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ADVERTENCIA.

Habiendo cesado el TRIBUNAL SUPREMO en el conocimiento de los asuntos contencioso-administrativos por decreto de 20 de Enero de 1875, y no siendo suficientes las sentencias que en este mes dictó para formar tomo, se ha creido conveniente publicarlas en el tomo del segundo semestre de 1874.

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TRIBUNAL SUPREMO.

NÚMERO 1.

UNICA INSTANCIA.

DECLARACION DE QUEDAR UN INDIVÍDUO EXPULSADO DEL CUERPO PERICIAL DE ADUANAS.-Sentencia de 1.° de Julio, absolviendo á la Administracion general del Estado de la demanda propuesta por D. Andrés Vila de Lara contra la Real órden de 27 de Mayo de 1872.

En los CONSIDERANDOS se establece:

1.° Que el art. 24 del reglamento de 26 de Abril de 1870, dispone que los empleados y subalternos del Cuerpo de Aduanas, incurren en responsabilidad por las faltas que cometen, la cual se les exigirá gubernativamente, sin perjuicio de la que pueda corresponderles con arreglo al Código penal.

2.° Que segun el caso 3.° del art. 41 del mismo reglamento, procede la separacion por medio del expediente de los referidos empleados cuando hayan cometido siete faltas leves ó cuatro

graves.

3.° Que en virtud de las explicitas y terminantes disposi

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