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al Todopoderoso por este plausible suceso, y en seguida pasará al palacio del gobierno, donde se disolverá.

Cuarta. A continuación se publicará por bando solemne el decreto de instalación de la octava legislatura constitucional del Estado.

Quinta. La víspera y el día de la instalación los edificios públicos se adornarán como se acostumbra en los días de gran solemnidad, y de las siete á las once de la noche habrá serenata en la alameda, que el gobierno del Centro cuidará se ilumine, dictando además las providencias convenientes para la mayor solemnidad de este suceso importante.

Por tanto, mando se imprima, publique y circule á quienes corresponda para su cumplimiento. Dado en el palacio del gobierno de Oaxaca á 30 de Junio de 1848.-Benito Juárez.-Manuel María Toro, secretario.

Pensión á los magistrados y Jueces que se Inutilicen en actual servicio

Señor:

En las diversas exposiciones que he presentado á vuestra honorabilidad, se nota el empeño que se toma por las autoridades para que la justicia se administre con la prontitud é imparcialidad que corresponde. A este empeño es debido el que se vean sometidos á un juicio y castigados oportunamente á los jueces superio

'res é inferiores, luego que por malicia, ineptitud 6 abandono tienen la desgracia de faltar á sus sagradas obligaciones. Así es como se ha conseguido restablecer el imperio de la justicia entre nosotros; pero si bien es verdad que vuestra honorabilidad en sus medidas legislativas, respecto del ramo de justicia, y el gobierno en la ejecución de ellas, deben ser inexorables para perseguir á los jueces prevaricadores y viciosos, también lo es que debe dispensarse toda clase de consideraciones á los que por su constante dedicación al despacho y por su honradez probada, se sacrifican en la carrera de la judicatura. Verdad es que el estado de nuestras rentas no permite aumentar las dotaciones de nuestros magistrados y jueces, de manera que puedan economizar parte de sus vencimientos para auxi. liarse en su vejez ó para dejar á sus familias algún pequeño recurso que las libre de la mendicidad; mas ya que esto no pueda hacerse por ahora, creo que se puede, sin grande sacrificio del erario, prestarse algún auxilio á los jueces y magistrados que por su avanzada edad ó por cualquier otro accidente independiente de su voluntad se inutilicen en actual servicio público; atendiéndose para ello el número de años que hayan servido y la honradez y actividad con que hayan desempeñado su encargo. Una parte, aunque pequeña, que se les señale del sueldo que disfrutaban al tiempo de su inutilización, les servirá de auxilio y de una prueba

de la consideración que el Estado dispensa á sus buenos y leales servidores.

Yo no dudo de que vuestra honorabilidad tome en consideración esta exposición; pero como la medida que se dicte debe surtir sus efectos para lo futuro, me parece oportuno recabar de vuestra honorabilidad una resolución excepcional para un hecho ya consumado. D. Francisco Palacios que servía al juzgado de Teposcolula, se vió en la necesidad de renunciarlo, porque la enfermedad de la vista que se contrajo por su asidua y larga dedicación al despacho de la judicatura, se le agravó y lo imposibilitó para el trabajo; dando además una prueba de honradez y patriotismo, porque en vez de solicitar licen cia con sueldo ó retener el juzgado como pudo hacerlo, se desprendió de él absolutamente luego que se consideró inútil para su despacho. De aquí es que, después de muchos años de servir con suma laboriosidad y honradez en el ramo de justicia, hoy se encuentra en su avanzada edad agobiado por la enfermedad y por la miseria. Justo es, pues, que á ese buen servidor del Estado se le ministre algún auxilio en los pocos años que le quedan de vida, y por tanto no debe extrañarse que agregue un artículo, relativo á este individuo, al proyecto que tengo el honor de someter á vuestra deliberación.

Art. 1o En lo sucesivo todo magistrado, juez ó asesor que de pública notoriedad se inutilizare en actual servicio de su destino, disfrutará de

una cuarta parte, de una tercera, de una mitad, de dos terceras partes ó de tres cuartas partes del sueldo que disfrutaba en la fecha de su inutilización, según el número de años que haya servido, y la honradez con que se haya conducido en el despacho. Si ha servido dos años disfrutará de una cuarta parte: si cuatro, de una tercera parte: si ocho, de una mitad: si doce, de dos terceras partes: y si quince ó más, de tres cuartas partes.

Art. 2o El gobierno señalará estas pensiones previa la formación de un expediente en que se haga constar plenamente la inutilización del interesado, y las demás circunstancias que se expresan en el art. 1o anterior.

Art. 3o Por la muerte del empleado, su viuda seguirá disfrutando de esta pensión; pero si muriere ó contrajere nuevas nupcias, la disfru tarán los hijos mientras no tomen estado.

Art. 4o La pensión que se señala en los artículos anteriores, cesará siempre que el empleado que la haya obtenido sanare de la enfermedad que lo inutilizó para el servicio.

Art. 5o Se concede al exjuez D. Francisco Palacios una pensión de cuarenta pesos, que disfrutará durante su vida...

Oaxaca, Julio 5 de 1851.-Benito Juárez.

DICTAMENES

Nulldad de las elecciones de gobernador y vicegobernador de Oaxaca

Honorable Cámara:

"Vistos con la meditación correspondiente por la comisión de puntos constitucionales los documentos que se le mandaron pasar sobre el proceso formado á D. José López de Ortigoza por el Juez de este distrito á virtud de su complicidad en el descubierto de caudales, que resultó contra el finado D. Juan José Ruiz, aparece de ellos que por orden de 2 de diciembre de 830, comunicada por el Ministerio de Hacienda; se mandó á este Juzgado de Distrito que procediese á formar causa al contador encargado de esta comisaría, que lo era el citado Ortigoza, y al tesorero D. Juan José Ruiz por el descubierto de $ 2,400 ps. que resultó en la glosa de sueldos de los empleados de aquella oficina.

Al tiempo de proceder el Juez, se encontró con el tropiezo que ofrecía la investidura de vicegobernador que era de este Estado Ortigoza, y para vencerlo parece que practicó algunas dili

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