Historia externa del Derecho RomanoImp. del Colegio de Sordo-Mudos, 1842 - 335 páginas |
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Términos y frases comunes
accion actio ademas administracion Alejandro Severo ANNI antiguo Aulo Gelio autoridad Bach bonorum possessio Ciceron cion ciudadanos código código Teodosiano comicios Constantino constitucion cónsules Corpus juris Corpus juris civilis debia demas derecho civil derecho romano derechos políticos despues diferentes doce tablas edicion edicto ejercia embargo emperador época eran esclavos escrito esplica estaba estractos FONTES JURIS fracmentos fuentes del derecho Gaji Gajus glosadores habia habla Hadriano hallaba heredero hijo historia del derecho Hugo imperio Inst Instituciones inter Italia jure juris civilis jurisconsultos jurisprudencia jus civile Justiniano leges legis legislacion libri libros llamaba magistrado mancipi manumision manumitidos manus modo muger Niebuhr nombre obligacion obras palabra Pandectas Papiniano pasage patricios período plebeyos poder podia Pomponius pretor primera principio propiedad provincias público pueblo quæ quod recho respecto Roma Savigny senado-consultos STATUS PUBLICUS tambien tenia testador testamento Theod Tito Tito Livio todavia tutela Ulpiano usucapion Valentiniano II
Pasajes populares
Página 264 - ... las civiles no son en España leyes , ni deben llamarse •asi, sino sentencias de sábios que solo pueden seguirse »en de/ecto de ley, y en cuanto se ayudan por el dere»cho natural y confirman el real , que propiamente es »el derecho comun, y no el de los romanos, cuyas le»yes ni las demas extrañas no deben ser usadas ni...
Página 264 - ... las civiles no son en España leyes ni deben llamarse así, -sino sentencias de sabios, que solo pueden seguirse en defecto de ley, y en quanto se ayudan por el derecho natural y confirman el real, que propiamente es el derecho común, y no el de los romanos, cuyas leyes ni las demás extrañas no deben ser usadas ni guardadas.
Página 262 - Esta ley prohibía á los abogados alegar en los tribunales «opinión . ni determinación, ni decisión, ni derecho , ni autoridad , ni glosa de cualquier doctor ó doctores, ni de otro alguno , asi legistas como canonistas , de los que han seguido hasta aquí después de Juan <• Bartulo , nin otro si de los que fueren de aquí adelante.
Página 268 - ... ha resuelto ahora que los catedráticos y profesores en ambos derechos tengan cuidado de leer con el derecho de los romanos las leyes del reino correspondientes á la materia que esplicaren; lo que so haga saber á todos los profesores y esplicantes de estraordinario, juntando el claustro á este fin, y remitiendo testimonio de ello (1).
Página 263 - ... efecto, dispusieron en la ordenanza 37 de las hechas en Madrid en 1499 que «en caso de duda y á falta de ley» se pudieran seguir en derecho civil las opiniones de los glosadores Bartulo y Baldo, y en el canónico las de Juan Andrés y el Panormitano (el arzobispo de Palermo); pero como esta decisión, «que hicieron por estorbar la prolijidad y muchedumbre de las opiniones de los doctores, había traído mayor daño», la derogaron en la ley...
Página 92 - Percipietis etiam illam ex cognitione iuris laetitiam et voluptatem, quod, quantum praestiterint nostri maiores prudentia ceteris gentibus, tum facillime intellegetis, si cum illorum Lycurgo et Dracone et Solone nostras leges conferre volueritis. Incredibile est enim, quam sit omne ius civile praeter hoc nostrum inconditum ac paene ridiculum ; de quo multa soleo in sermonibus cotidianis dicere, cum hominum nostrorum prudentiam ceteris omnibus et maxime Graecis antepono.
Página 262 - Empero bien queremos é sofrimos que los libros de los « Derechos que los sabios antiguos ficieron , que se lean « en los Estudios generales de nuestro Señorío porque ha « en ellos mucha sabiduría , é queremos dar logar que « nuestros naturales sean sabidores é sean por ende mas
Página 74 - Quiritium vero mea permanebit, doñee tu earn possidendo usucapías ; semel enim impleta usucapione proinde pleno jure incipit, id est et in bonis et ex jure Quiritium tua res esse, ac si ea mancípala vel in jure cessa esset.
Página 1 - CURSO completo elemental de derecho romano que comprende la historia externa, la historia interna ó antigüedades y las instituciones del derecho antes referido. Formado de las doctrinas de las mejores obras extranjeras, especialmente de las...
Página 241 - ... ó por uso, por cuanto entonces el marido tomaba todos los bienes de la muger con el nombre de dote> y la muger era respectó del marido heredera suya.