito de la autoridad real que se me ha confiado. Yo mantendré religiosamente la forma y las leyes fundamentales de la monarquía, sin admitir innovaciones peligrosas, aunque halagüeñas en su principio, probadas ya sobradamente por nuestra desgracia. La mejor forma de gobierno para un país, es aquella á que está acostumbrado. Un poder estable y compacto, fundado en las leyes antiguas, respetado por las costumbres, consagrado por los siglos, es el instrumento mas poderoso para obrar el bien de los pueblos, que no se consigue debilitando la autoridad, combatiendo las ideas, las habitudes y las institucion es establecidas, contrariando los intereses y las esperanzas actuales, para crear nuevas ambiciones y exigencias, concitando las pasiones del pueblo, poniendo en lucha ó en sobresalto á los individuos, y á la sociedad entera en convulsion. Yo trasladaré el cetro de las Españas á manos de la reina, á quien lo ha dado la ley, integro, sin menoscabo ni detrimento, como la misma ley se lo ha dado.

>>Mas no por eso dejaré estadiza y sin cultivo esta preciosa pose sion que le espera. Conozco los males que ha traido al pueblo la série de nuestras calamidades, y me afanaré por

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