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REVISTA GENERAL

DE

LEGISLACION Y JURISPRUDENCIA.

3467

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IMPRENTA DE LA Revista de Legislacion, á cargo de Julian Morales,
Ronda de Atocha, núm. 15.

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DERECHO PENAL.

LA CORRECCION.

«La Némesis cristiana no es, como la de los antiguos, una divinidad de venganza, sino de salvacion y redencion para el hombre caido, de una expiacion tal, que en lugar de destruirlo, ha de salvar su verdadero destino de la dominacion del pecado.>>

(ENRIQUE PESSINA: Teoremas juridicos tocante à la ciencia de las prisiones.)

I.

La razon humana, infinita por naturaleza, ni puede evitar caidas morales, en condiciones dadas, engendradoras del delito, ni dejar de mantener constantemente en el seno mismo del hombre la fuente perenne de la verdad y la susceptibilidad constante del progreso. Todo malvado, merced á ella, es capaz de una educacion moral que Je trasforme.

Toda la duracion de su vida terrestre puede ser espacio adecuado para la inteligente esplotacion de esta perfectibilidad originaria y permanente del sér racional.

El desideratum de la humanidad, la justicia no coronará siempre los esfuerzos de la educabilidad mejor dirigida, pero si con perseverancia y tino se persiste en su empleo, habrán de alcanzarse necesariamente grados más o menos sensibles de mejora. A la verdad son tan sólidos los cimientos morales de un órden social cualquiera en el seno de una sociedad medianamente civilizada, y tantas y tan valiosas las fuerzas que gravitan hácia el que, cuando ménos, el asentimiento al mero respeto de la legalidad esterior se ofrece desde luego, sin largo trascurso de tiempo, ni muy sostenida reflexion, ni grandes llamamientos interiores, como el resultado directo más universalmente asequible.

Sólo un detestable pesimismo puede encerrar á legisladores y

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