Imágenes de páginas
PDF
EPUB

la menor edad del Monarca: para disipar esa incertidumbre, y precaver la inquietud y estravío que produce en los ánimos, he creido de mi deber anticipar á conjeturas y adivinaciones infundadas la firme y franca manifestacion de los principios que he de seguir constantemente en el gobierno, de que estoy encargada por la última voluntad del Rey, mi augusto esposo, durante la menoría de la Reina mi muy cara y amada hija Doña Isabel.

La religion y la monarquía, primeros elementos de vida para la España, serán respetadas, protegidas, mantenidas por mí en todo su vigor y pureza. El pueblo español tiene en su innato celo por la fe y el culto de sus padres la mas completa seguridad de que nadie osará mandarle sin respetar los objetos sacrosantos de su creencia y adoracion: mi corazon se complace en cooperar, en presidir á este celo de una nacion eminentemente católica; en asegurarla de que la religion inmaculada que profesamos, su doctrina, sus templos y sus ministros serán el primero y mas grato cuidado de mi gobierno.

Tengo la mas íntima satisfaccion de que sea un deber para mí conservar intacto el depósito de la autoridad Real que se me ha confiado. Yo mantendré religiosamente la forma y las leyes fundamentales de la monarquía sin admitir innovaciones peligrosas, aunque halagüeñas en su principio, probadas ya sobradamente por nuestra desgracia. La mejor forma de gobierno para un pais es aquella á que está acostumbrado. Un poder estable y compacto, fundado en leyes antiguas, respetado por la costumbre, consagrado por los siglos, es el instrumento mas poderoso para obrar el bien de los pueblos, que no se consigue debilitando la autoridad, combatiendo las ideas, las habitudes y las instituciones establecidas, contrariando los intereses y las es

peranzas actuales para crear nuevas ambiciones y exigencias, concitando las pasiones del pueblo, poniendo en lucha ó en sobresalto á los individuos, y la sociedad entera en convulsion. Yo trasladaré el cetro de las Españas á manos de la Reina, á quien le ha dado la ley, íntegro, sin menoscabo ni detrimento, como la ley misma se le ha dado.

Mas no por eso dejaré estadiza y sin cultivo esta preciosa posesion que le espera. Conozco los males que ha traido al pueblo la serie de nuestras calamidades, y me afanaré por aliviarlos: no ignoro y procuraré estudiar mejor los vicios que el tiempo y los hombres han introducido en los varios ramos de la administracion pública, y me esforzaré para corregirlos. Las reformas administrativas, únicas que producen inmediatamente la prosperidad y la dicha, que son el solo bien de un valor positivo para el pueblo, serán la materia permanente de mis desvelos. Yo los dedicaré muy especialmente á la diminucion de las cargas, que sea compatible con la seguridad del Estado y las urgencias del servicio; á la recta y pronta administracion de justicia; á la seguridad de las personas y de los bienes; al fomento de todos los orígenes de la riqueza.

Para esta grande empresa de hacer la ventura de España necesito y espero la cooperacion unánime, la union de voluntad y conatos de los españoles. Todos son hijos de la patria, interesados igualmente en su bien. No quiero saber opiniones pasadas, no quiero oir detracciones ni susurros presentes, no admito como servicios ni merecimiento, influencias y manejos oscuros, ni alardes interesados de fidelidad y adhesion. Ni el nombre de la Reina, ni el mio, son la divisa de una parcialidad, sino la bandera tutelar de la nacion: mi amor, mi proteccion, mis cuidados son todo de todos los españoles.

Guardaré inviolablemente los pactos contraidos con otros Estados, y respetaré la independencia de todos; solo reclamaré de ellos la recíproca fidelidad y respeto que se debe á España por justicia y por correspondencia.

Si los españoles unidos concurren al logro de mis propósitos, y el cielo bendice nuestros esfuerzos, Yo entregaré un dia esta gran nacion recobrada de sus dolencias á mi augusta Hija para que complete la obra de su felicidad, y estienda y perpetúe el aura de gloria y de amor que circunda en los fastos de España el ilustre nombre de Isabel. En el palacio de Madrid á 4 de octubre de 1833– Firmado-Yo la Reina Gobernadora.

Número 5.

MEMORIA POLÍTICA

DEL MARQUÉS DE MIRAFLORES

PUESTA EN LAS REALES MANOS DE S. M. LA REINA ALGUNOS MESES ANTES DE LA MUERTE DEL REY.

POR E. C. L.

Mientras la divina Providencia nos conceda el inestimable beneficio de conservarnos la vida de S. M., su fuerza moral y su prestigio parece debe ser la mejor garantía contra los vaivenes horrorosos de una guerra civil de que el Estado está desgraciadamente amenazado; pero si Dios en sus juicios siempre incomprensibles quisiese llamar re

pentinamente á sí al Monarca, ¿qué sucederia si la Madre de la augusta heredera no tuviese prevenido un medio seguro y firme de salvar al Estado de los desórdenes que pudiera producir una crísis tan grande y trascendental?

Este es, pues, el momento que es menester preveer para tener acordado todo, y pensadas y combinadas las primeras operaciones de S. M. la Reina, las que han de decidir, sin dudarlo, del éxito de aquella crísis; de manera que los procedimientos de los primeros momentos han de asegurar á S. M. la pacífica posesion del trono, y alejar del Estado los horrores de una guerra civil, confiando la ejecucion de este plan á personas que inspiren confianza á S. M., y que gozen de una favorable opinion pública, circunstancia interesantísima en aquellos críticos

momentos.

¡Ojalá fuesen infundados mis temores! ¡ Ojalá pluguiese al cielo prolongar la vida del Rey por algunos años, pues entonces fuera de esperar que su sola existencia bastase á consolidar su obra, y á dar firmeza á los principios hoy tan vacilantes y espuestos á poderosas contradicciones! Pero en la indicada hipótesis que todos consideran mas que probable, oportuno y hasta obligatorio me parece insinuar la marcha que en mi dictámen debiera seguir S. M. la Reina para asegurar sin sacudimientos y vaivenes la corona en la cabeza de la Princesa jurada heredera, y conservar la tranquilidad y el órden público.

Nada mas fácil que raciocinar largamente y demostrar de una manera geométrica la necesidad y utilidad de cada medida; pero esto no seria mas que una complicacion inútil: lo que es menester en momentos tan críticos como los que forman el objeto de esta penosa hipótesis, es hacer y hacer mucho y bien: tenerlo meditado todo, seguir un plan

uniforme y seguro, no aparecer vacilar en aquel conflicto, de modo que la congoja del momento no induzca confusion ni tardanza; que cada uno ocupe su puesto, y sepa de un modo terminante y seguro lo que debe hacer; y preparado esto me atrevo á asegurar que se saldrá felizmente de la crísis, y todas las tentativas de los enemigos de la sucesion directa serán frustradas.

La muerte de S. M., que Dios nos aleje, puede sobrevenir ó de resultas de un mal que siga trámites pausados, ó por un insulto ó accidente repentino. En la primera hipótesis opino que debe procederse en los términos siguientes.

1.o Apenas se agrave S. M. se dará un decreto en toda forma por el que se habilite á su augusta Esposa para el despacho de los negocios.

2.o Tan luego como se considere á S. M. en riesgo inminente, se mandará reunir en palacio la Grandeza, la servidumbre de la casa, los gefes de la plana mayor de las Guardias Reales de infantería y caballería, y Milicias, y un ayudante del Capitan General. En casa del Presidente de Castilla, la Diputacion de los Reinos, una Diputacion de cada consejo de tres individuos, dos Alcaldes de Casa y Corte y el Corregidor de Madrid. En casa del Capitan General, el Gobernador militar y un ayudante de cada Comandante General de la Guardia Real y todos los Generales y Brigadieres de cuartel en Madrid, dando el Capitan General puntos de reunion á todos los oficiales sueltos existentes en Madrid de todas las categorías.

3.o Al Capitan General y á los Comandantes Generales de la Guardia se les prevendrá que ninguna órden que no sea comunicada en derechura por S. M. la Reina, por escrito ó llevada de palabra por sus gefes de plana mayor ó por un gentil hombre de cámara de S. M., se lleve á ejecucion,

« AnteriorContinuar »