coleccion legislativa de espana

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Pasajes populares

Página 58 - Hacienda, de acuerdo con el dictamen de la Sección de Hacienda y Ultramar del Consejo de Estado, por Real orden de 19 de Junio de 1872 desestimó la instancia de D.
Página 332 - Ayuntamientos, haya sido ó no suspendida su ejecución en virtud de lo dispuesto en los artículos anteriores, pueden reclamar contra ellos mediante demanda ante el Juez ó Tribunal competente, según lo que, atendida la naturaleza del asunto, dispongan las leyes.
Página 564 - Diputación, haya sido ó no suspendida su ejecución en virtud de lo dispuesto en los dos artículos anteriores, pueden reclamar contra ellos mediante demanda ante el Juez ó Tribunal competente, según lo que, atendida la naturaleza del asunto, dispongan las leyes.
Página 332 - Policía urbana y rural, ó sea cuanto tenga relación con el buen orden y vigilancia de los servicios municipales establecidos; cuidado de la vía pública en general, y limpieza, higiene y salubridad del pueblo. 3...
Página 624 - Junio de 1855, del reglamento de 8 de Julio de 1859 para la ejecución de la ley de...
Página 662 - Ninguna reclamacion contra el Estado á título de daños y perjuicios, ó á título de equidad , será admitida gubernativamente pasado un año...
Página 453 - ... no hubiese sido satisfecho. A estas ventas se procederá sin necesidad de providencia judicial , con intervención de agente de cambio ó corredor de número, ó por otro medio oficial que se hallare establecido para la de los valores de que se trate.
Página 627 - Establecerá la empresa un telégrafo eléctrico exclusivamente para el servicio de la explotación. Los postes de este telégrafo estarán dispuestos para recibir el número de hilos que el Gobierno necesite para su servicio y el del público , estando obligada la empresa á facilitar el local conveniente en sus estaciones para dicho servicio.
Página 682 - Fallamos que debemos declarar y declaramos haber lugar al recurso de casación interpuesto por el Ministerio fiscal contra la sentencia dictada por la Sala de lo criminal de la Audiencia de Zaragoza, etc.
Página 711 - Ley de 1." de mayo de 1855. Por la indicada Ley se declaran en estado de venta todos los predios rústicos y urbanos, censos y foros pertenecientes al Estado, al clero, a las órdenes militares de Santiago, Alcántara, Calatrava, Montesa y San Juan de Jerusalén, a cofradías, obras pías y santuarios, a los propios y comunes de los pueblos...

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