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CÓDIGO CIVIL ESPAÑOL

Comentado y concordado con el derecho foral vigente

EN

CATALUÑA, ARAGÓN, NAVARRA

Y DEMÁS TERRITORIOS AFORADOS

CON LA

JURISPRUDENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

Y CON LOS

CÓDIGOS CIVILES

DE LA MAYOR PARTE DE LOS PAÍSES DE EUROPA Y AMÉRICA

POR

D. LEÓN BONEL Y SANCHEZ

Juez de paz que fue en 1868

ex-ausiliar 1.° de espólios en el Ministerio de Gracia y Justicia

Promotor fiscal de entrada y de ascenso que fue, durante once años, en distintos Juzgados de 1.a instancia
Registrador interino por espacio de un año, Juez de 1. instancia de entrada, de ascenso

y de término, que fué, en distintos Partidos Judiciales correspondientes

à diversas Audiencias Territoriales

Delegado por la Dirección de los Registros Civiles

para la reconstitución de algunos Registros Municipales, Juez especial en varias causas
sobre defraudación á la Hacienda

Abogado fiscal de la Audiencia Territorial de Sevilla

primer Juez de lo Civil del Distrito del Parque de esta ciudad de Barcelona
Magistrado electo de la Audiencia de lo Criminal de D. Benito
Ex-Teniente fiscal, y Magistrado de la Audiencia Territorial de Barcelona
Miembro de varios Colegios de Abogados de la Peninsula

Académico de la de Jurisprudencia y legislación; y de la del Derecho
de Barcelona, etc., etc.

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TOMO SEGUNDO.- LIBRO II

BARCELONA

A. LÓPEZ ROBERT, IMPRESOR; ASALTO, 63

1890

Acc. Mar. 26, 1900.

LIBRO II DEL CÓDIGO CIVIL

Al continuar nuestro modestísimo trabajo con la publicación de este II tomo, que corresponde al libro 2.° de los cuatro en que dividido está nuestro Código, no hemos de transcribir las innumerables opiniones que acerca de la razón del método se han vertido, ni hemos de fijar nuestra atención en la crítica más ó menos justificada de que, por su falta de método, ha sido objeto el primer Código civil español.

Nosotros no podemos hacer otra cosa que seguir comentando, artículo por artículo, cada uno de los preceptos legales que dicho Código contiene; exponer nuestra opinión acerca de su mejor inteligencia y reformas necesarias, sin lanzarnos á una crítica sistemática, ni ver defectos en todo, ni encontrar dificultades en las más claras frases y correctos períodos. Tampoco hemos de asegurar que el Código es perfecto, que no hay en él punto alguno vulnerable; pues tal manifestación sería utópica, como absurdo y hasta ridículo sería sostener la idea de que la humanidad es perfecta y de que las obras humanas son completas.

No hemos de marchar por uno ni por otro derrotero conociendo los defectos de los hombres y la perfectibilidad humana. Nuestra misión consiste en escribir para el mundo tal cual es; no se cifra en dirigirnos á los espíritus elevados solamente, ni en concretarnos al tratamiento exclusivo de la perversidad: buscar

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