Imágenes de páginas
PDF
EPUB

consentimiento de aquellos á quienes impone las leyes, es violento usurpador de los derechos del hombre y su conducta una mera tiranía. El valor de las leyes de cualquier naturaleza que sean pende del consentimiento de la sociedad: la aprobacion pública es la que las hace ·legítimas. El Soberano legislador de la sociedad humana, el mas digno de ser acatado y obedecido, dejó á los Reyes y Príncipes de la tierra un admirable egemplo de moderacion y de respeto á la libertad del hombre, cuando despues de haber propuesto á la nacion judaica la divina ley y la constitucion de la república, haciendo que se leyese el volúmen comprensivo de ella ante la muchedumbre, esperó la aprobacion y consentimiento de todo el pueblo.

42. Los antiguos Reyes nunca fueron considerados como Soberanos que dominan á sus súbditos, sino como ciudadanos empleados en dirigir á sus iguales: porque al formarse las sociedades y aun despues de constituidas fue necesario que los Príncipes reconociesen en las familias otros tantos depósitos de autoridad de que los padres y cabezas de familia no debieron ni pudieron privarse absolutamente, ni los Reyes exigir de ellos que renunciasen el derecho que compete naturalmente á todo hombre libre de entender en la conservacion de la vida, de la propiedad y de la libertad. Asi la autoridad de los Príncipes no pudo ser absoluta y despótica sino ceñida por los usos y costumbres y templada por la de los gefes ó cabezas de familia, sin cuyo acuerdo nada se acostumbró practicar en los antiguos gobiernos. En todos ellos el pueblo congregado y reunido deliberó y tuvo grande influencia en los negocios y asuntos de utilidad pública.

43. Consta de la sagrada Escritura (1) que Homar, Rey de Sichen, deseando ratificar un tratado de con

(1) Genes. cap. XLIV,

federacion que le habian propuesto los hijos de Jacob, y cuyas condiciones le eran muy satisfactorias, no consintió en las proposiciones hasta haberlas manifestado al pueblo y obtenido su consentimiento, Achis, Rey de los filisteos (1) é íntimo amigo de David, trataba de que le acompañase y prestase auxilio en una expedicion militar. Los principales del pueblo no aprobaron la solicitud del monarca ni consintieron que aquel extrangero viniese á tener parte en el combate. La sumision que el Rey manisfestó en esta coyuntura, conformándose con la voluntad del pueblo, muestra claramente que su autoridad era mas semejante á la de los Reyes de Lacedemonia que á la de un monarca absoluto y despótico.

44. El antiquísimo ejemplar que nos conservó Herodoto (2) de Deyocés, á quien los medos eligieron por su Rey despues de haber sacudido el yugo de los asirios con otros semejantes de la historia, ofrecen bas-tantes luces para conocer el origen de los monarcas, sus principales oficios y la extension de su autoridad, reducida á administrar justicia á los pueblos y defenderlos de las violencias de sus enemigos. Los Reyes propiamente no eran mas que ejecutores de las leyes y defensores de la patria, jueces del pueblo y generales de los egércitos. Tal era la autoridad Real entre todas las naciones cuando los israelitas pidieron á Dios un Rey, segun parece de las razones que alegaron (3) para esta novedad política: et erimus nos quoque sicut omnes gentes: et judicabit nos rex noster, et egredietur ante nos, et pugnabit bella nostra pro nobis.

45. En el antiguo reino é imperio de Egipto cuyo gobierno fue verdaderamente monárquico, el poder

(1) I. Reg. cap. xxix,

(2) Lib. 1, cap. xcvi. y sig. (3) I. Reg. cap. VIII, V. 20.

de los Reyes estuvo muy ceñido por la constitucion y leyes fundamentales: estas ademas de reglar el órden de suceder en el trono confiaban la administracion de justicia á un cuerpo de ciudadanos cuya autoridad podia contrabalancear la de los Faraones. Los jueces en el dia de su instalacion hacian juramento de no obedecer al Rey caso que les mandase dar alguna sentencia injusta. El colegio de los treinta que residia en Tebas tenia grande influencia en el gobierno. Las provincias enviaban á la corte de tiempo en tiempo diputados para examinar y discutir los negocios del estado, señaladamente los que decian relacion al tesoro nacional. Los Reyes no podian exigir arbitrariamente de sus súbditos ningun género de contribucion. La clase sacerdotal velaba de oficio sobre la inversion de los caudales públicos, y las nomarquías tenian derecho de prestar ó negar su consentimiento para los nuevos impuestos.

46. Aun en el Asia, cuna del despotismo, el gobierno no era arbitrario. Tenian los babilonios y asirios (1) tres consejos creados por el cuerpo de la nacion para regir el reino juntamente con los monarcas. Y es bien sabido por lo que refiere el profeta Daniel que los Reyes de Persia y de Media aunque gozaban de la prerogativa de sancionar las leyes propuestas por la nacion, una vez sancionadas no podian dejar de llevarlas á efecto y de ponerlas en ejecucion. Todos los presidentes del reino, dice Daniel (2), magistrados, gobernadores, potentados y capitanes han acordado de comun deliberacion promulgar un edicto Real y confirmarlo... Ahora, ó Rey, confirma el edicto y firma la escritura para que no se pueda mudar conforme à la ley de Media y de Persia. Por esta razon el Rey Dario firmó la escritura

(1) Strab. lib. xvi, pág. 1082.

(2) Dan. cap. vi.

y el edicto. Y como Daniel hubiese procedido contra el tenor de esta ley, y acusado ante el monarca de su transgresion tratase este de salvarle, le dijeron aquellos varones: sepas, ó Rey, que es ley de Media y de Persia que ningun decreto u ordenanza que el Rey confirmare puede ser mudada.

47. Si de las vastas regiones de Africa y de Asia, cuya historia política envuelta en mil fábulas y desfigurada por la credulidad es tampoco conocida, nos trasladamos á Europa, hallarémos que la monarquía' templada y moderada era la forma de gobierno generalmente recibida en sus diferentes estados. Lo que dice Homero acerca de la constitucion del reino de Itaca, de el de los feacios y algunos otros ofrece bastantes luces para formar idea del gobierno de los estados políticos de su tiempo. El de los griegos hablando con propiedad era mixto de monarquía, oligarquía y democracia. Los Reyes deben considerarse como gefes de una especie de república en donde los negocios se deciden á pluralidad de votos: porque habia juntas públicas en que el pueblo congregado desplegaba su autoridad y deliberaba sobre los asuntos del estado, Nada podian decidir los Reyes por sí solos, sino que estaban obligados á proponer los negocios al consejo ó senado compuesto de los principales del pueblo, y despues de concluidos dar parte á la asamblea antes de la ejecucion. Asi que la preeminencia y condecoracion de un Rey de Grecia estaba casi reducida á ser el presidente y como el principal miembro del cuerpo político: gozaba del derecho de juntar el pueblo, y era el primero que daba su dictámen. Pero el mas peculiar oficio de los Reyes y en que consistia esencialmente la prerogativa de su dignidad era el mando de las tropas en tiempo de guerra y la superintendencia de la religion.

48. Cuan popular haya sido el gobierno monárquico de los griegos se demuestra por el célebre

establecimiento del consejo de los amphicciones de que tanto se ha escrito y hablado por historiadores, humanistas y filósofos. Amphiccion, Príncipe sabio y amante de su patria, considerando la situacion y circunstancias políticas de la Grecia y que dividida en muchas soberanías independientes no solo estaba sujeta á guerras intestinas y turbaciones interiores, sino tambien á ser oprimida por los pueblos bárbaros que la rodeaban, para precaver tan inminentes riesgos puso todo su conato en unir y enlazar los diferentes estados de la Grecia por medio de una junta ó asociacion comun, á fin de que unidos con los estrechos vínculos de la amistad procurasen promover el interes general, oponer la fuerza á los enemigos de la patria y hacerse respetar de las naciones circunvecinas.

49. Los antiguos consideraron el consejo de los amphicciones como si dijeramos las cortes ó estados generales de la Grecia y de las doce ciudades que habian entrado en esta confederacion. Cada una enviaba á las grandes juntas dos diputados, y las mas poderosas no gozaban de preeminencia sobre las demas. Se congregaban en Termopiles dos veces al año en primavera y en otoño. Los diputados que componian tan augusta asamblea representaban el cuerpo de la nacion y tenian poder absoluto para concertar y resolver todo cuanto les pareciese ventajoso á la causa comun. El prudente monarca tuvo la sastisfaccion de ver que los efectos de este establecimiento correspondieron á sus intenciones y esperanzas, que los pueblos se multiplicaban y crecian en gloria y prosperidad, y que el estado se habia hecho formidable á los bárbaros.

50. En Paris, donde tan pronto se adoptan las verdades y sanas doctrinas como los mas groseros errores, se publicaron en el año de 1804 las investigaciones de un escritor frances que intentó demostrar

« AnteriorContinuar »