Imágenes de páginas
PDF
EPUB

V. E. sobre que una de las principales ventajas del sistema federal consiste en que los ciudadanos paguen sus contribuciones impuestas por autoridades que conocen de cerca sus circunstancias, y regida la renta del tabaco por leyes generales como lo está, no se toman en cuenta esas necesidades, y lo que podía ser un bien tal vez se convierte en un mal muy grave.

Esto es lo que precisamente está sucediendo porque bajo el pie en que está, se desatienden completamente los intereses locales: el tabaco se va á buscar fuera del Estado, cuando en sus terrenos lo hay abundantísimo y de buena calidad, resultando de esto que se condenan á la miseria poblaciones enteras, que del cultivo de esa planta sacaban su subsistencia. En fin, los empleos y los trabajos peculiares de la renta, sujeta todavía á las reglas que estableció una empresa de particulares, no se le ha podido dar el mejor arreglo para que esa institución, si en sí no es buena, produjera por lo menos los bienes de que es susceptible.

Si á todo lo dicho se agrega el desconcierto en que está la renta por no glosarse sus cuentas con oportunidad, por no poder ya responder á sus compromisos y por haberse suprimido en algunos lugares, haciéndose libre el tráfico del tabaco, se conocerá el bien que le resulta al gobierno en desprenderse de ella en los términos propuestos.

Así se permitirá en el Estado la siembra del

tabaco, porque dándose aquí aún sin beneficio, el perseguirlo es muy gravoso á la renta; lo es aún más á los ciudadanos, que a veces se ven castigados, no porque intentaran cosecharlo, sino porque no pudieron cuidar de arrancar el que espontáneamente produce la tierra. Por otra parte, abatido hasta el extremo el comercio de la grana y el del algodón, el cultivo del tabaco vendría á dar ocupación á multitud de familias que yacen en la indigencia, y se afianzaría la paz, que hoy con frecuencia se ve en peligro, pues aun en el pago de las contribuciones más módi-cas se resiste con pretexto de esa misma miseria, y es sensible en estos casos tener que recurrir á la fuerza. Ruego á V. E. haga apreciar al Excelentísimo Sr. presidente la de estas razones para que se sirva disponer lo que convenga al logro de los objetos indicados.

Acepte V. E. las sinceras protestas de mi afectuosa consideración.

Dios y libertad. Oaxaca, Mayo 29 de 1848. -Benito Juárez.-Exmo. Sr. ministro de hacienda.-Querétaro.

Una escuela en Santa Ana Zegache

Gobierno del Estado de Oaxaca.-Illmo. Sr. -El Sr. gobernador del departamento de Ejutla en oficio de 24 del presente, dice al señor secretario de mi despacho lo que copio:

"En la atenta nota oficial de V. S. de 23 del

corriente me dice que con fecha 8 del último Abril se dijo á este gobierno, que el Exmo. Sr. gobernador deseaba saber el motivo por qué no estaba establecida la escuela de primeras letras en el pueblo de Santa Ana Zegache, y la inversión que actualmente se da á los fondos con que se cuenta para el fomento de ese establecimiento, sobre cuyo particular me anuncia informe este gobierno.

"No se ha recibido la nota que me inserta, librada con fecha del último Abril; pero desde mi ingreso á este gobierno, tuve informes positivos de que en el referido pueblo de Zegache no había escuela, que existía un fondo de 6,000 pesos que había dejado el presbítero Sr. D. Domingo Morales, para que se dotase aquélla con la renta de 3,000 pesos anuales; que desde el año 42 el Sr. cura actual D. Manuel Flores Peña percibía los alquileres de las casas nombradas del Mecatero, ubicadas en esa capital, y que constituyen la fundación de que se trata, y que habiéndole reclamado distintas veces la república del mismo Zegache, les había contestado que había un pleito pendiente que no permitía establecer la escuela ni pagar al maestro.

"Por estos antecedentes, y sin especificar individualmente al pueblo de Santa Ana, expedí la circular de que acompaño copia, á todas las subprefecturas del departamento, desde 13 de Abril, á la vez que tuve también el objeto de dar

impulso á la instrucción pública, bastante atrasada en el mismo.

que

"Espero, pues, que los subprefectos informen. sobre la materia y como el de Ocotlán precisamente tiene hacerlo con respecto al objeto que tiene relación con el pueblo de Santa Ana, con su resultado daré aviso oportuno á ese superior gobierno.

"Sírvase V. S., en contestación de la expresada nota de 23 del presente, manifestándole así al Exmo. Sr. gobernador con la circular de que acompaño copia, para que se persuada S. E. que aun sin haber recibido la nota que se me inserta, ya me había ocupado en general del interesante objeto de la instrucción pública, y en particular, del establecimiento de Santa Ana Zegache é inversión de sus productos.

"Al contestar tengo la satisfacción de reiterar á V. S. con toda estimación y respeto las consideraciones de mi particular aprecio y atención."

Y tengo la honra de transcribirlo á V. S. I. para que se sirva, en obsequio de la instrucción pública, disponer que el rédito del capital de que se trata se invierta en su objeto.

Renuevo á V. S. I. las seguridades de mi consideración y aprecio.

Dios y libertad. Oaxaca, Mayo 30 de 1848: -Benito Juárez.-Illmo. Sr. obispo de esta diócesis. I

1 Gobierno eclesiástico de Oaxaca. Exmo. Sr. Con el mayor interés y activa solicitud se ha procurado por esta sagrada mitra, que

Excitativa para el castigo de los autores de un crimen

Gobierno del Estado de Oaxaca.

El gobierno sabe que en el partido de Etla se cometió un asesinato premeditado y atroz en el año de 1846, en la persona del desgraciado Marcial Blanco, el que hallándose dormido en su casa fué asaltado á deshoras de la noche y muerto á puñaladas por los asesinos que contrató la esposa inhumana y cruel de la víctima, por el vil precio de ocho pesos. La causa que se comenzó á formar á consecuencia de este horroroso suceso, hace cerca de dos años, se halla en plenario, según los informes que he recibido, y sin embargo hasta la fecha no se concluye en primera instancia, lo que ha llamado justamente la atención de este gobierno y me obliga á dirigir á V. E. esta comunicación con el objeto de que

tenga verificativo el establecimiento de la escuela que debe fundarse en la parroquia de Santa Ana Zegache, por disposición testamentaria del finado bachiller D. Domingo Morales, de que hace relación la nota del señor gobernador del Departamento de Ejutla inserta en la muy apreciable de V. E de 30 de Mayo último, á que tengo el honor de contestar.

Al hacerlo, debo manifestar á V. E., que por mi parte se han movido cuantos resortes se han presentado para que así se efectúe, por el interés que demanda la ilustración de la juventud, que justamente merece toda mi consideración; pero aquellos no han bastado para hacer que el albacea del susodicho finado, que lo es D. Juan José Serrano, finque en la labor de la Soledad el capital que pará aquel objeto se destina, no obstante que ha sido vencido en juicio por todas instancias, por la pretensión de destinar fincas á su placer, con lo que se contraría á la voluntad del testador; y sin em

« AnteriorContinuar »