Estudio crítico de las diversas especies de censos en la historia, en la legislación y en las costumbres: memoria premiada con accesit

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Huérfano, 1892 - 166 páginas
 

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Pasajes populares

Página 4 - En las obras que la Academia autorice ó publique, cada autor será responsable de sus asertos y opiniones: el Cuerpo lo será únicamente de que las obras sean merecedoras de la luz pública.
Página 17 - Cuando una finca acensuada s'e deteriorare ó hiciere menos productiva por cualquier causa que no sea dolo, culpa ó la voluntad del censatario, no tendrá este derecho á desampararla, ni á exigir reducción de las pensiones, mientras alcance á cubrirlas el rédito que deba devengar el capital que represente el valor de la finca, graduándose dichos réditos al mismo tanto por ciento á que estuviere constituido el censo. Si el valor de la finca se...
Página 131 - Porque se halla que el logro es muy gran pecado , y vedado así en la ley de Natura, como de Escritura y de Gracia, y cosa que pesa mucho á Dios ; y porque vienen daños y tribulaciones á las tierras do se usa, y consentirlo , y juzgarlo y mandarlo entregar es muy gran pecado , y sin esto es gran quebrantamiento y destruimiento de los algos y de los bienes de los moradores de la tierra do se usa ; y como quier que hasta aquí de algún tiempo acá fue...
Página 131 - ... extrañado como debia: Nos por servir á Dios, y guardar en esto nuestra ánima como debemos, y por tirar los daños que por esta razón venían á nuestro pueblo y á las nuestras tierras, tenemos por bien, y mandamos y defendemos, que de aquí adelante ningún judío ni judía, ni moro ni mora sea osado de dar á logro por sí ni por otro; y todas las cartas, fueros y privilegios que les fueron dados hasta aquí, porque les fue consentido de dar á logro en ciertas maneras, y haber Alcaldes...
Página 70 - Si alguno pusiere sobre su heredad algún censo, con condición que si no pagare á ciertos plazos, que caya la heredad en comiso, que se guarde el contrato, y se juzgue por él, puesto que la pena sea grande, y mas de la mitad.
Página 136 - Al principio de cada año, el Gobierno, oyendo al Consejo de Estado, fijará el interés legal que sin estar pactado debe abonarse por el deudor legítimamente constituid» en mora y en los demas casos determinados por la ley. Mientras no se fije este interés se considerará como legal el de 6 por .100 al año.
Página 132 - ... y por ende mandamos , que mostrando el vendedor como hobo con el comprador el departimiento y postura que dicha es, que pueda cobrar la cosa que vendió , pagando el precio que rescibió por ella del comprador ; y que le sean contados al comprador...
Página 94 - Señor, clama con mucha justicia por esta providencia; porque nunca será más activo el interés de los colonos que cuando los colonos sean copropietarios, y cuando el sentimiento de que trabajan para sí y sus hijos los anime á mejorar su suerte y perfeccionar su cultivo.
Página 132 - Y porque algunos no dan derechamente á usuras , mas hacen otros contratos en engaño de las usuras ; tenemos por bien , que si alguno vendiere á otro alguno otra cosa alguna , y pusiere con él , que se la volviese por el mismo precio, con que no pudiese dar el precio que rescibió hasta cierto tiempo, y que...
Página 63 - Es consignativo el censo, cuando el censatario impone sobre un inmueble de su propiedad el gravamen del canon ó pensión que se obliga á pagar al censualista por el capital que de éste recibe en dinero.

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