El gobierno del ministerio presidido por el Sr. Posada Herrera: con respecto a la administración de las provincias de ultramar

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Fortanet, 1884 - 276 páginas

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Página 185 - A LRP de VM, ESTANISLAO SUÁREZ INCLÁN. REAL DECRETO. A propuesta del Ministro de Ultramar, de acuerdo con el Consejo de Ministros, y en virtud de la autorización que otorga á mi Gobierno el art. 89 de la Constitución de la Monarquía, Vengo en decretar lo siguiente: CAPÍTULO PRIMERO.
Página 121 - INCLÁN. REAL DECRETO. Atendiendo á las razones que Me ha expuesto el Ministro de Ultramar, y de acuerdo con el Consejo de Ministros, Vengo en decretar lo siguiente: Artículo 1.° El
Página 198 - SUÁREZ INCLÁN. REAL DECRETO. A propuesta del Ministro de Ultramar, de acuerdo con el Consejo de Ministros, Vengo en decretar lo siguiente: Artículo único. Los
Página 178 - existencia no dependa de la voluntad de los interesados en las mismas, se verificará con sujeción á las siguientes reglas: Primera. La inscripción de hipoteca sobre el derecho de percibir los frutos en el usufructo, se cancelará á instancia del dueño del inmueble con sólo presentar el documento fehaciente que acredite la conclusión
Página 243 - que trasladen su domicilio á país extranjero, donde sin más circunstancia que la de su residencia en él sean considerados como naturales, necesitarán para conservar la nacionalidad de España manifestar que esta es su voluntad al Agente diplomático ó consular español, quien deberá inscribirles, así como también á
Página 151 - padre por sí ó por medio de apoderado, con poder especial y auténtico, haga la presentación del niño y la declaración de su paternidad. Lo mismo se observará en cuanto á la expresión del nombre de la madre y de los abuelos maternos. Art.
Página 178 - se cancelarán, si se declara extinguido el derecho del concesionario, en virtud del mismo título en que se haga constar esa extinción y del documento que acredite haberse consignado en debida forma, para atender al pago de los créditos hipotecarios inscritos, el importe de la indemnización que en su caso deba recibir el concesionario.
Página 179 - podrán cancelarse en cuanto al todo ó parte de la finca ó derecho, en el caso de que el deudor haya sido vencido en el juicio, con solo la presentación de la ejecutoria recaída. Sexta. Las inscripciones de venta de bienes sujetos á condiciones rescisorias ó resolutorias, y las de constitución de derechos reales impuestos
Página 186 - tomado, propondrá en terna las personas entre las que se haya de elegir un suplente, expresando las condiciones que determinen su capacidad legal y la respectiva preferencia entre los propuestos. Esta propuesta la elevará al presidente de la Audiencia por conducto del juez de primera instancia del distrito, el cual la acompañará con su informe.
Página 232 - y fecha de su inscripción. 2.° De los nombres y apellidos, naturaleza, estado, profesión ú oficio, y domicilio de los padres y de los abuelos paternos y maternos, si son legalmente conocidos. 3.° Si los contrayentes son hijos legítimos ó ilegítimos; pero sin expresar otra clase de ilegitimidad que la de si son hijos

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