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neral que concedísteis, en mi nombre, á la ciudad de Barcelona, y os dije que quedaba mirando en lo que toca á la confirmación de sus privilegios, libertades, preeminencias, para resolver en esto y en los demás cabos del memorial dado por Francisco Puigener, cuya copia os remito, lo que pareciere más conveniente, con deseo de su mayor bien, seguridad y beneficio de todo el Principado: en este medio tiempo he recibido repetidas cartas vuestras y el marqués de Mortara, intercediendo por esa ciudad, y solicitando el breve y buen despacho; y atendiendo por una parte á vuestra inter cesión, y al amor que siempre le he tenido y que he procurado manifestarlo, sin alzar de ello la mano, hasta volverla á mi obediencia y gracia, y también á las demostraciones de dolor de los excesos pasados, y á la confianza con que se puso enteramente en mis reales manos, y que siempre ha sido mi intención en establecer su gobierno en la forma que más convenga á la buena administración de justicia y bien público, guardando, en lo que en esto no se opusiere, todos los privi legios y preeminencias; y considerando que, por otra parte, lo que la misma ciudad ha representado, de que el principio de las inquietudes nació de una conmoción popular, la cual, como se ha visto mantenida por mal intencionados, y fomentada y ayudada de franceses, ha sido causa que se dispusiesen las materias con tan graves daños de la misma ciudad, y tanto perjuicio del bien público, así en lo espiritual, como en lo temporal en todos estados, que obligaron á mis reales armas á introducir una guerra tan larga y tan costosa, y de tan grandes gastos, no sólo á mi real hacienda, sino á todos los demás reinos de mi monarquía, que en repetidas y continuadas instancias han concurrido á su recuperación; y que debo, mirándolo todo, usar de tal suerte de mi real clemencia, que juntamente con perdonarla,

asiente en esa ciudad su mayor quietud, seguridad y conveniencia.

He resuelto hacerle merced de concederle la confirmación que me ha suplicado de las preeminencias y privilegios que gozaba y poseía antes de las alteraciones del año 1640, en todo lo que no limitaré en esta concesión, como abajo oş diré; porque no es mi intención comprender en esta confirmación el derecho que pueda tener ó pretender sobre pertenecerle la custodia, disposición, cuidado y gobierno de sus baluartes, torres, murallas, puertas, puerto de mar, armería, artillería, guarnición y fortificaciones; porque esto, todo lo que mira á su defensa y seguridad, lo reservo ahora, y mientras no mande otra cosa á mi voluntad y orden, es de suerte que en esa parte se ha de ejecutar lo que Yo dispusiere y ordenare, dentro y fuera de la ciudad, por la mano de mi lugarteniente y capitán general, ó de la persona que para ello Yo señalare, supuesto que ninguna cosa conviene tanto á esa ciudad y á mi servicio, como que todo lo que mira á su conservación y defensa, dependa de quien tanto como Yo desea y le importa su mayor paz y tranquilidad, y el conservarla en justicia y sosiego.

»Asimismo me reservo durante mi voluntad, el hacer la insiculación de las personas que hubieren de concurrir y tener los oficios de gobierno de dicha ciudad; para los cuales no han de poder ser admitidos ni insiculados sino los que Yo nombrare, proponiendo la ciudad en los tiempos que se suele hacer la insiculación las personas más á propósito; porque de ellas ó de otras, nombre Yo las que me parecieren; las cuales sólo tengan derecho á estar en las bolsas, y á concurrir á estos oficios, mientras Yo no se lo prohibiere; pues á más de que este mismo derecho tengo en las otras ciudades de la Corona, que con tanta paz se han conservado hasta ahora, se excusarán las insiculaciones, que no ha de

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haber entre los vecinos de la ciudad, así insiculados, como desinsiculados por ella en el tiempo pasado, eligiendo Yo de todos, como va dicho, los que me parecieren más á propósito para su mayor quietud y sosiego, y que con mayor celo de la misma ciudad la pueden gobernar.

» Hago también merced á dicha ciudad, de que como antes eran cinco los concelleres, sean de aquí adelante seis, y que éste sea del pueblo ó gremio que llamen de menestrales.

>> Asimismo le hago merced de perdonarle, y remitirle todo el valor de lo que se tomó en las Atarazanas al tiempo de la inquietud, si importa más que los créditos que entonces tenía la ciudad contra mi real hacienda, y en particular el que pretendía le daba derecho de la baylía general de este Principado, la cual nunca salió de mi dominio ni jurisdicción; y es mi voluntad, quedando ellos estinctos, por lo que sacaron de las Atarazanas, no se pueda por mis oficiales intentar contra la ciudad de Barcelona ninguna acción.

>> También hago gracia á la ciudad, hasta ahora de suspender cualquier instancia, que se pudiere hacer, en orden á la recuperación de los frutos de las haciendas, que de hecho ocuparon los franceses, caso que por su orden ó instancia se hubiesen ocupado; y para tomar una resolución sobre las que supone la ciudad confiscadas de aquéllos que quedaron dentro de Cataluña, sabréis de la misma ciudad, en particular los que son, y me avisaréis de ello, para que con entera noticia mande dar las órdenes que convengan; siendo constante, que nunca las he dado para que se llegasen á ocupar ningunas por vía de confiscación, por mucha razón que hubiese para ello, sólo por motivo de mi benignidad, y del amor y conmiseración que Yo tenía á los que en esto podían ser comprendidos.

Cuanto al consumo de la moneda, aguardo el informe que escribí me hiciésedes en carta de 26 de Diciembre pasado: y en llegando tomaré resolución con toda brevedad, y concederé á la ciudad el tiempo necesario que me pide para disponer de ella, en todo lo que mirare á su mayor consuelo y beneficio.

»En cuanto á la pretensión que tienen de cubrirse, ha parecido, que supuesto que es preeminencia que no se ha acostumbrado ni la tiene otra metrópoli de mi monarquía, aunque lo sea de reinos muy poderosos y preeminentes, debe excusarse el pedirlo y pretenderlo; asimismo la restitución de las baronías y lugares que han ocupado mis armas, pues debe reconocer esa ciudad á cuántas mayores sumas tiene derecho mi real fisco, por los gastos y daños que me ha causado con estas turbaciones, y una guerra y sitio tan largo, en que Yo he consumido tantos millones, haciendas de vasallos y patrimonios; y así lo advertiréis, que á vista de esta consideración, no han podido esperar más de mi clemencia de lo que ahora les doy, pues les dejo todos sus privilegios y preeminencias, y sólo reservo, por ahora, lo que mira á su mayor sosiego, quietud y conservación. Y pudiendo tomar tanta mayor satisfacción, me contento con este señal de reconocimiento, con tal templanza y moderación como no se ha visto jamás, esperando que han de proceder con tal reconocimiento á estas gracias y mercedes, que me obligue á repetirlas en adelante, al paso de lo que fueren sirviendo, como lo han hecho sus pasados á los señores reyes mis antecesores, con que también experimentarán afectos correspondientes de mi gratitud y benignidad.

Á la ciudad escribo la carta que os remito en vuestra creencia, y junto con dársela, podréis asegurar el deseo con que estoy de favorecerla con mi real presencia, en dándome lugar los negocios universales de la

monarquía, que por ahora me necesitan á detenerme en esta corte. Y he mandado que se le den los despachos en forma de cancillería de esta resolución, y mi vicecanciller se lo diga á Francisco Puigener para que pueda valerse. Nuestro Señor os guarde como deseo. » Madrid 3 de Enero de 1653.

YO EL REY.»

CAPÍTULO XXXV.

Se niegan muchos catalanes á reconocer á Felipe IV.-Los jefes del partido anti-castellano ó separatista.- Conspiración fracasada en Perpiñán.-Entrada de franceses en Cataluña.-Sitio de Gerona. — Retirada de los franceses.-Embajada á Madrid.—Nueva campaña del francés.-Victorias de los franceses.-Llega el príncipe de Condé hasta el llano de Barcelona.-Se apodera de varias poblaciones.Siguen los progresos de sus armas.—-Sitio de Solsona.-De Palamós. -Berga es tomada y recobrada dos veces.-Capitulación de Solsona.-Partida de D. Juan de Austria.-Partidas de migueletes.-Reyertas entre catalanes y castellanos. -Margarit llega hasta el llano de Barcelona. — Batalla de Castellfollit.—Empresa infructuosa contra Rosas. Sitio y toma de Camprodón.-Suspensión de armas para tratar de la paz.

(DE 1653 Á 1659.)

Grave error han cometido varios autores asegurando con toda formalidad que con la entrega de Barcelona terminó la guerra. No fué así, pues duró aún en Cataluña por espacio de seis años, sostenida por el francés y alimentada en el país por muchos catalanes que, entre la dominación castellana ó la francesa, preferían esta última. Quedan ya expuestas las razones que impelieron á los diputados reunidos en Manresa á reconocer la monarquía de Felipe IV; quedan también expuestas las

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