Cuestion de límites entre Bolivia y el Peru: breve exposición de los antecedentes y del estado actual del litigio

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Imprenta y Litografia Boliviana, 1897 - 116 páginas
 

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Pasajes populares

Página 53 - Las altas partes contratantes se unen y ligan para garantizar mutuamente su independencia, su soberanía, y la integridad de sus territorios respectivos, obligándose en los términos del presente tratado a defenderse de toda agresión exterior, bien sea de otro u otros estados independientes, o de fuerza sin bandera que no obedezcan a ningún poder reconocido.
Página 65 - Marañón abajo hasta las fronteras de las colonias Portuguesas, sino también por todos los demás ríos que entran al mismo Marañón por sus márgenes septentrional y meridional...
Página 77 - En la ciudad de la Plata, de la Nueva Toledo, provincia de los Charcas, en el Perú, resida...
Página 77 - Humasuyo ; desde Atuncana, por el camino de Arequipa, hacia la parte de los Charcas inclusive, con las provincias de Sangabana, Carabaya, Luries \' Dieguitas, Moyos y Chunchos y Santa Cruz de la Sierra, partiendo términos: por el Septentrión, con la Real Audiencia de Lima y provincias no descubiertas ; por el Mediodía, con la Real Audiencia de Chile, y por el Levante y Poniente, con los dos mares del Norte y del Sur, y línea de la demarcación entre las coronas de los Reinos de Castilla y Portugal,...
Página 31 - Tratado, o por cualquier otro motivo, no se decidirán jamás por la fuerza armada. Declaran : que la guerra no será el medio de hacerse recíproca justicia, ni de obligarse al cumplimiento de este Tratado, ni de los que en adelante se celebren...
Página 31 - ... nombrando dentro del término que de común acuerdo se designe, después del canje de las ratificaciones del presente tratado, una Comisión mixta que levante la carta topográfica de las fronteras y verifique la demarcación con arreglo á los datos é instrucciones que se darán oportunamente por ambas partes y cuyos trabajos se tendrán presentes para un tratado de límites que será después prontamente celebrado".
Página 56 - D. Juan C. Carrillo, Ministro de Relaciones Exteriores, los cuales, después de haber cangeado sus plenos poderes y de haberlos encontrado en buena y debida forma, han acordado y- convenido en los siguientes artículos: Art.
Página 83 - Cabeceras, para que las jurisdicciones se contengan en ellos, y nuestros Ministros administren justicia sin exceder de lo que les toca: Ordenamos y mandamos a los Virreyes, Audiencias, Gobernadores, Corregidores y Alcaldes mayores, que guarden y observen los límites de sus jurisdicciones, según les estuvieren señalados por leyes de este libro, títulos de sus oficios, provisiones del Gobierno superior de las Provincias, o por uso y costumbre legítimamente introducidos...
Página 30 - Quedan relegados a perpetuo olvido los agravios que se hayan inferido ambos países, declarándose satisfechos con las explicaciones recíprocas que se han dado los Plenipotenciarios a nombre de sus respectivos Gobiernos.
Página 96 - ... ordenamos y mandamos a los virreyes, audiencias, gobernadores, corregidores y alcaldes mayores que guarden y observen los límites de sus jurisdicciones, según les estuvieren señalados por leyes de este libro, títulos de sus oficios, provisiones del gobierno superior de las provincias, o por uso y costumbre legítimamente introducidos...

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