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Manifestacion de unas casas, Antonio de Rocha Bautista en nombre de Maria Barbosa, mujer de Pedro Toscano, que es su cuñada.

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(Fol. 80 de la Compilacion Orijinal.)

V

"En la Ciudad de la Trinidad, en nueve dias del mes de Octubre de mil y seiscientos treinta y cinco años, ante el Señor Don Pedro Estevan Dávila, Caballero de la Orden de Santiago, Gobernador y Capitan Jeneral destas Provincias del Rio de la Plata, por el Rey Nuestro Señor, pareció Antonio de Rocha Bautista, en nombre de Maria Barbosa, su cuñada, mujer de "Pedro Toscano, y en virtud del bando, para manifestar las tierras y solares, presentó la escritura siguiente:

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Dos aposentos-"Una escritura de venta otorgada á Dominga Barbosa, mujer de Mendo Alvarez, por Julian Mizel, vecino desta ciudad, dos aposentos y tiendas en ella, que linda por "una parte con casas de Bernardo Pecador y por detras las de Pedro de Izarra, los cuales dichos dos aposentos están juntos y linda por una parte con casas del dicho Pecador, en que vive al presente el Capitan Simon de Valdez, y por la otra, con otros cinco aposentos y tiendas de las "casas del dicho Julian Mizel, que cada uno tiene de largo de veinte y siete á veinte y ocho piés, * y de ancho diez y ocho, y mas un pedazo de tierra para corral, como dicen, los dichos dos aposentos, que son otras cincuenta y seis ó cincuenta y siete piés de ancho, yendo corriendo hasta embarejar con la tapia de la casa vieja que tiene el dicho Julian Mizel á las espaldas de las dichas tiendas de la otra calle, poco ó mucho, lo que alcanzare; como parece por la dicha cartade ven"ta que le otorgó ante Cristóval Remoa, Escribano público y Cabildo que fué desta dicha ciudad, en once de Junio de mil y seiscientos y diez, que está signada y autorizada de Pablo Nuñez, escribano público y Cabildo.-El dicho Antonio de Rocha dijo pertenecer á la dicha Maria Barbosa, por habersela dado en dote la dicha Dominga Barbosa, su madre, al tiempo y cuando se casó; "y vista por el dicho Señor Gobernador la hubo por manifestada, para que goce della y quien su derecho y causa hubiere, y se ponga la razon deste rejistro al pié de la dicha escritura, y se le vuelva orijinal; y lo firmó-DON PEDRO ESTEVAN DÁVILA-Ante mí, Alonso Agreda de Vergara, Escribano Mayor de Gobernacion."

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NOTA Derechos, cuatro reales."

Manifestacion que hace Antonio de Rocha Lobo, morador en esta Ciudad de la Trinidad, del título y escritura de tierras.

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(Fol. 81 de la Compilacion Orijinal.)

"En la ciudad de la Trinidad, puerto de Buenos Aires, en nueve de Octubre de mil y seis"cientos y treinta y cinco años, ante el Señor Don Pedro Estevan Dávila, Caballero de la Orden de Santiago, Gobernador y Capitan Jeneral destas Provincias del Rio de la Plata, por S. M., pareció Antonio de Rocha Lobo, morador en esta dicha ciudad, y en virtud del bando pregona"do para manifestar las tierras que tienen todos los vecinos, lo hizo de los títulos siguientes:

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Cañada de Juan Ruiz-“ Un título y merced hecho por Su Señoría, que está firmado de su nombre y de Pablo Nuñez, Escribano público y Cabildo, en diez y seis de Noviembre del año de mil y seiscientos y treinta y dos á Joan Lopez Alcoholado, vecino desta ciudad, de un pedazo de tierras yelmas y despobladas, cuatro leguas desta ciudad, en la Cañada que llaman de Juan "Ruiz, tierra dentro, que tuviese por frente las tierras del dicho Juan Ruiz media legua, y de largo tierra adentro legua y media, para labranza y cria de ganados mayores y menores, como del dicho título consta, y al pié dél está mandado por el Capitan Sebastian de Horduña le meta en la posesion Nuño Fernandez, á quien dió comision en trece de Enero del año pasado de mil y seiscientos y treinta y tres años, ante el dicho Paulo Nuñez, y por él consta no haberla tomado, y el

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"dicho Juan Lopez Alcoholado hizo venta de las dichas tierras al dicho Antonio Lobo y Gerónimo "de Melo Cutiño, hijo del dicho Juan Lopez, en veinte y seis de Diciembre del dicho año pasado "de mil y seiscientos y treinta y tres, ante Pablo Nuñez, Escribano público y Cabildo, que está signada y autorizada dél, como della consta, á que me refiero, que le volví á entregar los dichos "recandos y títulos.

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Y visto por Su Señoria, como puede y ha lugar de derecho, la aprobó y confirmó la di"cha merced al dicho Antonio de Rocha en virtud de la dicha venta presentada, para que goce "della y sus herederos y quien su causa y derecho hubiere, y mandó se ponga al pié la razon "deste rejistro, y se le vuelva orijinal; y lo firmó-DON PEDRO ESTEVAN DAVILA-Ante mí, Alonso Agreda de Vergara, Escribano Mayor de Gobernacion.

NOTA-" Derechos, cuatro reales, "

Manifestacion de tierras que hace Francisco de Rivadeneyra, de las tierras y cabezadas que tiene.

(Fol. 82 de la Compilacion Orijinal,)

"En la Ciudad de la Trinidad, en diez dias del mes de Ociubre de mil y seiscientos J treinta cinco años, ante el Señor Don Pedro Estevan Dávila, Caballero de la Orden de Santiago, "Gobernador y Capitan Jeneral destas Provincias del Rio de la Plata, por S. M., pareció Fran"cisco de Rivadeneyra, vecino desta dicha ciudad, y en virtud del bando pregonado en ella para la manifestacion de las tierras, presentó los títulos siguientes:

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Cabezadas en la Magdalena-" Un título y merced hecho al dicho Francisco de Rivadeneyra, por el dicho Señor Gobernador, firmado de su nombre, y Pablo Nuñez, Escribano públi co y Cabildo, fecho en esta ciudad en trece de Agosto del año pasado de mil y seiscientos y "treinta y dos, de las cabezadas de la estancia del Gato, que es del Capitan Juan de Vergara, de "media legua de frentada, y legua y media la tierra adentro, y de otro tanto de las cabezadas de "la estancia que fué de Juan Dominguez Palermo, lo cual le señaló para estancia y sementeras, "con que antes desta merced no esten dadas, y S. S. mandó en la dicha merced que, midiéndose las tierras del Capitan Juan de Vergara por el medidor recebido por el Cabildo, con citacion "de los interesados, enterado en ellas, en las que hubiere vacas, se le hacia la dicha merced, y y al pié del dicho título está una posesion que Antonio de Aspitia dió al dicho Francisco de Rivadeneyra, en virtud de una comision del Jeneral Sebastian de Orduña, de las cabezadas de la "estancia de Juan Dominguez Palermo, como todo consta del dicho título, á que me refiero

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Solar-"Item, una escritura de venta, otorgada por Francisco Gimenez, vecino desta "ciudad, á Francisco de Rivadeneira, de un solar que dice tiene en esta dicha ciudad, en cuarta "cuarta cuadra de la plaza para abajo, y en cuadra en que tiene solares su hermano Andrés Gi"menez y Juan de Matias Balcazar, su cuñado, y linda, calle en medio, con solares de Don Juan "de Garay y Antonio Gutierrez Barragan, que dice lo hubo y heredó de su padre Andrés Gimenez, como consta por la dicha escritura que otorgaron ante Pablo Nuñez, Escribano público y Cabildo, en diez de Junio deste presente año de seiscientos y treinta y cinco, signada y firmada del dicho Escribano; á que me refiero.

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"El Señor Gobernador lo hubo por manifestado, y mandó use de los dichos titulos, el "dicho Francisco de Rivadeneyra, como en ellos se contiene, y se ponga la razon al pié dellos, desta manifestacion, para que dello conste, y se le vuelvan orijinales; y lo firmó-DON PEDRO * ESTEVAN DÁVILA-Ante mí, Alonso Agreda de Vergara, Escribano Mayor de Gobernacion." NOTA- Sin derechos."

Manifestacion que hace Luis de Villegas de las tierras y estancias que tiene.

(Fol. 83 de la Compilacion Orijinal).

"En la ciudad de la Trinidad, en diez y nueve de Octubre de mil y seiscientos y treinta "y cinco años, ante el Señor Don Pedro Estevan Dávila, Caballero de la Orden de Santiago, "Gobernador y Capitan Jeneral destas Provincias del Rio de la Plata, por S. M., pareció Luis "de Villegas, Mayordomo de la Santa Iglesia desta ciudad, y en virtud del bando pregonado para "la manifestacion de tierras y cuadras, lo hizo de los títulos siguientes:

Conchas-"Primeramente, una escritura otorgada por Juan Dominguez Palermo al dicho "Luis de Villegas, ante Pablo Nuñez, Escribano Público y Cabildo, en veinte y ocho de Noviem"bre del año pasado de mil y seiscientos y treinta y cuatro, de una estancia que le dió en "trueque y cambio Miguel del Corro, por otra que le dió el dicho Palermo, que es de mil y "quinientas varas de frente, y de largo legua y media como las demas estancias, y lindaban con "tierras del Capitan D. Gonzalo Martel de Guzman y con Gerónimo Perez, y de las dichas mil y "quinientas varas de frente, dice en la escritura, Palermo dió las quinientas varas á su hija Da. "Isabel, que hoy las posee Gonzalo de Acosta, y otras quinientas vendió al Capitan Pedro San"ches Garzon, vecino desta ciudad, y le han quedado hoy otras quinientas varas que son las que "vendió al dicho Luis de Villegas, como consta de la dicha escritura, que está signada y fir"mada del dicho Paulo Nuñez, Escribano, á que me refiero

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Conchas "Item, otra escritura de venta otorgada por Juan Ramos, morador en esta ciudad, al dicho Luis de Villegas ante Pablo Nuñez, Escribano público, en cinco de Julio deste presente año, de un pedazo de una chácara que hubo y heredó de su padre Sebastian Ramos, difunto, en el pago de las Conchas, que le cupo por la particion que se hizo, en que hay plantada "alboleda, que á lo que le parece serán ducientos pasos de frente con lo que coje de largo la "dicha albolęda y sausal della, que linda por la parte de afuera con lo que le cupo de parte á "Luisa de los Santos, mujer de Bernardo Pereira, y por la parte de adentro con lo que toca á su hermano Antonio Ramos, como consta por la dicha escritura á que me refiero, que está "signada y firmada del dicho escribano

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Conchas- Item, otra escritura de venta otorgada al dicho Luis de Villegas, por Bernar"do Pereira y Luisa de los Santos, su mujer, ante el dicho Pablo Nuñez, Escribano público y "Cabildo, en veinte y seis dias del mes de Agosto del presente año de seiscientos y treinta y cinco, de un pedazo de tierra que hubo y heredó la dicha Luisa de los Santos de Sebastian Ramos, su padre, difunto, entre los demas sus hermanos, en la chácara que tenia en el Rio de "las Conchas, en que hay al presente plantada alboleda de castilla y sausal, y serán como cuatro "cuadras de tierra, poco mas o menos, que linda por una parte con lo que le cupo á Juan Ramos, su hermano, y por la otra con lo que toca á su hermano Antonio Ramos, como consta por la escritura de venta signada y firmada del dicho Escribano á que me refiero, que se las entregué orijinales.

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"Y visto por el Señor Gobernador las dichas escrituras, mandó use de los dichos títulos "al dicho Luis de Villegas y quien su causa oviere, como en ellos se contiene, y que se ponga "la razon deste Rejistro al pié dellos, para que dellos conste, y se le vuelvan orijinales; y lo "firmó-DON PEDRO ESTEVAN DAVILA-Ante mi, Alonso Agreda de Vergara, Escribano Mayor "de Gobernacion."

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Manifestacion de las cuadras y tierras que hace el Maestro de Campo

Don Rodrigo Ponce de Leon,

(Fol. 85 de la Compilacion Orijinal).

"En la Ciudad de la Trinidad, en diez y nueve dias del mes de Octubre de mil y seiscientos y treinta y cinco años, ante el Señor Don Pedro Estevan Dávila, Caballero de la Orden de Santiago, Gobernador y Capitan Jeneral destas Provincias del Rio de la Plata, por el Rey Nues"tro Señor, pareció el Maestro de Campo Don Rodrigo Ponce de Leon, vecino desta dicha ciudad, " y en virtud del bando pregonado en ella para la manifestacion de tierras y cuadras, lo hizo de los títulos siguientes:

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Cuadra-" Item, una venta real, otorgada por Melchor Casco de Mendoza á Gerónimo Lopez, "residente en esta ciudad, vecino de la de Jerez, de una cuadra que tiene en la traza desta dicha ciudad, que linda con cuadra del Capitan Victor Casco, su padre, por la parte de arriba del "Riachuelo de los navios, y en los demas linderos se remitió á lo rejistrado y repartido ante Mateo Sanchez, Escribano público y Cabildo, que fué desta dicha ciudad, que la dicha venta se otorgó ante Juan de Montenegro, Escribano público y Cabildo, que fué desta dicha ciudad, en trece dias del mes de Enero de mil y seiscientos y diez años, que está firmada del dicho Escríbano, "como por ella parece, á que me refiero, que se la volvií á entregar

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Cuadras Item, otra escritura de donacion, hecha por Luis de Navarrete, vecino de la "ciudad de Córdoba, Gobernacion de Tucuman, al Capitan Don Rodrigo Ponce de Leon, de tres "cuadras que le hizo merced el Gobernador Hernandarias de Saavedra, en la traza desta dicha ciudad, y las dió y repartió el Capitan Francisco de Salas, Teniente de Gobernador desta ciu"dad, dos cuadras á Juan Jácome Ferruffino, y otra á Antonio de Lisboa, y por despobladas le "hizo merced al dicho Luis de Navarrete, el dicho Gobernador, debajo de los linderos que tienen, "con todo lo que les pertenece, como consta por la dicha escritura que otorgó ante el dicho Pablo Nuñez, Escribano público y Cabildo, en veinte y tres de Setiembre del año del mil y seiscientos y treinta y tres, firmada y signada del dicho Escribano, á que me refiero, que le volví orijinal

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Rio de Areco-" Item, un título y merced hecha á Hernandarias de Mansilla, por el Goberna"dor Don Francisco de Céspedes, firmado de su nombre y sellado con el sello de sus armas, refren"dado de mi el presente Escribano, de un pedazo de tierras despobladas en el Rio de Areco, que "ha de comenzar á correr desde las tierras que se le hizo merced á Juan Pabon, en veinte y cua"tro de Setiembre de seiscientos y veinte y nueve, desta banda del Rio, hasta donde estu"vieren vacas, y de la otra banda del Rio, conforme corren las dichas tierras, legua y media "de largo, para estancia de ganados mayores y menores, y hacer otras labores, rio abajo "desta banda, una legua de frente, y de la otra banda del rio tierra adentro, legua y media de largo, como por el dicho título y merced parece, á que me refiero; y el dicho Her"nandarias de Mansilla otorgó carta de venta de las dichas tierras al Maestro de Campo "Don Rodrigo Ponce de Leon, vecino desta dicha ciudad, ante Pablo Nuñez, Escribano público y Cabildo della, en veinte y uno de Octubre deste presente año, que está signada y autorizada del dicho Escribano; que los dichos títulos y venta volví al dicho Maestro de Campo.

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"Y vista por S. S. como puede y ha lugar de derecho, los hubo por presentados, y los aprobó, para que use dellos del dicho Maestro de Campo Don Rodrigo Ponce de Leon, y quien "del oviere causa, y se le vuelvan orijinales, poniendo al pié dellos la razon deste Rejistro ma"nifiesto; y así lo proveyó y firmó-DON PEDRO ESTEVAN DAVILA-Ante mi, Alonso Agreda de Vergara, Escribano Mayor de Gobernacion."

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NOTA "Derechos, cuatro reales."

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Manifestacion que hace Mateo Gatica de Castillejo, vecino desta ciudad de la Trinidad.

(Fol. 87 de la Compilacion Orijinal).

"En la ciudad de la Trinidad, en veinte dias del mes de Octubre de mil y seiscientos y treinta y cinco años, ante el Señor Don Pedro Estevan Dávila, Caballero de la Orden de Santiago, Gobernador y Capitan Jeneral, Justicia Mayor destas provincias del Rio de la Plata, "por el Rey Nuestro Señor, pareció Mateo Gatica de Castillejo, vecino desta dicha ciudad y hizo manifestacion, en virtud del bando de S. S., de un título de todas las tierras, estancias, "cuadras que tiene en término desta dicha ciudad, en la manera siguiente:

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Conchas-Un título y merced, hecha al dicho Mateo Gatica de Castillejo, por el Goberna"dor Don Francisco de Céspedes, firmada de su nombre, sellada con el sello de sus armas, refren"dada de mi el presente escribano, fecho en esta ciudad en veinte y nueve dias del mes de Agosto "del año pasado de seiscientos y veinte y nueve, y se amparó en todas las tierras, suertes y chacaras que tiene en propiedad y está poblado en el pago de las Conchas; y le hizo merced de nuevo de "las tierras que están en medio de las dichas suertes que fueron de Bartolomé Ramirez, que lindan todas las dichas suertes con tierras y chácara de Pedro de Frias y Blas Gomez, y con las cabezadas y tierras que dentro la tierra adentro corrieren vacas, de frente una legua, con lo que "corriere de largo hasta confinar con lo que antes estuviere dado―

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Cuadras Con mas las cuadras que fueron repartidas y hecha merced al dicho Bartolomé "Ramirez, conforme á la traza y padron desta ciudad

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Pago de la Magdalena-Y así mismo le amparó el dicho Gobernador Don Francisco de Céspedes en la estancia que compró de Pedro de Paiba, por deuda que le debia su suegro Miguel del Corro, á quien le fué hecha merced, por venta que le otorgo ante Hernandarias de Mansilla, Escribano público y Cabildo que fué desta dicha ciudad, y mas le hizo merced de las "cabezadas de la tierra vaca que corre en la tierra adentro, de frente dos leguas, y de largo siete leguas, en su rumbo y derecera; y mas le hizo merced de la otra estancia contenida en el títu"lo que presentó ante el dicho Gobernador Don Francisco de Céspedes, por despoblada, que la dejó vaca Bartolomé de Angulo, con las cabezadas della, de tierra vaca, la tierra adentro, de largo siete leguas, y frente y ancho dos leguas, corriendo á la banda del Sur á Tubichaminí, "conforme su rumbo, por no haber sido poblada, que las dichas estancias son entre el Pato y "el Gato, á la banda del Sur, como constaba por el Rejistro de las estancias, hácia Tubichamini, "que lindan con el Capitan Francisco Muñoz

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Riachuelo de los Narios Y así mismo le hizo merced el dicho Gobernador Don Fran"cisco de Céspedes, en el dicho título, de unas tierras despobladas, que Salvador Gonzalez Bar"reto, ó su entenado Juan de Ojeda, se le dieron desta banda del Riachuelo de los Navios, de "frente setecientas varas, y de largo dos leguas la tierra adentro, que linda con Juan Quintero, al paso, por ser muerto, y quedaron despobladas, como dice dijo en su peticion que presentó, y le amparó y hizo merced de nuevo, y prefirió en la antigüedad, como todo lo suso dicho consta y parece por el dicho título y merced, á que me refiero, y cons a por él tener tomada posesion judicial de las estancias y cabezadas de Tubichaminí, y de las setecientas varas en el Riachuelo de los Navios, que le volvi orijinal todos los dichos recados.

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"Y visto por Su Señoría, como ha lugar de derecho, amparó en todo lo referido al dicho Mateo Gatica de Castillejo, para que lo goce conforme las dichas mercedes, y quien su causa oviere, y se le vuelva el dicho título y recados, poniendo al pié dellos esta manifestacion, para que conste; y así lo proveyó y firmó-DON PEDRO ESTEVAN DAVILA-Ante mi, Alonso Agredu de Vergara, Escribano Mayor de Gobernacion."

NOTA- Derechos, seis reales."

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