Manual de derecho mercantil mexicano, o sea, El Código de comercio de México puesto en forma de diccionario: con breves notas, adiciones y aclaraciones para facilitar su inteligenciaV. Segura Argüelles, 1854 - 242 páginas |
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... interlocutorias sobre que se re- ciba la causa á prueba , ó sobre la entrega ó comunicacion de au- tos , 1062 : en los juicios ejecutivos tiene lugar la apelacion solo en el efecto devolutivo de la sentencia de remate y demas 6.
... interlocutorias sobre que se re- ciba la causa á prueba , ó sobre la entrega ó comunicacion de au- tos , 1062 : en los juicios ejecutivos tiene lugar la apelacion solo en el efecto devolutivo de la sentencia de remate y demas 6.
Página 10
... entrega de autos en los casos que corresponda se hará por medio de procurador , 1087 : los autos ó espedientes originales no se en- tregarán á los litigantes ; por esto al presentarse cualquiera peti- cion en que deba oirse al contrario ...
... entrega de autos en los casos que corresponda se hará por medio de procurador , 1087 : los autos ó espedientes originales no se en- tregarán á los litigantes ; por esto al presentarse cualquiera peti- cion en que deba oirse al contrario ...
Página 14
... , se procederá contra los efec- tos hasta realizarlos , á solicitud del capitan . Este podrá diferir la entrega de los efectos hasta haberse pagado la contribucion , si el interesado en recibirlos no diese fianza de su valor , 14.
... , se procederá contra los efec- tos hasta realizarlos , á solicitud del capitan . Este podrá diferir la entrega de los efectos hasta haberse pagado la contribucion , si el interesado en recibirlos no diese fianza de su valor , 14.
Página 25
... entrega , con sus marcas y números , ó su cantidad si son de peso ó medida ; y trasladará el asiento al libro de cargamentos , 525 : el capitan es civilmente responsable de los daños que sobrevengan á la nave y su cargamento por su ...
... entrega , con sus marcas y números , ó su cantidad si son de peso ó medida ; y trasladará el asiento al libro de cargamentos , 525 : el capitan es civilmente responsable de los daños que sobrevengan á la nave y su cargamento por su ...
Página 26
... entrega de él en la orilla del mar ó muelle del puerto de la carga , hasta el de la descarga ; salvo lo que es- presamente se haya pactado , ó que quedare por cuenta del carga- dor poner la carga á bordo , ó recibirla del mismo modo ...
... entrega de él en la orilla del mar ó muelle del puerto de la carga , hasta el de la descarga ; salvo lo que es- presamente se haya pactado , ó que quedare por cuenta del carga- dor poner la carga á bordo , ó recibirla del mismo modo ...
Términos y frases comunes
aceptacion acree acreedores ademas administracion administrador aduana alcabala apelacion Arribada forzosa asegurado autos avería buque Calificacion cantidad capitan carga cargador cargamento causa cion clase cobrarán Código comerciantes comisionista comiso comitente comprador conforme consignatario contrato contratos de seguro contratos mercantiles convenio corredores créditos cuenta daños debe declaracion de quiebra decreto demanda demas depósito derecho despues deudor dili docu documentos efectos ejecucion ejecutivo endosantes endoso entrega esceda escepcion esclusivamente espedirá espresa estenderá estranjeros exigir factores fallido fianza firma fletador Fletamento flete gastos giro hiciere hubiere instancia judicial juez juicio legal letras de cambio librador libranzas libros marítimo matrícula mercaderías mercio México ministerio de fomento multa nave naviero negocios obligacion obligaciones pago perjuicio persona plazo podrá podrán póliza portador presentacion presente préstamo prevenido procederá protesto prueba puerto recibo recusacion registro respecto responsabilidad sentencia sentencias interlocutorias sicion síndicos sionista tambien término trasporte tribunal de comercio tribunal mercantil tripulacion usura valor venta
Pasajes populares
Página 64 - Antonio López de Santa Anna, benemérito de la patria, general de división, gran maestre de la nacional y distinguida orden de Guadalupe, caballero gran cruz de la real y distinguida orden española de Carlos III, y presidente de la república mexicana, a los habitantes de ella, sabed: Que en uso de las facultades que la nación se ha servido conferirme, he tenido a bien decretar lo siguiente: Art. 1°.
Página 109 - Igual facultad tienen los dependientes que venden en los almacenes por mayor, siempre que las ventas sean al contado, y el pago se verifique en el mismo almacén ; pero cuando las cobranzas se hacen fuera de éste, ó...
Página 54 - Los libros de comercio que tengan todas las formalidades que van prescritas, y no presenten vicio alguno legal, serán admitidos como medios de prueba en las contestaciones judiciales que ocurran sobre asuntos mercantiles entre comerciantes.
Página 12 - Los gastos de alijo ó trasbordo de una parte del cargamento para aligerar el buque y ponerlo en estado de tomar puerto ó rada con el fin de salvarlo de riesgo de mar ó de enemigos, yel perjuicio que de ello resulte á los efectos alijados ó trasbordados. 6°.
Página 43 - Por tanto, mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Palacio del gobierno nacional en México, á 28 de Agosto de 1854. — Antonio López de Santa-Anua.— Al ministro de hacienda y crédito público.
Página 18 - Si hubiese otorgado, consentido, firmado ó reconocido deudas supuestas; presumiéndose tales, salva la prueba en contrario, todas las que no tengan causa de deber ó valor determinado.
Página 90 - Las mercaderías que el quebrado hubiere comprado al fiado, mientras no se le hubiere hecho la entrega material de ellas en sus almacenes ó en...
Página 54 - ... no podrá aceptar los asientos que le sean favorables y desechar los que le perjudiquen, sino que habiendo adoptado este medio de prueba, estará por las resultas combinadas que presenten todos los asientos relativos al punto cuestionado.
Página 28 - ... y el cambio corriente de la plaza en que se hizo el pago sobre el lugar donde se haga el reembolso.
Página 50 - Cuando entre los géneros averiados se hallen algunas piezas en buen estado y sin defecto alguno, tendrá lugar la disposición anterior con respecto á los deteriorados, y el consignatario recibirá los que estén ilesos, haciéndose esta segregación por piezas distintas y sueltas, y sin que para ello se divida en partes un mismo objeto.