CARTA DE LOS PROCURADORES DE LA ISLA DE CUBA Á S. M. SOBRE VARIAS COSAS NECESARIAS EN AQUELLA ISLA; FECHA EN LA ISLA FERNANDINA (17 de Marzo de 1528.) (1) Yo Cristóbal de Nájara, escribano de Su Magestad y escribano público del número desta cibdad de Santiago, puerto de esta Isla Fernandina del mar Occeano, doy fee é verdadero testimonio como en diez é siete dias del mes de Marzo, año del nacimiento de Nuestro Salvador Jesucristo de mill é quinientos é veinte é ocho años, en esta dicha cibdad, estando juntos el alcalde Francisco Osorio, é Andrés de Parada, é Pedro Hidalgo, é Manuel de Roja, é Alonso Sanchez Corral, é Juan Bono de Quexo, é Francisco de Agüero, procuradores desta dicha cibdad é de las otras villas de esta Isla, y en presencia de de mí el dicho escribano, escribieron una carta para enviar á Su Magestad, en nombre de esta dicha işla, su tenor de la qual es este que se sigue: Cesárea Sacra Cathólica Magestad:-Los procuradores de la cibdad de Santiago é de las otras villas de esta Isla Fernandina, sus muy omildes é leales basallos, en nombre y en boz de los pueblos é vezinos é mo radores della, besamos las muy Reales manos é piés de Vuestra Magestad, é le hazemos saber cómo nos juntamos en esta cibdad, por ser como es cabeza de la Isla, para platicar en algunas cosas que nos ha parecido que convienen al servicio de Dios Nuestro Señor é de Vuestra (1) Archivo de Indias. Patronato, Est. 2.o, Caj. 1.o, Leg! 26. Alteza, é al bien é pró comun de sus vasallos que en esta tierra bebimos, la qual allamos que â padecido muchos agravios, é mas porque del estado é cosas della se â hecho á Vuestra Alteza mas relacion por parte de los sus gobernadores é oficiales, que por parte de la universidad é pueblo de esta Isla, de donde se an seguido muchos é grandes daños, é agora, por estar como están gastado los pueblos y en necesidad de pacificar la tierra é con poca facilidad para aber de eubiar nuestro procurador por esta Isla á Vuestra Magestad, nos pareció que lo debriamos de hazer fiel relacion de algunas cosas; muy omilmente suplicamos á Vuestra Alteza sea servido de aquí adelante de mandar ver nuestras cartas é peticiones, é proveer en todo lo que le pareciere que mas convenga á su servicio. Primeramente, hazemos saber á Vuestra Magestad como, en fin del año pasado de quinientos é veynte é siete, se pregonó en esta dicha cibdad una provision de Vuestra Alteza, por la qual, en efeto, dice que fué ynformado de cómo los indios de esta Isla é de la Isla de Sant Juan é de la Española se abian mucho desminuido, matándose y alcándose á los montes, por razon del execibo trabajo que se les abia dado en las minas; por cuyo remedio mandaba que los indios naturales desta Isla no caba(1) en las minas, sino que solamente cirniesen é labasen é hiziesen otros lebes servicios, por manera que no fuesen dende en adelante tan fatigados como ló abian sido; cerca de lo qual no se hizo á Vuestra Magestad verdadera relacion quanto á lo tocante á esta Isla, por cuya cabsa el concejo, justicia é regidores desta sen ni (1 (1) Blanco en la copia.com & cibdad de Santiago, con el debido acatamiento, suplicaron Lo primero, que en esta Isła no se â dado ni da á los indios execibo trabaxo en ninguna manera de servicio, mas antes, por la mayor parte, an sydo mejor tratados que en ninguna de las otras islas comarcanas é mas sobrellevándolos en les moderar el trabaxo, especialmen->› te en el sacar del oro, por ser este, como es, solo el provecho que por la mayor parte ay en esta tierra; y en la verdad, el trabajo que los indios tienen en las minas de esta Isla es para ellos mas aceto é tolerable que otra hazienda ni grangería alguna, y el mas conbenible para la conversion é seguridad dellos, porque allí están en con 1 8 pañía de muchos españoles, y entre los quales sieñpre ay algund clérigo ó clérigos que comunican é aprovechan mucho á los indios, é asy mesmo ay, los mas tienpos de demora, en las minas juez visitador solamente para mirar por el buen tratamiento é alivio de los indios, é por que allí son mejor mantenidos é proveidos de (1) que en otra ninguna hazienda. Lo otro, porque en las minas de esta Isla no ay minas: hondas ni nacimientos, ni se labra el oro en rios ni charcos, donde suelen ser trabaxosos é aun peligrosos los xa. muraderos, como lo an sido en las dichas islas de Sant Juan é de la Spañola, mas antes en la otra tierra son las. minas de calidad, que por la mayor parte no se pueden labrar sino en tienpos que lluebe, por la necesidad que ay de hazer presas é labade ros á mano del agua plubia.. Lo otro, porque las dichas minas de esta Isla son, comunmente é por la mayor parte, son en tierra doblada de cerros pelados é quebradas corrientes, donde el oro se cria é halla por la haz de la tierra, á cuya cabsa los indios caban poco é sin mucho trabaxo, porque las minas no se suelen ahondar comundmente mas de hasta la greda que y â, en lo que mas hondo, tres ó quatro palmos, é la mayor parte del dia ó dias se ocupan en apartar la tierra é piedras é en linpiar y labar el oro, é muchas vezes, por ser las tales minas flacas é de poco oro, se van los indios derramados á su abentura cada uno, sin ningund español! ni minero que los apremien en el trabaxo, é á cazar, que en un dia hallan muchos dellos cantidad de oro con que cumplen é satisfacen para hartos dias, sabiéndolo repartir; de manera que paresce que trabaxan cada dia, é huelgan al sam, o divodipos em ing drug i mungon qą ir slap (1) Blanco en la copia, b babirgse a coletavan arm is |