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Merced á Juan Muñoz Bejarano, de una estancia en el pago de la Magdalena, en 29 de Agosto de 1635.

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(Fol. 415 de la Compilacion Orijinal.)

PETICION" Juan Muñoz Bejarano, Teniente de una de las compañias de caballos de la guarda deste Puerto y Provincia, hijo lejítimo del Capitan Alonzo Muñoz Bejarano, poblador y "conquistador destas Provincias, digo: Que no tengo merced ninguna de tierras para me poder "sustentar, ni el dicho mi padre tiene mas de una estancia, y tiene tres hijos y dos hijas para ella, por lo que suplico á V. S., que en consideracion de los servicios de mi padre y mios, sea servido, en nombre de S. M., de hacerme merced de una estancia, con sus cabezadas, vaca y despoblada, que está á diez leguas poco mas o menos desta Ciudad, de la otra parte del Rio de Santiago, hasta llegar á lindar con la estancia del dicho mi padre, que es camino del Tuvicha"miní, que en todo recibiré merced de V. S., &a.-Juan Muñoz Bejarano.

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AUTO- En la Ciudad de la Trinidad, Puerto de Buenos Aires, en veinte y nueve dias del mes "de Agosto de mil y seiscientos y treinta y cinco años, ante el Señor Don Pedro Estevan Dávila, "Maestro de Campo, Gobernador y Capitan Jeneral y Justicia Mayor destas Provincias del Rio de la Plata, por el Rey Nuestro Señor, se presentó esta peticion-Habiéndola visto S. S., dijo: Que en "nombre de S. M., hacia é hizo merced al dicho Juan Muñoz Bejarano, atento á los servicios de su padre y suyos, de la estancia que pide, con una y media legua de frente, y legua y media de largo, la tierra adentro, por el rumbo que está señalado por el fundador, con sus cabezadas; atento a "estar vaca y despoblada, como dice, y no se le habiendo hecho otra merced, porque teniendola, "no se les hace desta, está á diez leguas poco mas o menos desta dicha Ciudad, de la otra banda "del Rio de Santiago, y por la otra con estancia del dicho su padre, para ganados mayores y menores, y sementeras y lo demas que le pareciere, con sus aguadas, pastos, montes, cazaderos y "pezcaderos, para él y sus herederos, y quién del hubiere causa, pagando la media anata, con"forme al Real arancel; y habiéndolo hecho, se le despache título, para que cualesquier justicias "le den la posesion della, sin perjuicio de tercero que mejor derecho tenga, y así lo proveyó y firmó-DON PEDRO ESTEVAN DAVILA-Ante mí, Alonso Agreda de Vergara, Escribano Mayor "de Gobernacion."

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NOTA- Dióse el título desta merced por duplicado, que queda en mi oficio en el cua“derno dellos, atento á haber pagado la media anata, como consta por certificacion de los Oficiales Reales-Alonso Agreda de Vergara.

Merced de tierra en Areco y una cuadra en esta Ciudad, á favor del Maestre de Campo Don Rodrigo Ponce de Leon, fecha á 9 de Octubre de 1635.

(Fol. 417 de la Compilacion Orijinal.)

PETICION" El Maese de Campo, D. Rodrigo Ponce de Leon, digo: Que en todo el tiempo que he asistido en esta Ciudad y Provincía y otras, he acudido á servir á S. M., con mi persona, armas y caballos, á mi costa, sin sueldo, sin salario, ni remuneracion alguna, á imita"cion de los mui calificados servicios que han hecho en ella, mi padre, abuelo, y bisabuelo el "Gobernador Domingo Martinez de Irala, fundador de la Ciudad de la Asuncion y otras, cabeza "dellas y desta, como es público y notorio, y no han sido remunerados; y para poderme sustentar y continuar los dichos servicios, tengo necesidad de poblar una estancia de ganados mayores y menores, y hacer otras labores; y tengo noticia que un pedazo de tierra que está sobre el rio de Areco, desta banda, está vaca, desierta y despoblada, la cual es desde la que llaman la punta de los Sauces, rio abajo, una legua, que por la otra banda del dicho rio, linda con Juan Garcia Scñero y Garcia Dotor, con otra legua de tierra, desde la dicha punta de los Sau

"ces rio arriba, hácia el camino de Córdoba, á dos leguas la tierra adentro, y una cuadra de tierra

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que se le dió en el repartimiento dellas al Capitan Diego Ponce de Leon, mi tio, como á pobla"dor, bácia la parte del Riachuelo de los Navios, como constará en el Registro dellas, de las cua"les tengo necesidad se me haga merced.-A V. S. pido y suplico, como Gobernador y Capitan Jeneral destas Provincias, se me haga merced de las dichas tirras, despachándome título dellas en forma, que en ello recibiré bien y merced con justicia que pido-Don Rodrigo Ponce "de Leon."

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AUTO- En la Ciudad de la Trinidad, Puerto de Buenos Aires, en nueve dias del mes de "Octubre de mil y seiscientos y treinta y cinco años, ante el Señor Don Pedro Es evan Dávila, Maestro de Campo, Caballero de la Orden de Santiago, Gobernador y Capitan Jeneral, Justicia Mayor destas Provincias del Rio de la Plata, por S. M., se presentó esta peticion-Su Señoría, habiéndola visto, dijo: que hacia y hizo merced en nombre de S. M., al dicho D. Rodrigo Ponce de Leon, del pedazo de tierra que dice en su peticion que está sobre el rio de Arcco, "desta banda, por vaca, que empieza desde la punta que llaman de los Sauces, rio abajo, una legua, que por la otra banda del dicho Rio linda con Juan Garcia Señero y Garcia Dotor, con otra legua de tierra desde la dicha punta de los Sauces, rio arriba, hácia el camino de Córdoba, "dos leguas la tierra adentro; y así mismo de la cuadra que se dió y repartió al Capitan Diego Pon"ce, su tio, como á poblador, hácia la parte del Riachuelo de los Navios, como si estuviese en la reparticion de la ciudad, y la dicha estancia le dá para ganados mayores y menores, sementeras y lo demas que le pareciere, para él y sus herederos, con sus montes, aguadas, pescaderos y cazaderos, pastos y lo que le perteneciere, y se le despache título dello en forma, habiendo pagado primero la media anata conforme al arancel Real; y así lo proveyó y firmó-DON PEDRO ESTE"VAN DAVILA-Ante mí, Alonso Agreda de Vergara, Escribano Mayor de Gobernacion.

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NOTA-Dióse el título y quedó otro en el Rejistro dellos.—(Rúbrica del Escribano.)

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Merced de tierras en el Rio de Areco, á favor de Antonio Gomez de Saravia, hecha en 10 de Octubre de 1635.

(Fol. 418 de la Compilacion Orijinal).

PETICION" El Alferez Antonio Gomez de Saravia, vecino desta Ciudad, digo: que yo, "á imitacion de mi aguelo y padre, desde que pude menixar las armas, he servido á S. M. con ellas y mi persona, á mi costa y sin salario alguno, en todas las ocasiones que se han ofrecido del real servicio en esta Ciudad y sus términos, como es público y notorio, que por serlo me "relieva de prucha, y el dia de hoy soy Alferez de la compañía del Capitan Diego Ruiz de Ocaña, uno de los cuatro nombrados de la jente de á caballo, tijeras lanzas, para la buena guardia desta "ciudad, sustentando mis caballos y armas para cualquier acontecimiento del real servicio, sirviendo el dicho oficio sin sueldo, y estoy pobre, y para poderme sustentar y continuar los dichos servicios como leal vasallo que soy de S. M., tengo necesidad de que V. S. me haga merced de un pedazo de tierras para estancia de ganados y otras labores, que están vacas, desiertas y despobladas en el rio de Arcco, que han de empezar á correr rio abajo desde la liade de las tierras "de Garcia Hernandez, tomando por frente el rio abajo, hasta una legua, y conforme es la frente tierra adentro legua y media, y desta banda del rio una legua, para que en ella pucble mi es"tancia de ganados mayores y menores, y hacer otras labores y edificios--A V. S. pido y suplico, que como Goberuador y Capitan Jeneral que es destas Provincias, en su real nombre, me haga la dicha merced, despachándome titulo en forma, como es costumbre, que en ello recibiré "bien y merced, con justicia que pido, &a.,-Antonio Gomez de Saravia.'

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AUTO- En la Ciudad de la Trinidad, en diez dias del mes de Oclubre de mil y seiscientos "y treinta y cinco años, ante el Señor Don Pedro Estevan Dávila, Caballero de la Orden de San"tiago, Gobernador y Capitan Jeneral destas Provincias del Rio de ia Plata, por el Rey Nuestro "Señor, se presentó y leyó esta peticion-Su Señoria habiéndola visto, dijo: que en nombre de S. M. le hacia é hizo merced al dicho Antonio Gomez de Saravia, del pedazo de tierras que

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dice, están vacas y diciertas, para estancia de ganados mayores y menores y otras labores, que es en el rio de Areco, que empiezen á correr rio abajo, desde la linde de las tierras de Garcia "Hernandez, tomando por frente el rio abajo, hasta una legua, y conforme á la dicha frente, tierra adentro legua y media, y desta banda del rio una legua, y conforme lo dice en su peticion, con todos sus pastos, aguadas, montes, cazaderos y pescaderos que le pertenece, atento á sus servicios, de lo cual se le despache título y merced, constando haber pagado la media anata "conforme al real arancel, para que se le dé la posesion por cualquier justicias; la cual le hizo "no estando antes dadas á otra persona, y sin perjuicio de tercero que mejor derecho tenga, y "así lo proveyó y firmó-DON PEDRO ESTEVAN DÁVILA-Ante mí, Alonso Agreda de Vergara, "Escribano Mayor de Gobernacion."

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NOTA- Diósele el título; entregó certificacion de haber pagado la media anata-Rú"brica del Escribano. ́

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Merced de tierras en el pago de la Matanza, á favor de Antonio Gonzales, hecha en 14 de Octubre de 1635.

(Fol. 419 de la Compilacion Orijinal).

PETICION" Antonio Gonzalez, vecino de la Ciudad de la Trinidad, digo: Que yó, ha mas "de treinta y siete años que entré en ella, y me casé con hija de conquistador y poblador, y tengo muchos hijos, y siempre me he ocupado en servir á S. M. en todas las ocasiones que se han "ofrecido de corredurías y centinelas, sirviéndole á mi costa con mis armas y caballos; y porque tengo una chácara en el pago de la Matanza, tres leguas y media de la dicha Ciudad, tengo "necesidad para mis ganados y sementeras, V. S. me haga merced de las cabezadas de la dicha mi chácara que compré á Manuel Rodriguez, junto á ella, que lindan con chácaras del Capitan Diego? Ruiz de la una parte, y de la otra, con la de Juan de Mena, en que entre otras cabezadas "de otra chácara que compré de Bernardina Guerra, que las dichas cabezadas han de ser de las dichas tres chácaras que tengo con la frente dellas, corriendo hacia el rio de las Conchas, á topar con las tierras de Juan Garcia y Capitan Gonzalo de Carbajal y Francisco Rodriguez, por lo "cual-A V. S. pido y suplico, en nombre de S. M., me haga la dicha merced para el efeto que pido, que en ello recibiré bien y sobre todo justicia, &a.-Antonio Gonzales.

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AUTO- Estando en la estancia de Antonio Gonzalez, que es en el pago de la Matanza, jurisdiccion de la Ciudad de la Trinidad, catorce dias del mes de Octubre de mil seiscientos y "treinta y cinco años, el Señor Don Pedro Estevan Dávila, Caballero de la Orden de Santiago, Gobernador y Capitan Jeneral destas Provincias del Rio de la Plata, por el Rey Nuestro Señor, habiendo visto lo pedido por el dicho Antonio Gonzalez, en nombre de S. M. le hacia y hizo "merced de las tres cabezadas de las chácaras que tiene al presente, debajo de los linderos que refiere, corriendo la frente dellas hasta llegar á las tierras de las chácaras del Capitan "Gonzalo de Carbajal, Juan Garcia y Francisco Rodriguez, que son en el pago del rio de las Conchas, "del largo que tuvieren, para su estancia y chácaras y lo demas que le pareciere, para él y "herederos y sucesores, con que antes de agora no se haya hecho merced, y sin perjuicio de tercero, con sus pastos y aguadas, montes, cazaderos y pescaderos que les perteneciere, con que pague lo que debiere de los derechos de la media anata, conforme al arancel real, y se le despache ti"tulo en forma dello, y lo firms-DON PEDRO ESTEVAN DAVILA-Ante mi, Alonso Agreda de Vergara, Escribano Mayor de Gobernacion."

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Despachósele el título y está en el Rejistro dellos, ante mi-(Rúbrica del Es

Merced de tierras al Maese de Campo Don Rodrigo Ponce de Leon, entre el Rio de Areco y Cañada Honda, fecha 24 de Octubre de 1635.

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(Fol. 420 de la Compilacion Orijinal).

PETICION-"El Maese de Campo D. Rodrigo Ponce de Leon, vecino desta Ciudad, como mas haya lugar y á mi derecho convenga, digo: que, como orijinario desta Provincia, siempre, "en las ocasiones que se han ofrecido del real servicio, he acudido con mi persona, armas y ca"ballos á mi costa, sin salario de S. M., y estoy pobre y con obligaciones honradas, y para con"tinuar el real servicio, tengo necesidad de las sobras de las tierras que se dieron sobre el rio de "Areco á Hernandarias de Manzilla, que son ahora mias, y lindan por la parte de arriba con las que se dieron á Juan Pabon, y las dichas sobras son de la otra banda del dicho rio hácia la parte de abajo, entre el dicho rio de Areco y Cañada Honda, con las cabezadas de las dichas tierras, tomando la derecera hácia un paraje que llaman la estancia de Quiteria, las cuales están vacas, desiertas y despobladas, para poner en ellas ganados mayores y menores ó otras labran"zas que me convengan, para lo cual-A V. S. pido y suplico, como Gobernador y Capitan Je"neral que es desta Provincia del Rio de la Plata, me haga merced en nombre de S. M., de las "dichas tierras para el efecto que las pido, y en todo justicia, &a.-Don Rodrigo Ponce de Leon.” AUTO-"En la Ciudad de la Trinidad, en veinte y cuatro dias del mes de Octubre de mil y seiscientos y treinta y cinco años, ante el Señor Don Pedro Estevan Dávila, Maestro de Campo, Caballero de la Orden de Santiago, Gobernador y Capitan Jeneral destas Provincias del Rio de la Plata, por el Rey Nuestro Señor, se presentó esta peticion-Su Señoria habiéndola oido, dijo: que, en nombre de S. M. hacia y hizo merced al Maestro de Campo D. Rodrigo Ponce de "de Leon, de las sobras que se dieron para estancia á Hernandarias de Manzilla, sobre el Rio de Areco, que son del dicho Maestro de Campo, debajo de los linderos contenidos en la peticion, que "las dichas sobras son de la otra banda del dicho rio hacia la parte de abajo, entre el dicho rio y la Cañada Honda, y mas de las cabezadas de las dichas tierras, tomando la derecera hacia un paraje que llaman la estancia de Quiteria, todo por estar dicierto y despoblado, para estancia y sementeras, con sus montes, pastos, aguadas, rios, cazaderos y pescaderos, y lo demas que le pertenece, con que antes de agora no esté hecha merced á otro, y sin perjuicio de tercero, y se le despache titulo, constando haber pagado los derechos de la media anata á S. M. pertenecientes, y constando, manda á su Lugarteniente y Alcaldes Ordinarios, le dén la posesión de lo referido, y así lo proveyó y firmó-DON PEDRO ESTEVAN DÁVILA-Ante mí, Alonso Agreda de Vergara, Escribano Mayor de Gobernacion. "

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NOTA- Despachósele título, y está en el Rejistro dellos, ante mí-(Rúbrica del Escribano),

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Merced de tierras en el pago de la Magdalena, hecha en 7 de Noviembre de 1635, á favor del Licenciado Pablo Francisco.

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(Fol. 421 de la Compilacion Orijinal).

PETICION" El Licenciado Pablo Francisco, vecino desta Ciudad, digo: que ha mas de "veinte y un años que entré en este Puerto, donde me casé y tengo casa y familia, y en todas las "ocasiones que se han ofrecido del real servicio, he acudido con mi persona, armas y caballo á "mi costa, y siempre lo he continuado, y para poderme sustentar, tengo necesidad de un sítio para estancia y chácara, y porque al presente están vacas, yermas y despobladas, las cabezadas "de las estancias que hoy tienen los herederos del Capitan Juan Quintero, difunto, mi suegro, y "las de la estancia de Antonio Gutierrez Barragan, que son en el pago de la Magdalena, seis leguas poco mas o menos desta Ciudad, que lindan por la parte de abajo, hacia esta Ciudad, con chácara y estancia de Gerónimo de Benavides y Antonio Marques, y de la de arriba con cabezadas de

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"Antonio de Aspitia, en que al presente está poblado el suso dicho, con la frente que las dichas "dos estancias tienen por el rumbo que corren, y de largo la tierra adentro, legua y media, con todas sus aguadas, pastos, montes, cazaderos y lo demas á ellas pertenecientes, para poblar estan"cia de ganados mayores y menores y hacer sementeras, pues soy persona benemérita, por lo cual-A V. S. pido y suplico, en nombre de S. M., me haga merced de lo referido en esta peticion, que en ello recibiré merced, y para ello, &a.-El Licenciado, Pablo Francisco."

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AUTO-En la Ciudad de la Trinidad, Puerto de Buenos Aires, en siete dias del mes de No"viembre de mil y seiscientos y treinta y cinco años, ante el Señor Don Pedro Estevan Dávila, Maestro de Campo, Caballero de la Orden de Santiago, Gobernador y Capitan Jeneral, Justicia Mayor destas Provincias del Rio de la Plata, por el Rey Nuestro Señor, se presentó y leyó esta peticion-Su Señoría, habiéndola oído, dijo que en nombre de S. M. hacia y hizo merced al "dicho Licenciado Pablo Francisco, de las dos suertes de cabezadas que pide en su peticion, de las estancias de Antonio Gutierrez Barragan y Juan Quintero, su suegro, debajo de los linderos en ella referidos, con sus pastos, aguadas, montes, cazaderos y lo demas que le pertenece, para es“tancia de ganados mayores y menores y sementeras, y lo demas que le pareciere, para que las pueble conforme á ordenanzas y Cédulas de S. M., para él y sus herederos, y para quien su causa hubiere, con que antes que se le entregue el título y merced conste haber pagado los derechos de la media anata en la Real Caja, la cual dicha merced le hizo sin perjuicio de tercero que mejor derecho tenga, y mandó que la Justicia Mayor y Alcaldes Ordinarios desta Ciudad, le dén la posesion dellas, y se le despache título en la forma acostumbrada, y así lo proveyó y firmó— DON PEDRO ESTEVAN DAVILA-Ante mi, Alonso Agreda de Vergara, Escribano Mayor de Gobernacion."

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NOTA-" Despachóscle el título, y está en el Rejistro dellos-(Rúbrica del Escribano).

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Merced de tierras en el Rio de Lujan, á favor de Juan de Vergara, fecha 10 de Diciembre de 1635.

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(Fol. 100 de la Compilacion Orijinal).

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PETICION Juan de Vergara, vecino y Rejidor perpétuo en esta Ciudad y Puerto de Buenos Aires, digo: que de mas de treinta y dos años á esta parte estoy avecindado con mi casa y familia, y como tal vecino, todo este tiempo he sustentado armas y caballo, y con ellas mi persona, he acudido y acudo en todas las ocasiones que se han ofrecido y ofrecen al servicio de S. M., por mandado de V. S. y de los Señores Gobernadores sus predecesores, y siempre les he acompañado en las visitas que han hecho de la provincia y sus reducciones y distrito hasta la Ciudad del Rio Bermejo, que dista deste Puerto mas de doscientas leguas, especialmente á los Señores Gobernadores Hernandarias de Saavedra y Don Diego de Góngora, "y así mismo me he ocupado en cargos y oficios de la administracion de la Real Justicia, haciendo oficios de Teniente de Gobernador, Justicia Mayor en esta Ciudad, todo á mi costa v mincion, sin haber tenido ninguna ayuda de costa, y de los dichos oficios que así he usado "dado buena cuenta, y en la residencia he sido dado por libre, como todo consta destos autos y testimonios de que hago demostracion con el juramento y solemnidad necesario; y porque no tengo tierras para estancias de ganados, atento que tengo noticia que todas las cabezadas de "las estancias del Rio de Lujan, desde la del Arbol Solo, que fué de Miguel de Revadeneira v "de Pedro de la Poveda, y la de Bartolomé Lopez, y Cristóval de Luque, y Amador Vaez de "Alpoin, y Bernardo Pereyra, que es la última, están vacas, y las que entre ellas están, desde "la del dicho Arbol Solo hasta la del dicho Bernardo Pereyra, de la una banda, y de la otra, del "dicho rio-A V. S. pido y suplico se me haga merced, en nombre de S. M., de todas las cabeza"das de las dichas estancias pobladas y despobladas que hubieren y estuvieren desde la del dicho Arbol Solo, hasta la estancia del dicho Bernardo Pereyra, y de las sobras que entre las di"chas estancias hubiere. vacas, para poner mis ganados mayores y menores, segun y como corren las dichas suertes, que en ello recibiré merced; pido justicia, &a.-Joan de Vergara. AUTO- En la Ciudad de la Trinidad, Puerto de Buenos Aires, en diez de Diciembre de

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