Nuevo Colon: ó sea Tratado del derecho militar de España y sus Indias, Volumen1Estab. Tip. de el Sol, 1871 |
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... mando en la militar en cuyo caso esta podrá publicar el bando que crea convenien- te para reprimir la rebelion dentro de los términos que se le fijan en la men- Art . 9. El destierro , que desde luego puede acordar la autoridad á una ...
... mando en la militar en cuyo caso esta podrá publicar el bando que crea convenien- te para reprimir la rebelion dentro de los términos que se le fijan en la men- Art . 9. El destierro , que desde luego puede acordar la autoridad á una ...
Página 16
... mando por la autoridad civil en la militar , y en los casos á que se contrae el art . 13 de esta ley , quedará declarado en estado de guerra el ter- ritorio de la provincia en que ocurran aquellos sucesos , lo que se hará saber al ...
... mando por la autoridad civil en la militar , y en los casos á que se contrae el art . 13 de esta ley , quedará declarado en estado de guerra el ter- ritorio de la provincia en que ocurran aquellos sucesos , lo que se hará saber al ...
Página 19
... Mando á todos los Tribunales , Justicias , Jefes , Gobernadores y demás Autoridades , así civiles como militares y eclesiásticas de cualquier clase y dignidad , que lo guarden y hagan guardar , cumplir y ejecutar en todas sus partes ...
... Mando á todos los Tribunales , Justicias , Jefes , Gobernadores y demás Autoridades , así civiles como militares y eclesiásticas de cualquier clase y dignidad , que lo guarden y hagan guardar , cumplir y ejecutar en todas sus partes ...
Página 32
... mando . 3. Licencias que pueden conceder . 4. Deben entenderse con los fiscales . blicos que no presiden . 7. Puesto que ocupan los Intendentes en los ac- tos de corte . 8. Ausilio à la jurisdiccion ordinaria . 5. Solo en casos urgentes ...
... mando . 3. Licencias que pueden conceder . 4. Deben entenderse con los fiscales . blicos que no presiden . 7. Puesto que ocupan los Intendentes en los ac- tos de corte . 8. Ausilio à la jurisdiccion ordinaria . 5. Solo en casos urgentes ...
Página 33
... mando en estado de guerra en todo ó en parte cuando se levanten par- tidas armadas ó se declare en rebelion alguna parte de su distrito , dándo- seles para este caso sobre poco mas o menos las mismas facultades de que arriba se ha hecho ...
... mando en estado de guerra en todo ó en parte cuando se levanten par- tidas armadas ó se declare en rebelion alguna parte de su distrito , dándo- seles para este caso sobre poco mas o menos las mismas facultades de que arriba se ha hecho ...
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Términos y frases comunes
13 de Agosto 20 de Mayo 29 de Abril Abril acordada Administracion Almirantazgo Apostadero Armada arreglo Auditor buques Capitanes castrense Ceuta civil COMANDANCIA Comandante conformidad conocimiento y efectos Consejo de guerra consulta corresponde cuerpo dado cuenta debe declaró delitos Departamento derecho despues digo á V. E. disponer disposiciones distrito efectos consiguientes ejército empleo Enterada la Reina escuadra espresado espuesto Excmo expediente fallar la causa Fiscal actuario gefes guarde á V. E. Guardia civil Guerra de Oficiales Guerra dice hoy Guerra y Marina hallen hoy al Capitan individuos indulto Infantería instancia Julio jurisdiccion Juzgado Madrid mando Marzo militar militares Ministerio Ministro lo traslado núm Oficiales generales celebrado órden lo digo pena pension prevenido proceso Real decreto Real órden comunicada referido Regimiento Reglamento Reina Q Reina Q. D. G. resolucion respecto servicio Setiembre Subsecretario sueldo Supremo de Guerra tambien Teniente de navío togado traslado á V. E. Tribunal Supremo tropa Ultramar
Pasajes populares
Página 58 - Por tanto mandamos á todos los tribunales, justicias, jefes, gobernadores y demás autoridades, así civiles como militares y eclesiásticas, de cualquiera clase y dignidad, que guarden y hagan guardar, cumplir y ejecutar la presente ley en todas sus partes. Tendréislo entendido para su cumplimiento, y dispondréis se imprima, publique y circule.
Página 58 - A todos los que la presente vieren y entendieren, sabed: que las Cortes han decretado y Nos sancionado lo siguiente: Artículo 1.°...
Página 40 - De Real orden, comunicada por dicho Sr. Ministro, lo traslado á VE para su conocimiento y efectos consiguientes.
Página 158 - Los cuales, después de haberse comunicado sus plenos poderes y hallándolos en buena y debida forma, han convenido en los artículos siguientes: ARTÍCULO 1.°...
Página 164 - Quienes, después de haberse comunicado sus plenos poderes, hallados en buena y debida forma, han convenido en los artículos siguientes: Artículo 1°.
Página 19 - De acuerdo de las Cortes Constituyentes se comunica al Regente del reino para su promulgación como ley. Palacio de las Cortes 20 de Abril de 1870.— Manuel Ruiz Zorrilla, Presidente.
Página 160 - Los objetos robados ó que se encuentren en poder del condenado ó acusado; los instrumentos ó útiles que hubieren servido para cometer el crimen ó delito, así como cualquiera otra prueba de convicción, serán entregados al mismo tiempo que se efectúe la entrega del individuo detenido, aun en el caso en que, después de concedida la extradición, no pueda verificarse por muerte ó fuga del culpable.
Página 150 - El registro de papeles y efectos se verificará siempre a presencia del interesado o de un individuo de su familia y, en su defecto, de dos testigos vecinos del mismo pueblo. Art. 7. No podrá detenerse ni abrirse por la Autoridad gubernativa la correspondencia confiada al correo.
Página 149 - Toda detención se dejará sin efecto o elevará a prisión dentro de las setenta y dos horas de haber sido entregado el detenido al juez competente. La providencia que se dictare se notificará al interesado dentro del mismo plazo.
Página 149 - Ningún español podrá ser preso sino en virtud de mandamiento de Juez competente. El auto en que se haya dictado el mandamiento se ratificará ó repondrá, oido el presunto reo, dentro de las setenta y dos horas siguientes, al acto de la prisión.