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del caballo. Volviéronle á la ciudad, y con remedios que le hicieron tornó en su juicio; pero no de manera que sanase del todo, ca á tiempo se alteraba. Deste accidente, y de la incapa→ cidad que quedó al Rey por esta causa, resultaron grandes inconvenientes en Francia, por pretender muchos señores deudos del mismo Rey, y de los mas poderosos de aquel reyno, apoderarse del gobierno, quien con buenas, quien con malas mañas. Juan Juvenal obispo de Beauvais refiere que ninguna cosa le daba mas pena, quando el juicio se le remontaba, que oir mentar el nombre de Ingalaterra é Ingleses, y que abomi ! naba de las Cruces roxas, divisa y como blason de aquella na !cion: creo porque á los locos, y á los que sueñan, se les re ✪ presentan con mayor vehemencia las cosas y las personas que en sanidad y despiertos mas amaban ó aborrecian.

Capítulo XVII.

De las treguas que se asentaron entre Castilla y Portugal.

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La porfía y los desgustos de Don Fadrique duque de Bena, vente ponia en cuydado á los de Castilla, en especial á los que asistian al gobierno. Deseaban aplacalle y ganalle, mas hallaban cerrados los caminos. El arzobispo de Toledo, como deseoso del bien comun, sin escusar algun trabaxo se resolvió de ponerse segunda vez en camino para verse con el duque, Confiaba que le doblegaria con su autoridad, y con ofrecelle nuevos y aventajados partidos. Vióse con él por principio del año del Señor de mil y trecientos y noventa y tres. Persuadió- 1393, le se fuese despacio en lo del casamiento de Portugal: que esperase en lo que paraban las treguas, de que con mucho calor se trataba. No pudo acabar que deshiciese el campo, ni que se fuese á la corte: escusábase con los muchos enemigos que tenia en la corte, personages principales y poderosos. Que no se podria asegurar hasta tanto que el Rey saliese de tutela y no se gobernase al antojo de los que tenian el gobierno ademas que no estaria bien á persona de sus prendas andar en la corte como particular, sin poder, sin autoridad, sin acompañamiento. Partió con tanto el arzobispo en sazon que la ciudad de Zamora se

gunda vez corrió peligro de venir en poder del duque de Benavente por inteligencias que con él traia el alcayde Villayzan de entregalle aquel castillo. Alborotóse la ciudad sobre el caso. Acudieron los arzobispos de Toledo y de Santiago, y el maestre de Calatrava, que atajaron el peligro y lo sosegaron todo. Dió el de Benavente con su gente vista á aquella ciudad, confiado que sus inteligencias y las promesas del alcayde saldrian ciertas; mas como se hallase burlado, revolvió sobre Mayorga villa del Infante Don Fernando, de cuyo castillo se apoderó por entrega del alcayde Juan Alonso de la Cerda que le tenia en su poder. Suelen á las veces los hombres faltar al deber por satisfacerse de sus particulares desgustos. Juan Alonso se tenia por agraviado del Rey Don Juan á causa que por su testamento le privó del oficio de mayordomo que tenia en la casa del Infante, que fué la ocasion de aquel desórden. El alcayde Villayzan otrosí estaba sentido que no le diesen el oficio de alguacil mayor que tuvo su padre en Zamora. Dieron traza, para asegurar aquella ciudad con alguna muestra de blandura, que con retencion de los gages que antes tiraba Villayzan, entregase el castillo á Gonzalo de Sanabria vecino de Ledesma, hijo de aquel Men Rodriguez de Sanabria que acompañó al Rey Don Pedro quando salió de Montiel, y muerto el Rey, quedó preso. Pasó el Rey Don Enrique con esto su corte á Zamora, mo á ciudad que cae cerca de Portugal, para desde allí tratar con mas calor y mayor comodidad de las treguas, en sazon que las fuerzas del duque de Benavente por el mismo caso se enflaquecian de cada dia mas, y muchos se le pasaban á la parte del Rey querian ganar por la mano antes que los de Castilla y de Portugal concertasen sus diferencias, sobre que andaban demandas y respuestas ; el remate fué acordarse con las condiciones siguientes: que Sabugal y Miranda se entregasen á los Portugueses, cuyas los tiempos pasados fueron el Rey de Castilla no ayudase en la pretension que tenian de la corona de Portugal, ni á la Reyna Doña Beatriz, ni á los Infantes sus tios Don Juan y Donis arrestados en Castilla: lo mismo hiciese el de Portugal sobre la misma querella con qualquier que pretendiese pertenecelle el reyno de Castilla; á trueco por ambas partes se diese libertad á los prisioneros. Para seguridad de todo esto concertaron diesen al de Portugal en rehenes

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doce hijos de los señores de Castilla: mudóse esta condicion en que fuesen cada dos hijos de ciudadanos de seis ciudades, Sevilla, Córdoba, Toledo, Búrgos, Leon y Zamora. Con tanto se pregonaron las treguas por término de quince años mediat do el mes de mayo en Lisboa y en Búrgos, do á la sazon los dos Reyes se hallaban, con grande contento de ambas nacio nes. Estas capitulaciones parecian muy aventajadas para Portugal, menguadas y afrentosas para Castilla, pero es gran prudencia acomodarse con los tiempos, que en Castilla corrian muy turbios y desgraciados; y llevar en paciencia la falta de reputacion y desautoridad quando es necesario, es muy propio de grandes corazones.

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Capítulo xvin.

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dosta se os De la prision del Arzobispo de Toledo.

• La alegría que todos comunmente en Castilla recibieron por el asiento que se tomó con Portugal, vencidas tantas dificultades y á cabo de tantas largas, se destempló en gran manera con la prision que hicieron en la persona del arzobispo de Toledo. Parecia que unos males se encadenaban de otros, y que el fin de una revuelta era principio y víspera de otro daño. Hacia el arzobispo las partes del duque de Benavente por la amistad y prendas que habia entre los dos. Deseaba otrosí que á Juan de Velasco camarero del Rey, amigo y aliado de los dos Ovolviesen la parte de los gages, que por el testamento del Rey Don Juan le acortaron. No pudo salir con su intento por muchas diligencias que hizo: acordó como despechado ausentarse de la corte. Recelábanse los demas gobernadores que esta su salida yenojo no fuese ocasion de nuevos alborotos, por su grande estado y ánimo resoluto que llevaba mal qualquiera de✅ masía, y aun queria que todo pasase por su mano. Comunicáronse entre sí y con el Rey: salió resuelto de la consulta que le prendiesen, como lo hicieron dentro de palacio, juntamente con su amigo Juan de Velasco. Era este caballero asaz poderoso en vasallos, y que poco antes con su muger en dote adquirió la villa de Villalpando. Su padre se llamó Pedro Her

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nandez de Velasco, de quien arriba se dixo que' murió con otros muchos en el cerco de Lisboa, y el uno y el otro fueron troncos del may noble linage en que la dignidad de condesta2 ble de Castilla se ha continuado por muchos años sin interrupcion alguna hasta el dia de hoy. Prendieron asimismo á Bon Pedro de Castilla obispo de Osma'y á Juan abad de Fusselas, muy aliados del arzobispo y participantes en el caso. Pa reció exceso notable perder el respeto á tales personages y eclesiásticos, ai bien se cubrian de la capa del bien público, que suele ser ocasion de sé hacer semejantes demasías. Pusieron entredicho en la ciudad de Zamora, do se hizo la prision, en Palencia y en Salamanca. Quedaban por el mismo caso des comulgados asi el Rey como todos los señores que tuvieron parte en aquellas prisiones, si bien no duraron mucho, ca en breve los soltaron á condicion que diesen seguridad. El arzobispo dió en rehenes quatro deudos suyos, y puso en tercería las sus villas de Talavera y Alcalá, mas sin embargo se ausentó sentido del agravio: Juan de Velasco entregó el castillo de Soria euya tenencia tenia á su cargo. Acudieron asimismo al Papa por absolucion de las censuras, que cometió á su nuncio Domingo, obispo primero de San Ponce, y á la sazón de Albi en Francia; sobre lo qual le enderezó un breve, que hoy dia se halla entre las escrituras de la iglesia mayor de Toledo: su tenor és el siguiente: & Lleno está de amargura mi corazon despues que po co ha he sabido la prisión y detención de las personas de nues tros venerables hermanos Pedro arzobispo de Toledo, y Pedro obispo de Osma, y Juan abad de Fusselas, que se hizo en là Iglesia de Palencia por algunos tutores de Don Enrique ilustré Rey de Castilla y Leon asi velesiásticos, como seglares, y otros del su consejo y vasallos, y por mandamiento y consentimien to del mismo Rey. Es nuestro dolor y nuestra tristeza tan grande qué no admite ningun consuelo, porque estando la iglesia Santa de Dios en estos lastimosísimos tiempos tan afligi day por muchas vias desconsolada, y miserablemente dividi da con la discordia del scisma, sobre sus tantas heridas se ha ya añadido una tan grande por el sobredicho Rey, su particular -hijo y principal defensor. Mas porque por părte del Rey senos ́ha dado1noticía que en la dicha prision y detención que se hizo por ciertas causas justas y razonables que concernian al buen

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estado, seguridad, paz, quietud y provecho del mismó¡Rey›y/su reyno y vasallos, tenido primero maduro acuerdo por los de su consejo y sus grandes, no ha intervenido otro algun grave ó enorme exceso acerca de las personas de los dichos presós, y que luego los mismos dende á poco tiempo fueron puestos en libertad de que plenariamente gozan: nos teniendo consideracion á la tierna edad del Rey, y que verisimilmente la dicha prision y detencion no se hizo tanto por su acuerdo como por los de su consejo; queremos por estas causas habernos con él blandamente en esta parte; y inclinado por sus ruegos cometemos á vos nuestro hermano y mandamos que si el mismo Rey con humildad lo pidiere, por vuestra autoridad le, absolvaissen das forma acostumbrada de la sentencia de descomunion, que por las razones dichas en qualquier manera haya incurrido pori derecho ó sentencia de juez; y conforme á su culpa le impongais saludable penitencia, con todo lo demas que conforme á derecho se debe observar, templando el rigor de derecho con mansedumbre segun que conforme a justas y razonables cansas vuestra discrecion juzgare se debe hacer. Queremos otrosí qué por la misma autoridad le relajeis las demas penas em que por las causas ya dichas hobiere en qualquier manera incurrido. Dado en Aviñon á veinte y nueve de mayo en el año déci* moquinto de nuestro pontificado.» Recibido este despacho, eb Rey puestas las rodillas en tierra en el sagrario de Santa Ca ♡ thalina en la iglesia mayor de Burgos con toda muestra de hu-1 mildad pidió la absolúcion. Juró, en la forma acostumbrada obedeceria en adelante á las leyes eclesiásticas y satisfarialal

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' arzobispo de Toledo con volvelle sus plazas: tras esto fué ab suelto de las censuras dia viernes á los quatro de julio. Hallá→ ronse presentes á todo Don Pedro de Castilla obispo de Osma, Juan obispo de Calahorra y Lope obispo de Mondoñedo gry Diego Hurtado de Mendoza, que sin embargo de los escánda❤ los de Sevilla ya era almirante del mar. Alzó otrosí el entredicho á esta alegría se allegó para que fuese maş colmada qolas reducción del duque de Benaven le», que á pérsuasion del arzobispo de Santiago que lo mandaba todo y por su buena traza vino en deshacer su çampo abrazar lanpazný poherse en las manos de su Rey. En recompensa del dote que de ofrecian en Portugal, concertaron de contalle sesenta mil florinės»,) y que

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