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LA CUESTION RELIGIOSA EN MEXICO

LA CUESTION

RELIGIOSA EN MEXICO

RECOPILACION DE LEYES,

DISPOSICIONES LEGALES

Y DOCUMENTOS PARA EL
ESTUDIO DE ESTE PRO-

BLEMA POLITICO, POR

J. PEREZ LUGO

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351746

INTRODUCCION

E

L propósito que informa estas páginas no es otro que el de reunir todos los materiales históricos que sea posible, sin distinciones de matiz político, para facilitar el estudio de lo que se ha dado en llamar la "cuestión religiosa en México". Debe entenderse, desde luego, que estos materiales son referidos simplemente a una "cuestión social", a un problema político, pues todo lo que se refiere a materia de doctrina y disciplina interna de la iglesia queda fuera del propósito enunciado.

En México, la Iglesia católica aparece desde su creación como una entidad política; más aún podría decirse: se forma y cumple su misión, durante tres siglos, como un agente de la potestad civil. En su establecimiento y forma primitiva que le dieron los reyes de España influyen la iniciativa y observaciones de Hernán Cortés, quien naturalmente no tiene en cuenta para nada el contenido de doctrina y tradiciones jurídicas internas, sino únicamente aconseja la adecuación de un instrumento político, útil a bien fincar el dominio del rey en los territorios recién ganados. Y esto era fácil de lograr, puesto que se encontraban los reyes en goce ilimitado del derecho de patronato, por las bulas de los Papas Alejandro VI, Julio II, Clemente VII y Benedicto XIV;2 y era también fácil de alcanzar, atendidas las tradiciones y la experiencia histórica de los reyes españoles, que el poder civil administrase la fuente principal de las rentas de las iglesias, según lo sugería Cortés, encargando a los oficiales de la Real Hacienda la recaudación y remate de los

1. Historia de la Nueva España, escrita por su esclarecido conquistador Hernán Cortés, aumentada con otros documentos y notas, por el ilustrisimo señor don Francisco Antonio de Lorenzana, arzobispo de México, México, 1770.-Págs. 389 y siguientes.

2. Alejandro VI. bula Inter coetera, el 4 de mayo de 1493; el mismo, en su bula Carissimo in Christo, el 4 de mayo de 1493; Clemente VII, el 9 de septiembre de 1534; Julio II, en la bula Universalis Eclesiae, el 28 de julio de 1508: Benedicto XIV. Cum alias, de 20 de febrero de 1753, y el mismo en la bula Quam semper, el 9 de junio de 1753.

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